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Beneficios de las parejas de hecho

| Juridico, Parejas de hecho, Separaciones y divorcios

Al hablar de pareja de hecho nos referimos a la unión estable entre dos personas, esta unión es distinta a la del matrimonio.
El ser pareja de hecho trae consigo aparejado una serie de beneficios:


La pareja de hecho ha de inscribirse, el lugar de presentación de la inscripción es el Departamento Territorial de Familia e Igualdad de Oportunidades Sección Familia.
Para poder ser pareja de hecho se ha de cumplir lo siguiente:

– Ser mayor de edad o menor emancipado

– No tener relación de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción, ni colateral por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado.
– No podrán ser pareja de hecho aquellos que estén ligados a un vínculo matrimonial o aquellos que formen una unión de hecho con otra persona distinta de la persona con la que quieren establecer nueva pareja de hecho

– No estar incapacitado judicialmente.

La inscripción de pareja de hecho tendrá carácter gratuito.
Si bien es cierto que la pareja de hecho se ha de registrar, también es cierto que en determinadas circunstancias el juez por Sentencia podrá establecer la relación entre dos personas como pareja de hecho, por ejemplo, si convives con tu pareja desde hace 4 años en la misma casa y además hay un bebé en común y tu pareja muere, se puede solicitar al Juez que reconozca la unión de hecho entre tú y tu pareja fallecida, para poder reconocerte el derecho a la pensión de viudedad.

Ahora bien, para que el Juez reconozca la existencia de una pareja de hecho hay que probar que existe una vida de pareja estable y duradera, así como la existencia de fines comunes en la vida familiar, siendo suficiente por ejemplo la convivencia de dos años o el tener descendencia en común, para estos menesteres es necesario tanto abogado como procurador.

Para probar que existe la pareja de hecho se pueden utilizar distintos medios como testigos, cuentas de banco, arrendamientos, empadronamientos, hijos comunes…etc.
La regulación de las parejas de hecho se lleva a cabo mediante leyes autonómicas, siendo distinta la regulación de Castilla y León de la regulación en otras comunidades autónomas españolas.

Beneficios de ser pareja de hecho: 

En relación a la vivienda: pueden ser titulares en igualdad de derechos. Los alquileres pueden subrogarse si se acredita convivencia mínima de 2 años.
En cuanto al trabajo: el ser pareja de hecho no te da ningún derecho pero es hoy en día cada vez es más habitual que las empresas recojan en sus convenios el derecho de las parejas de hecho el dar días por fallecimiento de la pareja de hecho y de sus familiares directos entre otros, pero este tipo de derechos no es obligatorio, es la empresa la que decidirá si recoge o no en su convenio.
En cuanto a la sucesión: la Ley no otorga derechos automáticamente, es imprescindible hacer testamento.
En caso de adopción: pueden adoptar igual que un matrimonio, pero en la práctica es más difícil.
En relación a Hacienda: las parejas de hecho no pueden realizar la declaración del IRPF conjuntamente y si hay donaciones la fiscalidad es más alta.
Hay que tener en cuenta que la regulación de las parejas de hecho es autonómica, por lo tanto sus derechos pueden variar según la comunidad autónoma en la que la pareja esté inscrita.

Si quieres saber más sobre estos temas mira nuestros vídeos pinchando aquí

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10 respuestas a “Beneficios de las parejas de hecho”

  1. Maria dice:

    Buenas.Expongo mi caso:
    En 2007 compré con mi pareja un piso en Toledo.Estabamos empradonados ,cuenta en comun con todas las facturas de la casa..etc.
    Por desgracia hace 2 años y medio mi novio murió en un accidente de trafico.El seguro de la casa liquido la hipoteca completa.. En esos momentos no quise mover ningún papel ni interesarme.Aunque si me he responsabilizado a pagar todas las facturas de la misma durante todo este tiempo.
    Creo que los padres no han sido muy transparentes conmigo y con la situacion de la casa.Ahora les entran prisas por cambiar las escrituras y mas temas de la casa.Me gustaria saber si puedo demostrar que aunque no hubiera un papel de por medio he convivido con el y eramos «Pareja de Hecho».
    Gracias de antemano y un saludo.
    Maria

  2. Maria dice:

    No deseo reclamar el piso entero ,pero si me gustaria si es el caso , que supieran que no he luchado por eso y que se lo cedo.
    Gracias nuevamente

  3. Paula dice:

    En el caso que tras ser pareja de hecho, haber un niño fruto de la relación, si se desea terminar con la pareja de hecho de forma individual (notificándoselo a la otra parte), ¿se podrían pedir otras responsabilidades a parte de la pensión alimenticia de la criatura?. También está al nombre de la persona que desea terminar, la ayuda del alquiler.

    Muchas gracias

  4. milagros dice:

    hola desde hace cinco años convivo con mi pareja que es autóno y en el mes de habril se jubila mi pregunta es si en caso de fallecimiento tengo derecho a cobrar esa pensión. gracias. un cordial salud

  5. Juan Carlos dice:

    HOLA, he convivido con una persona durante unos 7 anos y tenemos un hijo en comun. Habia comprado un piso 3 agnos antes de conocer a mi ex ahora que llevamos separados unos meses ella vive en mi casa y yo me he ido a vivir a un piso en alquiler pero no puedo hacer frente a todos los gastos ya que ella no trabaja y no quiere pagar nada. que puedo hacer?

    • Jaime Sanz dice:

      La puedes echar, mediante un desahucio en precario, ya que si no estas casado, no tiene derecho a nada

      Pasate por nuestro despacho y lo vemos en Valladolid o burgos. Nuestor datos están en la web

  6. Vanessa Villavicencio dice:

    Buen día. Tengo una duda sobre un tema en especifico.
    Si una persona convive con otra (en este caso hablo de dos personas de nacionalidad española), y por ejemplo tienen cuatro años de convivencia (aun asi sea menos 1 año por ejemplo), y luego se separan por diferentes mnotivos personales, pero ella no quiere irse de la casa y el la quiere botar. Mi pregunta es ¿si se pone una denuncia a la mujer porqe no se qiere ir de la casa, podria haber un juicio?¿por la convivencia que hubo, hay una ley española que diga que el hombre tiene que pasarle pension? (y esta pareja no tiene hijos ni es un matrimonio, y ¿si la mujer hace problemas, te saca dinero del banco, y amenaza con matarse y hacer daño a su pareja, la policia puede llevarsela detenida?….. porfavor agradecere respondan esta pregunta que es muy importante para mi. gracias

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