El Tribunal Constitucional anula un despido de una embarazada de baja a la que no renovaron
Julio 9, 2008 6:50 pm JuridicoEl tribunal Constitucional ( sala 1)ha declarado nulo el despido de una mujer trabajadora, cuyo contrato no fue renovado durante el tiempo que estuvo de baja por embarazo, al considerar que este fue discriminatorio.
La sentencia del Tribunal Constitucional, sostiene que la no renovación de la trabajadora fue un despido motivado por su estado de embarazo y por la situación de incapacidad temporal resultante, lo que constituye una discriminación por razón de sexo.La sala señala en relación con la finalización de los contratos temporales que “el hecho de que los mismos se extingan en la fecha y en las condiciones previstas por las partes en el momento de su celebración puede permitir neutralizar el indicio probatorio de la vulneración de derechos fundamentales”.
 Sin embargo, en este caso, ni el hecho de que la extinción del contrato se produjera en la fecha y por el motivo inicialmente previsto en el mismo “permiten neutralizar los indicios aportados por la trabajadora y descartar la existencia de una decisión discriminatoria”.
Además, recalcan el hecho de después de que la trabajadora diera a luz el 25 de enero, fecha en que comenzó su descanso por maternidad, la empresa no volvió a contratarla, a diferencia de los años anteriores.
 y todo esto a pesar de que el TSJ de Andalucia que entendio entendió que el Ayuntamiento habÃa justificado “suficientemente” su decisión y, por tanto, adujo que al finalizar el contrato de la trabajadora con la empresa, ésta no tenÃa ninguna obligación de volver a contratarla.
 Asà que ojito que ya hay antecedentes.