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La teoría del levantamiento del Velo

| Juridico, Mercantil

Quien no ha tenido una empresa como cliente, que le ha dejado a deber dinero, y que cuando se da cuenta, esta empresa esta operando con otro nombre, con el mismo administrador, mismos trabajadores, misma actividad, y ve como no puede cobrar la deuda.

Pues bien, ante esto, hay una acción que se puede ejercitar, que se llama el Levantamiento del Velo, consiste en ir a juzgado y decir que ambas empresas son lo mismo, a fin de que una responda por la otra.

Los criterios que se tienen que dar son mas o menos estos, según sentencia de Ap de Valladolid de 15 de septiembre de 2010

  • tenían el mismo domicilio social),
  • los socios eran los mismos (el matrimonio formado por D. Jose Augusto y Dª. Marina cuyo hogar familiar es el mismo que el de las dos entidades mercantiles de su propiedad),
  • idéntico administrador (D. Jose Augusto era administrador único de xxxxxxx S.L. y administrador solidario junto a su esposa Dª. Marina ), y el mismo domicilio.
  • También el objeto social era idéntico (el comercio y fabricación de ataúdes).

Es cierto, como indica la sentencia de instancia, que nada impide a un mismo empresario, físico o social, crear varias sociedades con la misma o complementaria actividad, e incluso crear grupos empresariales societarios sometidos a las mismas directrices. Y que la característica fundamental de las sociedades, tanto anónimas como de las limitadas, es precisamente la de que los socios respondan de forma limitada a las aportaciones que tienen realizada. Pero su actuación tiene que encuadrarse dentro del marco legal. Esa ficción que la ley permite dentro del ámbito empresarial también tiene sus limitaciones, y lo que no es permisible es que el empresario al actuar por cuenta de cada una de sus sociedades solape unas y otras para lo que le beneficia, pero no para lo que le perjudica.

Antes de la creación de la doctrina jurisprudencial del «levantamiento del velo» el empresario actuaba a través de sus diferentes sociedades, y amparándose en la responsabilidad limitada e independencia de cada una de ellas, hacía trasvases entre ellas, siendo el resultado final el que mientras algunas presentaban pasivos, otras (a costa de las otras) presentaban activos, quedándose muchos acreedores sin cobrar.

Así que mucho ojito, como hacemos las cosas, porque sino las hacemos bien nos puede pillar el toro

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