Servicios

Ranking Emérita Legal Abogados en derecho de familia

  • Abogados en derecho de familia Top de 5 España
    Nº 5 España
  • Abogados en derecho de familia Nº 1 de Castilla y León
    Nº 1 Castilla y León
  • Abogados en derecho de familia Nº 1 de Valladolid
    Nº 1 Valladolid

La Guarda y Custodia compartida también en Palencia

| Guarda y Custodia compartida, Juridico, Separaciones y divorcios

En Julio de 2014, ha salido una reciente sentencia que cambia la guarda y custodia concedida a la esposa, por una guarda y custodia compartida en la provincia de Palencia.

En concreto dicha sentencia dice:

[Se estima el recurso de casación y se establece la Custodia Compartida ya que, si bien la Sala ha valorado los informes concluye que se ha infringido el art. 92 Cc. y doctrina que lo interpreta.

– La interpretación del artículo 92, 5 , 6 y 7 CC debe estar fundada en el interés de los menores… (…la práctica anterior ;: … aptitudes personales; … deseos manifestados por los menores; …número de hijos; … cumplimiento por parte de los progenitores de sus deberes; …informes exigidos legalmente; y cualquier otro que permita a los menores una vida adecuada).

– La custodia compartida es una medida normal e incluso deseable.

BENEFICIOS QUE PRETENDE LA CUSTODIA COMPARTIDA.-

– derecho a relacionarse con ambos progenitores.

– aproximar el modelo de convivencia al existente antes de la ruptura matrimonial.

– seguir ejerciendo ambos los derechos y obligaciones inherentes a la potestad o responsabilidad parental.

– participar en igualdad en el desarrollo y crecimiento de sus hijos.

CONSIDERACIONES PARA EL CASO.-

– AMBOS PROGENITORES reúnen capacidades adecuadas y suficientes.

– EL BENEFICIO A PERSEGUIR, más que el previsto bajo la custodia materna lo es el que va a representar la custodia compartida.

– NO ES OBSTÁCULO el inadecuado y complejo sistema de comunicaciones entre los padres y sus dos hijos.

– NO ES OBSTÁCULO la existencia de un pacto de custodia provisional a la espera de una resolución judicial.

ACUERDOS DE INSTANCIA DE LA SALA Y BASES PARA LA EJECUCIÓN.-

– deja a la ejecución de sentencia la determinación de los periodos de estancia, convivencia y alimentos

1ª Se procurará que la convivencia con cada progenitor sea lo menos distorsionadora posible en relación a la escolarización de los niños.

2ª El progenitor que no tenga consigo a los hijos y durante el período de convivencia con el otro progenitor, gozará de un amplio derecho de visitas.

3ª No se podrá separar a los dos hermanos.

4ª Se establecerá la contribución de cada progenitor a los alimentos de los menores, en el que deberá computarse la atribución del uso del domicilio que fue conyugal y la dedicación personal de cada progenitor a la atención y cuidado de los hijos.

5ª Estas medidas se tomarán previa audiencia de los progenitores y del Ministerio Fiscal

En fin la guarda y custodia compartida cada vez se extiende mas

Si quieres saber más sobre estos temas mira nuestros vídeos pinchando aquí

*** CONTACTA CON NOSOTROS ***

Disponemos de oficinas físicas en:

  • Madrid 91 197 62 58
  • Valladolid 983 15 00 30
  • Burgos 947 10 66 44

Prestamos servicio en toda España aunque no tengamos oficina física.

Más información:

SUSCRIBETE a nuestro canal de youtube.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Introduce la siguiente operación: *


¿Tienes alguna duda? Estamos a tu disposición. Consúltanos

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y optimizar su navegación. Puedes consultar más información en nuestra política de cookies. Leer política de cookies

Configurar Aceptar