Los animales como seres sintientes: su reconocimiento legal en el divorcio
| Animales de compañia, Separaciones y divorcios
En muchas ocasiones cuando hablamos de divorcio se tiene en cuenta a los hijos o la economía de los cónyuges. Pero, ¿qué pasa con las mascotas? No pocas veces nuestro abogado matrimonialista ha tenido que asesorar sobre este tema legal, ya que hoy en día el concepto legal correcto para referirnos a este tema es el de animales como seres sintientes.
Un punto más que tratar que debe hacerse teniendo en cuenta la última modificación legal al respecto, donde la ley habla de “seres vivos dotados de sensibilidad”, dejando a un lado su catalogación de bien mueble o inmueble. Vamos a conocer un poco más a este respecto y su importancia.
Qué son los seres sintientes
El término «seres sintientes» se refiere a aquellos seres vivos que tienen capacidad de sentir, percibir y experimentar emociones como placer, dolor, miedo o alegría. En este sentido, el reconocimiento legal de los animales como seres sintientes supone una evolución hacia un marco normativo que prioriza su bienestar y los excluye de la consideración de «cosas» o meros bienes materiales.
En España, este avance se consolidó con la reforma del Código Civil mediante la Ley 17/2021, que establece en su artículo 333 bis:
“Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad. Por tanto, no son cosas, sino seres sintientes, y les será aplicable el régimen jurídico especial que establece esta ley y las leyes especiales para su protección.”
Por tanto, esta legislación marca un antes y un después en cómo se regula el trato hacia los animales, fortaleciendo su protección frente al maltrato y promoviendo una mayor responsabilidad por parte de los propietarios. Esto implica directamente otro cambio a la hora de repartir los «bienes», ya que no son cosas (muebles o inmuebles).
Marco legal de los animales como seres sintientes
Para entender un poco mejor todo ello, vamos a analizar en qué marco legal entendemos a los animales como seres sintientes.
Legislación española: Ley de Bienestar Animal
La Ley de Bienestar Animal, aprobada en 2023 en nuestro país, es un pilar fundamental que refuerza el reconocimiento de los animales como seres sintientes. Esta norma regula aspectos clave como:
- Supervisión continuada: no más de 3 días consecutivos sin vigilar, y además en el caso de los perros no podrán pasar 24 horas solos.
- Prohibida su exhibición: ya sea en escaparates (caso de perros, gatos o hurones) o espectáculos públicos.
- Comunicación de pérdida o robo: antes de las 48 horas.
- Ambiente adecuado: no podrán estar en trasteros o terrazas, ya que además forman parte del núcleo familiar.
Normativa europea
Por otra parte, es importante destacar que el reconocimiento de los animales como seres sintientes no es exclusivo de España. La Unión Europea ya había dado un paso importante con el Tratado de Lisboa (2009), que en su artículo 13 establece:
“La Unión y los Estados miembros tendrán plenamente en cuenta las exigencias en materia de bienestar de los animales como seres sensibles, respetando a la vez las disposiciones legales o administrativas y las costumbres de los Estados miembros relativas, en particular, a ritos religiosos, tradiciones culturales y patrimonio regional.”
Este artículo es la base para que los Estados miembros adopten leyes más estrictas en materia de bienestar animal.
Impacto del reconocimiento legal de los animales como seres sintientes
¿Qué supone este tipo de regulación? Pues especialmente 3 aspectos relevantes:
Protección contra el maltrato
El reconocimiento de los animales como seres sintientes refuerza las políticas contra el maltrato animal. Nuestro Código Penal, en su artículo 337, tipifica como delito el maltrato grave a animales domésticos, con infracciones que pueden implicar multas de hasta 200.000 euros o penas de prisión.
Derechos en casos de separación o divorcio: custodia de mascotas
Por otra parte, en el Código Civil ya no se tratan como bienes materiales en procesos judiciales. Ahora, en casos de divorcio o separación, los jueces deben considerar el bienestar del animal, lo que incluye factores como su vínculo afectivo con los miembros de la familia. Por eso no es de extrañar que se hable incluso de la guarda y custodia compartida de los perros enfocados en este ámbito, como ya tratamos en su momento. Se consideran parte del núcleo familiar, por lo que los jueces deben tomar decisiones basadas en su bienestar… En definitiva, no es un bien para abandonar, embargar o hipotecar.
- Se establecen pactos sobre animales domésticos: se debe establecer este régimen de visitas que garantice su bienestar y atención. Es decir, determinar con quién vivirá, cómo se organizarán las visitas, sus gastos de manutención…
- Disposiciones sobre sucesiones: con quién vivirá en caso de fallecimiento del propietario.
- Limitaciones a la guarda y custodia: especialmente en el caso de antecedentes por maltrato animal.
- Gastos ordinarios, cómo se abonan.
- Gastos extraordinarios en caso de que sucedan (vacunas, operaciones quirúrgicas).
Todo ello será también determinante a la hora de que uno de los cónyuges pueda disfrutar de tiempo parcial con la mascota.
Mayor conciencia ciudadana
El marco normativo impulsa campañas de concienciación que buscan educar a la sociedad sobre la importancia de tratar a los animales con respeto y responsabilidad. Además, el mero hecho de que una familia comparta su día a día con un animal promueve en los hijos esa actitud de considerarle un miembro más del núcleo familiar.
Si tienes dudas sobre cómo proceder con tus mascotas en el divorcio, déjate asesorar por nosotros
Como ves, el reconocimiento de los animales como seres sintientes es una cuestión legal de especial trascendencia también en el caso del divorcio. Si tienes dudas sobre cómo proceder, desde Safe Abogados nuestros abogados de Derecho de Familia te podrán asesorar al respecto.
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