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Cómo es el proceso de divorcio

| Juridico, Separaciones y divorcios

Sabemos que si estás leyendo este post, como abogados especialistas en divorcios, es porque estás pensando en separarte o divorciarte y entender el proceso de divorcio, te ayudará a entender más, que es lo que va a pasar a partir de ahora.

En este post vamos a hablar de cómo es el proceso de divorcio en España

  • ¿Qué tipos de divorcio hay?
  • ¿Qué diferencia hay entre divorcio de mutuo acuerdo y vía contenciosa?
  • ¿Si voy por la vía contenciosa, luego puedo llegar a un acuerdo durante el proceso?

Vaya por adelante que lo que voy a hablar aquí solo vale para las personas que están casadas, y No para las parejas que sin estar casadas tienen uno o varios hijos

En España hay dos tipos de divorcio:

  1. Mutuo Acuerdo
  2. Contencioso

Y luego está el Mixto, Que es cuando un procedimiento contencioso se transforma en mutuo acuerdo durante el procedimiento judicial.

Divorcio de mutuo acuerdo

El divorcio de mutuo acuerdo puede ser:

  1. Un Solo abogado y un solo procurador para las 2 partes.
  2. Dos  abogados y dos procuradores para las 2 partes.
  3. Ante notario con 1 o 2 abogados si no tienes hijos o no son menores.

El procedimiento es el siguiente, las partes tienen que llegar a una serie de acuerdos y plasmarlos por escrito, ese acuerdo se llama convenio regulador, y que como mínimo tiene que recoger según el artículo 90 del código civil lo siguiente:

  • Patria potestad de los niños.
  • Guarda y custodia de los niños.
  • Régimen de visita de los niños por parte del ex cónyuge que no tiene la guarda y custodia.
  • Pensión de alimentos que se establece.
  • Pensión compensatoria a uno de los dos ex cónyuges.
  • Uso del domicilio familiar.
  • Abono de la hipoteca.

Y además en caso de que así lo acuerden los cónyuges la liquidación de gananciales o reparto de los bienes y deudas del matrimonio, cosa que no es posible hacer si el divorcio es vía contenciosa en el mismo procedimiento si no en otro posterior.

Importante. El convenio regulador tiene que ser aprobado por el juez, previo informe del ministerio fiscal si hay menores, por lo que no siempre se aceptan los acuerdos de las partes si ven que alguna de las medidas puede perjudicar a los niños.

Proceso divorcio express o mutuo acuerdo

El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo es el siguiente:

  1. Se elabora un convenio regulador.
  2. Se firma por ambas partes, una vez revisado por los clientes.
  3. Se presenta la demanda en el juzgado.
  4. El juzgado fija día y hora para la ratificación del convenio regulador.
  5. Las partes acuden al juzgado a ratificarse e indicar que la firma que aparece es la suya.
  6. El ministerio fiscal emite informe sobre lo acordado.
  7. El juez dicta sentencia. (aclaraciones 48 horas).
  8. Una vez que hay sentencia firme. El juzgado comunica al Registro Civil la nueva sentencia y este lo inscribe.

Divorcio contencioso

En el divorcio contencioso cada cónyuge tiene su abogado y su procurador y es el juez el que decide sobre cada uno de los aspectos en los que los que los progenitores no se ponen de acuerdo, y que normalmente coincide lo que las partes pueden acordar de mutuo acuerdo, especialmente relacionado con la guarda y custodia de los hijos.

Vía contenciosa el juez no se pronuncia sobre:

  • Uso de los coches
  • Uso de la segunda casa
  • Abono hipoteca de la segunda casa
  • Guarda y custodia de las mascotas familiares.
  • Liquidación de gananciales o reparto de los bienes, que se tiene que ver en otro proceso judicial distinto.

Proceso divorcio contencioso

El proceso del divorcio contencioso es el siguiente:

  1. Se elabora la demanda de divorcio y se presenta en el juzgado, una vez revisado por el cliente.
  2. El juzgado admite la demanda.
  3. El juzgado emplaza a la otra parte para que conteste.
  4. El demandad@ contesta a la demanda.
  5. El juzgado señala fecha de juicio.
  6. Las partes y el fiscal señalan pruebas a practicar el día del juicio.
  7. Se celebra el juicio.
  8. Si las partes solicitan informe psicosocial de los menores, se suspende el juicio para practicar el informe.
  9. Se practica el informe psicosocial y se elabora el informe.
  10. Se señala nueva fecha de juicio.
  11. Se celebra el juicio y el resto de las pruebas admitidas en la primera audiencia.
  12. El juez dicta sentencia (aclaraciones 48 horas).
  13. Una vez que hay sentencia firme. El juzgado comunica al Registro   Civil la nueva situación.
  14. El Registro Civil inscribe en divorcio.

Si las partes recurren, el asunto va a la audiencia provincial que hay en cada provincia, quien resolverá, por lo que cambiaría el punto 13 y 14

Solicitud de conversión de divorcio contencioso a divorcio mutuo acuerdo

MIXTO. PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO SE TRANSFORMA EN MUTUO ACUERDO

Este proceso es como el divorcio contencioso, pero en cualquier momento las partes pueden llegar a un acuerdo, incluso 1 minuto antes del juicio.

Demanda de medidas provisionales

SOLUCIÓN RAPIDA. MEDIDAS PROVISIONALES

Aunque es verdad que hay 2 tipos y luego el mixto no quiero dejar pasar la oportunidad de hablar de las medidas provisionales, que muchas veces son un auténtico salvavidas, en situaciones insostenibles, de hecho nosotros casi el el 90% de las veces metemos la demanda de divorcio acompañada de demanda de medidas provisionales.

Como a veces la situación en casa es insostenible y ninguno de los dos se va, y el procedimiento contencioso puede dilatarse en el tiempo 1 o 2 años, las partes casi siempre interponen demanda de medidas provisionales.

Esta demanda de medidas provisionales, se interpone normalmente junto con la demanda principal y sirve para que el juez provisionalmente decida sobre lo que le piden las partes, mientras que se resuelve el proceso principal de divorcio.

Cuándo son efectivas las medidas provisionales

La gran diferencia con el juicio principal de divorcio es:

  • Tiempo. El juez en 1 o 2 meses según el juzgado, pone fecha de juicio para decidir provisionalmente quien se queda con los niños, que pensión de alimentos se paga, quien se queda con la casa, hasta que se practican las pruebas propuesta en el juicio de divorcio, en vez de tarde 1 o 2 años.
  • Provisionalidad. Las medidas que aquí se adoptan son provisionales, hasta que haya sentencia de divorcio.
  • Pruebas. En este juicio de medidas, solo se practican las pruebas que se pueden aportar por las partes, y nunca en 12 años he visto que se acepte practicar informe psicosocial, por lo que el juez decide en función de las pruebas que aporten los cónyuges.

Aunque cierto es una cosa, siempre aconsejo meter demanda de medidas provisionales junto con el divorcio para que al menos hasta que haya sentencia haya paz en casa.

Conclusiones

Así las conclusiones que podemos sacar como expertos abogados de Familia son:

1.Tipo de divorcio. Tú decides la manera en que quieres separarte o divorciarte de mutuo acuerdo o contencioso.

2.Acuerdo. En cualquier momento se puede llegar a un acuerdo, por lo que puedes meter la demanda vía contenciosa y acabarlo de mutuo acuerdo.

3.Medidas provisionales. Siempre hay que meter junto con la demanda de divorcio, demanda de medidas provisionales, para evitar que la dilación del procedimiento de divorcio de más de 1 año haga insostenible la vida de los dos y haya paz en casa y en la familia.

4.Guerra. Si no metes demanda de medidas provisionales, hasta que haya sentencia de divorcio, nadie tiene derechos ni obligaciones, y es un sálvese quien pueda.

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