El plazo para apuntarse al paro
Una vez que a uno le han despido lo siguiente que tiene que hacer después de acudir a un abogado laboral, es ir a apuntarse al paro.
Para ello deberá aportar la carta de despido o el certificado de empresa cualquier de las cosas, en el plazo para solicitar la prestación por desempleo es de 15 días desde que se produzca el despido como se marca en el Artículo 209 de la Ley General de la Seguridad Social.
Pero ¿qué es lo que pasa si lo presento más tarde de esos días 15 días?
Cuántos días tienes para apuntarte al paro
Pues establece la ley, que se perderán tantos días de prestación como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho de haberse solicitado en tiempo y forma y aquélla en que efectivamente se hubiese formulado la solicitud.
Igualmente,en el caso de que el período que corresponde a las vacaciones anuales retribuidas no haya sido disfrutado con anterioridad a la finalización de la relación laboral, o con anterioridad a la finalización de la actividad de temporada o campaña de los trabajadores fijos discontinuos, la situación legal de desempleo y el nacimiento del derecho a las prestaciones se producirá una vez transcurrido dicho período, siempre que se solicite dentro del plazo de los quince días siguientes a la finalización del mismo.
Así que ya lo sabéis, si os despiden tenéis 15 días para solicitar el paro, y si cuando nos despiden hay vacaciones no disfrutadas, tenemos 15 días pero desde que se agotan esos días de vacaciones, así que lo mejor apuntarse cuanto antes, para evitar problemas.
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