EL ABARATAMIENTO DEL DESPIDO TRAS LA REFORMA LABORAL
Todas las partes, patronal y sindicatos, están insatisfechos con la Reforma Laboral y la verdad es que no ayuda a unos y no mejora a otros.
En cualquier caso, centrados en el tema del abaratamiento del despido, deben señalarse varios asuntos:
– Sólo afecta a aquéllos contratos indefinidos realizados al albur de esta reforma, es decir, que los anteriores no se ven afectados por el abaratamiento del despido (aunque sí afectan otras cuestiones)
– Sólo afecta a aquellos despidos que se hagan por causas objetivas, es decir, si hay un despido disciplinario y el trabajador acciona frente al mismo y lo gana en sede judicial, su indemnización será la de 45 días por año.
– La novedad más importante es que el empresario puede reconocer la improcedencia del despido objetivo y pagar 33 días de salario de indemnización (así que paga 13 días más que por un despido objetivo procedente, pero 12 días menos que por un despido declarado improcedente)
– El límite también se reduce: antes se pagaban hasta un máximo de 42 mensualidades, ahora se ha reducido a 24.
– Para todos los despidos objetivos se ha reducido la fecha de preaviso, que pasa de 30 a 15 días.
Así que, estas son las principales novedades del abaratamiento del despido aunque, con la ínfima tendencia que hay a realizar contratos indefinidos, aún no sabemos si realmente tendrá mucha aplicación. Lo iremos viendo.
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