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EXCEDENCIA LABORAL POR NACIMIENTO DE HIJOS

10:54 am General, Laboral

Si por el nacimiento de un hijo o adopción, deseo como trabajador solicitar la excedencia a mi jefe, ¿qué debo hacer?

Lo primero revisar las posibilidades que el convenio colectivo de aplicación ofrece para los trabajadores del sector al que se pertenece. Después, no hay que olvidar nunca que el Estatuto de los Trabajadores prevé que los trabajadores que lleven al menos un año trabajando en la empresa, podrán solicitar una excedencia voluntaria durante un máximo de tres años y un mínimo de cuatro meses.

Dicha solicitud debe realizarse por escrito, mencionando todos los extremos que exige la ley para que, como trabajador, el empresario no pueda negármela.

Y para reincorporarme como trabajador, debo notificárselo a mi jefe un mes antes de tal reincorporación.

En todo caso, no debo olvidar que con la reincorporación no tengo derecho a reobtener el mismo puesto, sino a volver a la misma empresa de la que salí por excedencia, excedencia que no hay que olvidar que es voluntaria.

Hay otros tipos de excedencia forzosa que tienen otros requisitos. Para unas y otras se recomienda contar siempre con un abogado que aconseje sobre su formalización y reingreso en la empresa.

En todo caso, cada situación es un mundo, y hay que estar bien asesorado.

www.safeabogados.com

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