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Cómo se reparten las vacaciones de verano después del divorcio

| Juridico, Regimen de Visitas, Separaciones y divorcios

Las vacaciones de verano, es una de las fuentes de conflicto en un procedimiento de divorcio, tanto durante el procedimiento de divorcio como después del divorcio, salvo que este muy redactado en el convenio regulador y en la demanda divorcio o contestación por dos razones:

  1. Los niños tienen 3 meses de vacaciones y los padres tienen 1 mes

Los niños suelen tener vacaciones desde la última semana de Junio hasta la segunda semana de septiembre, por lo que si los padres tienen 20 habías hábiles es decir 4 semanas, hay otras 2 o 3 semanas que son fuente de conflicto, aunque no hay que olvidar que también tienen vacaciones en navidades y semana santa que hay que repartirse, aunque en este artículo hablaremos  solo de las de verano.

  • La elección de los periodos de vacaciones.

Aquí los principales problema que se dan son:

  • Que ambos progenitores quieran el mismo periodo vacacional.
  • Que le toque elegir a uno de los dos el periodo vacacional y no avise con tiempo al otro cónyuge, que le permita organizar sus vacaciones.

Para evitar este problema, nosotros solemos establecer, que los años pares estén unos periodos determinados con uno de los progenitores y los impares al revés

De esta forma conseguimos:

  • Que cada progenitor sepa qué periodo le toca a cada uno con suficiente antelación.
  • Que no haya discusiones entre los progenitores en caso de que los periodos de vacaciones coincidan.
  • Que en caso de que un verano uno  tenga más días a los niños, al año que viene se compense.

Llegado a este punto, tenemos que tener en cuenta que las vacaciones, a nivel judicial  se pueden repartir de dos maneras:

  1. Tomando en consideración solo el mes de Julio y Agosto
  2. Tomando en consideración el mes de Julio, Agosto y también los días de Junio y de septiembre.

Y la elección de una manera u otra, dependerá de lo que los progenitores decidan.

¿Qué es lo me interesa más?

La pregunta dependerá de varios condicionantes:

  1. Que voy a hacer con los niños durante el tiempo que estos tienen vacaciones y yo no las tengo.
  2. Tengo apoyos externos que me ayuden con los niños.
  3. Es en verano cuando más trabajo tengo y no me dan vacaciones en el trabajo.

Una pregunta importante que todo el mundo se hace ¿Tengo que pagar la pensión de alimentos durante el tiempo que este mis hijos con mi ex?  O al revés ¿Tiene que pagar mi ex la pensión de alimentos durante el tiempo que estén con su padre?

La respuesta es que la pensión de alimentos se paga los 12 meses del año siempre al progenitor que tenga la guarda y custodia de los niños, independientemente de con quien este, por lo que esto no debe ser lo que marque el decidir el reparto de las vacaciones de una manera u otra.

Llegado a este punto, la siguiente pregunta es:

¿Cómo se pueden repartir las vacaciones de verano?

Las vacaciones de verano se pueden repartir de muchas maneras pero las más habituales:

  • Por semanas
  • Por Quincenas
  • Por meses

Es decir

  1. Por semanas

Es decir se coge todo el verano o solo los meses de julio y Agosto, según nos interese y quedaría redactado de la siguiente forma

Hasta que la hija más pequeña tenga 7 años el régimen de visitas en verano será de la siguiente manera

Los menores estarán en compañía de sus padres la mitad de las vacaciones, desde el inicio de las vacaciones de Verano hasta que inicie el colegio, siendo el lugar de recogida y entrega de los niños el hogar familiar, salvo el inicio de las vacaciones y la entrega en el inicio del curso escolar, que el lugar de entrega y recogida será el colegio. Comenzando las mismas los años pares con el padre y los impares con la madre, distribuyéndose las mismas de la siguiente forma

1° TURNO: Desde el inicio de las vacaciones al 30 de junio a las 20h.

2° TURNO: Del 30 de junio a las 20h al 7 de julio a las 20h.

3° TURNO: Del 7 de julio a las 20h al 14 de julio a las 20h

4° TURNO: Del 14 de julio a las 20h al 21 de julio a las 20h. 

5° TURNO: Del 21 de julio a las 20h al 28 de agosto a las 20h

6° TURNO: Del 28 de julio a las 20h al 4 de agosto a las 20h.

7° TURNO: Del 4 de agosto a las 20h al 11 de agosto a las 20h.

8° TURNO: Del 11 de agosto a las 20h al 18 de agosto a las 20h.

9° TURNO: Del 18 de agosto a las 20h al 25 de agosto a las 20h.

10° TURNO: Del 25 de agosto a las 20h hasta el 1 de septiembre a las 20h.

11° TURNO: Del 1 de septiembre a las 20h hasta el 8 de septiembre a las 20h.

12º TURNO: Del 8 de septiembre a las 20h hasta el primer día de vuelta al cole.

A partir del verano que la menor cumpla 7 años, el régimen de visitas en verano será el siguiente (si la niña menor cumple los 7 años durante las vacaciones, independiente de cuando sea se aplicará este nuevo régimen de visitas).”

  • Por Quincenas

Es decir que cada 15 días durante los meses de julio y Agosto los niños están 15 días  con cada progenitor y se establecer cláusulas de este tipo

“VERANO: Los menores estarán en compañía de cada progenitor en dos turnos de manera no consecutiva, siendo el lugar de recogida el del domicilio del progenitor con el que este el menor. Estando el primer y tercer turno con el padre los años pares y el segundo y cuarto los impares. Pudiendo alterar lo establecido aquí cualquier año si los padres se ponen de acuerdo:

  • Primer turno será desde el día 1 de julio a las 12 horas hasta el día 15 de Julio a las 12 horas.

.

  • Segundo turno será desde el 15 de Julio a las 12 h hasta el 31 de Julio a las 12 horas.
  • Tercero turno será desde el 31 de Julio a las 12 horas hasta el 15 de Agosto a las 12 horas.
  • Cuarto Turno será desde el 15 de Agosto a las 12 horas hasta el 31 de Agosto a las 12 horas.”

Si se cogiera todo el verano quedaría así

Las menores estarán en compañía de sus padres la mitad de las vacaciones, estableciéndose que estará con cada uno de ellos 15 días de manera no consecutiva desde el inicio de las vacaciones de Verano hasta que inicie el colegio, siendo el lugar de recogida y entrega de las niñas el hogar familiar, salvo el inicio de las vacaciones y la entrega en el inicio del curso escolar, que el lugar de entrega y recogida será el colegio. Comenzando las mismas los años pares con el padre y los impares con la madre, distribuyéndose las quincenas de la siguiente forma:

  • Primer turno será desde el día que se inicien las vacaciones de verano hasta el día 30 de Junio a las 12 horas.
  • Segundo turno será desde el día 30 de Junio a las 12 horas hasta el día 15 de Julio a las 12 horas.
  • Tercer turno será desde el 15 de Julio a las 12 h hasta el 31 de Julio a las 12 horas.
  • Cuarto turno será desde el 31 de Julio a las 12 horas hasta el 15 de Agosto a las 12 horas.
  • Quinto Turno será desde el 15 de Agosto a las 12 horas hasta el 31 de Agosto a las 12 horas.
  • Sexto Turno será desde el 31 de Agosto a las 12 horas hasta que se inicie el colegio, debiendo reintegrarles en el colegio.
  • Por meses

Algunos progenitores deciden que lo mejor es que los niños este todo el mes con cada uno, por ejemplo en caso de que alguno de los dos sea de muy lejos, lo cual supone no ver a los niños durante 30 días, y se establecer clausulas como esta

“VERANO: Los menores estarán en compañía de su padre el mes de Agosto los años pares y en Julio los impares. Siendo la hora de recogida las 13 horas desde el comienzo de las vacaciones, y la de entrega la misma hora del día 31 de cada mes.

Quien comience recogerá a los niños a la salida del colegio, y la entregara el día que le toque a las 13 horas en el domicilio materno. Por su parte el progenitor al que le toque a continuación la recogerá en el domicilio materno a las 13 horas y la entregara el día que le toque a las 13 horas en el domicilio materno, salvo cuando coincida con el inicio del colegio que la reintegrará en el colegio.

Durante el periodo vacacional el progenitor que los tenga, deberá de informar el otro sobre el lugar donde van a estar los menores y en compañía de quien”.

¿Cuál es mi consejo?

Mi consejo

  1. Si defiendo a que tiene la guarda y custodia. Lo que le digo es que lo mejor es que se repartan el verano al 50% si cree que ex se podrá hacerse cargo de los niños, ya que además de estar más tiempo con su ex, le tendrá que pagar la pensión durante todo ese tiempo aunque no estén con los niños con él o ella.
  2. Si defiendo a quien No tiene la Guarda y custodia. Lo que le digo es que lo mejor es repartir solo los meses de Julio y Agosto, ya que eso supone que tendrá que buscarse alguien que le ayude con los niños, cuando tenga vacaciones y porque además va a tener que seguir pagando la pensión de alimentos.

Aqui te dejo un video esperando que te sea de utilidad

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