¿Cómo enterarse de que se está incluido en un archivo de insolventes?
| Juridico
Esta es otra cuestión importante, a tener en cuenta y en la que la observancia de la ley por parte de las empresas no es muy estricta.
El RD 1720/2007, establece que el responsable del fichero común, deberá notificar a los interesados respecto de los que se hayan registrado datos de carácter personal, en el plazo de 30 días desde dicho registro, referencia los que se hubiesen incluido e informando de la posibilidad de acceder a la información.
Además cada deuda concreta y determinada que haya sido incluida deberá ser notificada, y está se deberá hacer a través de un medio fiable y auditable.
Por un medio fiable entendemos un burofax, carta certificada o cosa del genero que acredite que se ha enviado un carta y ha sido recepcionada.
Aquí nos planteamos una cosa, y es ¿si me lo tienen que notificar, por medio fehaciente, si no cojo la carta, se entiende que no me lo ha notificado?
Pues no, para eso la ley establece que no se entenderá suficiente para que no se pueda proceder al tratamiento de los datos referidos a un interesado las devoluciones en las que el destinatario haya rehusado recibir el envío.
Por lo que si no la cogemos, pensando que así no nos meterán en el archivo de morosos, estamos equivocados y nos podrían incluir.
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