abril 11, 2011
General, Herencias, Juridico
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La aceptación de la herencia a beneficio de inventario es una modalidad de aceptación en la que el heredero solamente responderá de las deudas hasta lo que alcance los bienes de la propia herencia.
Con esta forma de aceptar la herencia no se responderá con los bienes propios del heredero sino que únicamente se responderá con los bienes que se nos conceda en la herencia y solamente con ellos.
Para llevar a cabo la aceptación a beneficio de inventario requiere que se haga de forma expresa ante juez o notario, proceder a la formación de un inventario en un plazo máximo de 60 días (prorrogable hasta un año) y proceder al pago de las deudas por un administrador hasta que den los bienes de la herencia.
CUANDO SE PUEDE IMPUGNAR UN TESTAMENTO
Un testamento podrá ser impugnado siempre y cuando exista una nulidad del mismo tal y como puede ser el dolo, el fraude, violencia en la forma de otorgarlo a algún defecto formal que lo invalide, tal y como dice el Código Civil.
¿Quiénes pueden impugnar un testamento? Podrán impugnar los testamentos los interesados que pueden ser los herederos legales, y los herederos o legatarios que se hubieran beneficiado de la existencia de un testamento anterior.
El plazo para llevar a cabo la impugnación es el transcurrido entre el conocimiento de la causa de nulidad y la aceptación de la herencia.
Herencias Valladolid, Herencias Burgos
enero 15, 2011
General, Herencias, Juridico
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Para disponer de los derechos que se nos concede a través de la herencia es necesario que se proceda a su aceptación, puesto que sin esa aceptación no se dispondrá de ellos.
Y cuales son las formas de aceptar esta herencia, pues se puede aceptar bien de forma expresa o bien de forma tacita. La forma expresa se podrá realizar mediante escritura pública o en documento privado. La aceptación tacita se entenderá realizada cuando se lleven a cabo los actos necesarios para adquirir la herencia.
Las alternativas que tiene el heredero son o bien aceptar simplemente la herencia, aceptarla a beneficio de inventario o por ultimo repudiar la herencia.
Abogados herencias Burgos, Abogados herencias Valladolid
julio 13, 2009
General, Herencias, Juridico
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Cuando alguien hace testamento, puede poner en el mismo, quien quiere que se encargue de cumplir su voluntad.
La persona a quien se designe como albacea estará en la libertad de aceptar o renunciar al cargo, la aceptación debe ser expresa y en caso de renuncia será definitiva.
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julio 2, 2009
General, Herencias, Juridico
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Es posible, quitar el bien que he donado a alguien? La revocación de la donación, es decir su ineficacia es posible si bien es algo excepcional por ello los supuestos en que se admite están tasados y en ningún caso se podrán admitir otros distintos.
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marzo 12, 2009
General, Herencias, Juridico
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Lo primero que hay que saber es que el hecho de que una persona muera con testamento no impide que se pueda impugnar por los perjudicados.
Las causas de impugnación pueden ser varias, tales como la falta de capacidad del otorgante, a este respecto no será válido el testamento otorgado por un menor de 14 años, o por el que habitual o accidentalmente no se hallare en su cabal juicio, siguiendo con las causas de nulidad también se encuentra los vicios en la declaración de la voluntad, así será nulo el testamento otorgado con violencia, dolo, o fraude.
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marzo 5, 2009
General, Herencias, Juridico
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Cuando una persona fallece sin dejar testamento nace lo que se denomina “ Sucesión intestada”
A este respecto el código civil regula la sucesión intestada, también llamada legítima, que tendrá lugar entre otros motivos por ausencia de testamento en el momento de fallecimiento o con testamento nulo o que después de otorgarlo pierda su validez.
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