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Empadronamiento de los hijos en custodia compartida

| Guarda y Custodia compartida, Guarda y custodia de los niños

El empadronamiento de los niños en la custodia compartida o cuando te estás divorciando es otro problema que tienen los progenitores y que no es baladí. De hecho, esta situación, que puede pasar desapercibida en un primer momento, debe ser tenida en cuenta cuando se produce la separación y posterior guarda y custodia de los niños.

Para ello en este post trataremos temas como:

  • ¿ Que ventaja supone tener empadronados a los niños contigo?
  • ¿Si me voy de casa con los niños, puede empadronar a los niños en mi nuevo domicilio?
  • Si no hay sentencia todavía, ¿Dónde se tiene que empadronar a los niños?

Índice de Contenidos

Por qué empadronar a los niños con uno de los progenitores tras el divorcio

¿CUÁL ES LA PRINCIPAL VENTAJA DE QUE TUS HIJOS ESTEN EMPADRONADOS CONTIGO Y NO CON EL OTRO PROGENITOR?

En aquellos casos en los que hay custodia compartida por semanas, creo que tienes claro que los niños no pueden estar empadronados con los progenitores una semana con cada uno.

Por eso lo que se suele pedir en las demandas es que los niños estén empadronados con cada uno de los progenitores 1 año natural, es decir 2020 con el padre y el año 2021 con la madre y así sucesivamente.

Desgravar gasto de empadronamiento en la custodia compartida

La principal ventaja de tener empadronados a los niños contigo es fiscal, ya que quien tenga empadronados a los niños, podrá desgravarse este gasto y depende de donde residas te puedes beneficiar de ayudas de tu Ayuntamiento. No obstante, ha originado problemas en aquellos casos en los que la sentencia no indicaba nada, porque los abogados de los progenitores no lo habían solicitado, haciendo cada ayuntamiento de España lo que consideraba.

A la vista de lo sucedido durante estos años, en los que cada vez hay que más custodias compartidas, donde los niños están el mismo tiempo con un progenitor que con otro, el Gobierno ha intervenido para dejar claro todo.

Lo ha hecho a través de una resolución de 29 de abril de 2020 de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, que se ha sido publicado en «BOE» núm. 122, de 2 de mayo de 2020, por la cual se deja claro a todos los ayuntamientos cuales deben ser las reglas para el empadronamiento de los niños haya o no divorcio.

Por lo que vamos a tratar de responderte a las preguntas que te haras si estas pensando en divorciarte o separarte o si ya estas en ello.

Empadronar a los hijos en la separación con y sin sentencia

Por tanto, en la situación de empadronar a los niños cuando se tiene clara la separación o el divorcio, podemos estar ante dos situaciones diferentes que aquí expondremos.

Qué pasa con el empadronamiento si no hay sentencia

Lo dicho aquí, servirá para aquellas personas:

  1. Que no haya iniciado la separación o divorcio.
  2. Que lo hayan iniciado, pero no tengan sentencia.

Cambio de domicilio con un solo progenitor

Si lo que se solicita es la inscripción o el cambio de domicilio con uno solo de los progenitores, se exige la firma de ambos de alguna las siguientes maneras:

  1. Recogida de Firma. El progenitor que pretenda el cambio de empadronamiento, deberá recoger la firma del progenitor no incluido en la hoja padronal si estuviera habilitada para ello y si no en una autorización por escrito que acompañe a la hoja padronal.
  1. Declaración responsable. Cuando excepcionalmente no se disponga de la firma de ambos progenitores, deberá aportarse una declaración responsable haciendo constar que ambos ostentan la guarda y custodia del menor y que no existe resolución judicial que se pronuncie al respecto, justificando la imposibilidad de disponer de la firma del otro progenitor y que el menor convive con el mismo.

Si no se realiza de esta manera el ayuntamiento correspondiente tiene que denegarlo.

Qué sucede con el empadronamiento cuando hay sentencia

Aquí el procedimiento para empadronar a tus hijos varía en función del régimen de guarda y custodia establecida en la sentencia, y como ya te explicamos en su momento hay distintos tipos de custodia compartida.

Guarda y custodia exclusiva de un progenitor

El progenitor que tenga la custodia exclusiva podrá empadronar a los niños y deberá acompañar:

  1. La Sentencia judicial.
  1. Declaración responsable de que dicha resolución está en vigor, que no existe otra posterior que modifique los términos de la guarda y custodia y que el progenitor que realiza la solicitud no se encuentra incurso en alguno de los supuestos de hecho previstos en los artículos 103.1.c) o 158.3.c) del Código Civil.

Guarda y custodia compartida

Aquí el procedimiento dependerá de si la sentencia dice algo o no, sobre el empadronamiento de los menores.

  1. Si la Sentencia no dice nada sobre el empadronamiento, el Ayuntamiento exigirá:
  • Prueba documental de que existe mutuo acuerdo entre los progenitores antes de tramitar cualquier modificación del domicilio del menor. Recuerda todo lo que en su momento te comentamos sobre la custodia compartida en hijos menores de 12 años.
  • Y Si no se pueda acreditar el mutuo acuerdo, deberá exigir la presentación de una nueva resolución judicial que se pronuncie expresamente sobre el empadronamiento, y no llevar a cabo la modificación en tanto no se aporte alguno de los documentos anteriores.
  1. Si la Sentencia dice algo, habrá que ceñirse a lo que diga la sentencia.

Forma habitual de repartir el empadronamiento de los niños en la custodia compartida

Lo más habitual si tienes custodia compartida, es empadronar cada año natural a los niños en el domicilio de uno los progenitores, por ejemplo, el año 2020 con el padre y el año 2021 con la madre y así sucesivamente, independiente de cuando recaiga la sentencia.

Si la sentencia no dice nada sobre el empadronamiento de los hijos tras el divorcio

Aquí depende:

Si lo has pedido en la demanda o contestación

  1. Si lo has pedido en la demanda o contestación y el juez no se ha pronunciado en la sentencia y ahora tienes problemas con el empadronamiento, debes instar nuevo procedimiento judicial.
  1. Si lo has pedido en la demanda o contestación y todavía no tienes sentencia, asegúrate que el juez se pronuncie y si no tienes 24 horas para pedir aclaración y que lo haga.

Si no lo has pedido en la demanda o contestación

  1. Si no lo has pedido en la demanda y todavía no tienes fecha de juicio, dile a tu abogado que lo pida el día del juicio.
  1. Si no has pedido en la demanda y todavía no tienes sentencia, pero ya hubo juicio, entonces si no te pones de acuerdo te tocará instar nuevo procedimiento judicial.

Además de todo lo mencionado, deberás tener en cuenta otro tipo de cuestiones en este sentido, como en el caso de los gastos de desplazamiento si hay cambio de ciudad.

Conclusiones

Así las conclusiones que podemos sacar es:

  • Demanda o contestación. Si vas a solicitar la custodia compartida, pide que los niños estén empadronados contigo y si no que alternativamente lo hagan un año con cada uno.
  • Ventajas. La principal ventaja si tienes custodia exclusiva o compartida y los niños están empadronados contigo, son las deducciones fiscales.
  • Sentencia. Si cuando llegue la sentencia no dice nada sobre el empadronamiento y lo pediste en la demanda, pide aclaración en 48 horas, porque si no te tocara interponer otra nueva demanda.

34 respuestas a “Empadronamiento de los hijos en custodia compartida”

  1. Maria Pilar dice:

    Es un tema muy complejo.
    Uno tiende a no tomar en cuenta este problema cuando se decide un divorcio, pero es necesario discutirlo.
    Este post me ha ayudado mucho en comprender como deberia proceder en esta situación.
    Definitivamente es algo que discutiré con mi Ex-pareja.
    Me ha llamado especial atención lo que has señalado con respecto a las deducciones fiscales, no pense que que se encontrara como un beneficio en caso tal de que los niños fueran empadronados conmigo.
    Gracias por este post, me ha ayudado mucho.
    Aprovechó de dejar un link a una página de abogados que me ha brindado mucha ayuda con respecto a este tema.
    Divorciosyfamilia

  2. Argeo dice:

    Hola,

    Gracias. Muy interesante y aclara muchas dudas, sólo tendría una más. En custodia compartida y alternando anualmente el empadronamiento, ¿cómo afectaría para la solicitud de becas y ayudas que se basen en los ingresos de la unidad familiar?

    Muchas gracias,

    • safeabogados dice:

      Buenos dias, eso dependerá de la beca, los abogados intentamos cerrar todo para que no haya problemas, pero esto nunca se me habia planteado.

  3. Laura soria dice:

    Estoy divorciada y mi ex no quiere que lo empadrone en mi domicilio . Lo necesito para poder solicitar el cambio de centro escolar a secundaria el año que viene. Cómo debería proceder?
    Estamos divorciados de mutuo acuerdo, no fuimos a juicio.
    Muchas gracias.

    • safeabogados dice:

      Hola Laura, tiene que acudir al juzgado con abogado y procurador para solicitar autorizacion al juez y poder empadronarlo en su domicilio e iniciar un procedimiento judicial

  4. José dice:

    Buenos días a todos el problema mío es que tenemos la guardia y custodia compartida al 50% es un momento la madre me pidió desdejar empadronar a mi hija en su casa de que ella pidió una ayuda ahora me encontré yo en una situación equivalente y le estoy pidiendo que me dejéis padrón a la niña en mi domicilio vivimos una distancia de 20 minutos caminando no afectaría ni el colegio nada a la niña pero ella se niega en el convenio regulador no costa nada sobre con quién debe estar la niña empadronada y que la custodia la tenemos ambos padres…………….. Qué puedo hacer

  5. Nair Torres dice:

    Hola, gracias por el post. Yo tengo el problema de que el padre de mi hijo vive en Canarias y yo en la península. Las visitas del niño se vuelven complicadas al pagar los billetes tan caros más azafata al no ser el niño residente. Pero en la sentencia quedó claro que el niño vive conmigo y el padre me dice de empadronarlo con él, para poder tener el beneficio del descuento. Pero no sé hasta qué punto se podría hacer esto. Gracias

    • safeabogados dice:

      Hola Nair, no hay ningun inconveniente en hacer eso, siempre que firmeis en un documento privado la razon, por lo que haceis eso y que quede todo reflejado por escrito. de hecho lo hace mucha gente

  6. Angie dice:

    Buenos días: Tenemos custodia compartida, pero él éste año me obligó a empadronarla en su vivienda que está a 6km de donde residíamos ambos y que yo me he quedado. Por problemas familiares y para el cuidado de la niña, el cole también será en su población, esto puede conllevar algún cambio en mi renta y custodia? Me da miedo que pudiese decir que la tiene siempre él. Como demuestro yo que está también conmigo?

    • safeabogados dice:

      Buenos dias, en princpio no tiene porque afectar a tu cuestodia, ni a la renta, pero lo mejor es que cada año la niña este empdronado en un domicilio de los progenitores, por tema de ayudas.

      Si tienes custodia compartida, la forma de demostrar que esta contigo es con la sentencia de separacion, divorcio o guarda y custodia, tan sencillo como eso

  7. Fermín dice:

    Hola. Tengo custodia compartida de dos menores que están empadronados en el domicilio de la madre. Necesito un certificado de empadronamiento de los menores para realizar un trámite personal (título se familia numerosa ya que he tenido otro hijo), pero la madre de los mayores me lo deniega. Puedo yo solicitarlo al tener custodia compartida? O todo pasa porque lo pida ella?

    Gracias

    • safeabogados dice:

      Buenos dias, tenemos un articulo escrito sobre este tema dentro del apartado de custodia compartida. Cada ayuntamiento funciona de una manera, solicitalo a ver que pasa, aunque lo normal cuando hay custodia compartida, es que cada año los niños esten empadronados en un domicilio

  8. Antonia dice:

    Hola,espero puedan ayudarme….mi exyerno tiene la custodia de mi nieta mayor y tiene que empadronarla con el,pero no quiere hacerlo ….hay manera de obligarle?gracias

  9. Buenas tardes,
    Estoy divorciado con sentencia firme y custodia compartida por semanas, mis hijos de 12 y 15 años están empadronados en mi domicilio que es el domicilio familiar desde que nacieron pero yo no estoy empadronado puesto que soy Concejal del Ayto. de otro municipio.
    En la sentencia se manifiesta que el lugar de empadronamiento de los hijos es en mi domicilio el que fue domicilio familiar.
    Ahora mi ex-mujer solicita darse de baja en mi domicilio y empadronarse en el suyo junto con los niños.
    Mi pregunta es estoy obligado a concederle el cambio de empadronamiento de los niños habiendo sentencia firme de mutuo acuerdo.
    Atentamente un saludo.
    Germán Marino

  10. Miguel dice:

    Gracias por la información, en el caso de custodia compartida por mutuo acuerdo con dos hijos uno tiene 15 años y otro tiene 9 años, ¿ se puede empadronar mi hijo mayor en mi domicilio y mi hijo menor con la madre? Gracias y un saludo.

    • safeabogados dice:

      Miguel, para empadronarlos asi o de otra manera se necesita el consentimiento de ambos progenitores, y mientras lo haya les podeis empadronar como querais.

  11. Yolanda dice:

    En el caso de custodia compartida de mutuo acuerdo, por lo tanto no hay sentencia, y no se especifica dónde tiene que estar empadronado el menor, si dicho menor tiene 17 años y tiene capacidades especiales, es obligatoria la firma de los 2 progenitores? Ese menor siempre ha estado empadronado con la madre en Madrid por lo que habría cambio de Comunidad Autónoma

    • safeabogados dice:

      Si Yolanda, desde hace 2 años salio un nueva ley y es obligatoria la firma de los dos siempre, sin la firma no se puede cambiar.

  12. Lola dice:

    Buenas. Tengo una custodia compartida de mis hijos y están empadronados con el padre. Años después me he vuelto a casar y entre mi marido y yo formamos familia numerosa, pero necesitamos que estemos todos empadronados en el mismo domicilio y mi ex se niega por razones emocionales, dice que me estoy aprovechando de sus hijos….he acudido a la vía del 156 para que me autorizará a empadronarlos, aduciendo los beneficios de ser familia numerosa y el pronunciamiento de la jueza ha sido que nos pongamos de acuerdo extrajudicialmente, porque en la contestación a la demanda mi ex decía que no se oponía…..

    A día de hoy trato de llegar a un acuerdo , que sea un empadronamiento alternativo y mi ex se sigue oponiendo. Puedo instar otro 156, que opciones tengo??. Muchas gracias.

    • safeabogados dice:

      Lola. Si te ha pasado que has presentado un 156 cc, solo te queda una cosa, que es solicitar una modificación de medidas, aunque previamente le mandaria burofaxese, PERO OJO, solo te corresponder empadronar un año si y uno no a los niños.

  13. Cristina dice:

    Cuando la separación es de mutuo acuerdo y custodia compartida se puede declarar en la renta se puede declarar cada uno el 50% del niño?

  14. Pepe dice:

    Buenas tardes. Estoy divorciado en custodia compartida, sin haber puesto nada del empadronamiento en el convenio regulador. Actualmente los niños (menos de 12 años) están empadronados con ella en una vivienda en la misma localidad que yo. Sin embargo, en la realidad, cuando están con ella los 3 viven en una casa de sus padres en otra localidad, lo que me impide llegar allí (voy en silla de ruedas). Se niega a cambiar el empadronamiento de los niños (la situación es muy mala, actualmente tenemos orden de alejamiento tras denuncia falsa. No ha superado el divorcio y sufro acoso continuo (facturas de gastos hinchadas, apropiación de bienes de los niños pagados por mi, apropiación indebida de mi coche, hasta me seguía a escondidas cuando voy por la calle, y cualquier cosa que se le ocurre, no estoy seguro se si para hacerme daño o llamar mi atención)). Hay alguna forma de cambiar el empadronamiento demostrando que no viven en la vivienda en la que figuran?

    • safeabogados dice:

      Para conseguir lo que quieres, tienes que instar un procedimiento judicial con abogado y procurador con el coste que eso supone, porque deberi aparecer en el sentencia pero al no al aparecer, el problema es doble.

  15. Paqui dice:

    Hola, tengo la guarda y custodia de mi hijo pero he cambiado de domicilio y de localidad, mi ex no me deja empadronarlo en esta nueva localidad por tema de colegio y médico y exige empadronarlo con el. En que me puede perjudicar si acepto que esté empadronado con el que es el progenitor no custodio?

  16. En un proceso de separación, con dos niños de 2 y 4 años
    . La madre se va a vivir con los niños a casa de sus padres. Tenían un piso alquilado, en el que estaban empadronados la madre y los niños. Ese piso lo dejan. Se pueden empadronar en casa de sus padres, si su ex se niega a firmar? En caso de no poder empadronarlos, dónde quedan inscritos los niños? Muchas gracias. Un saludo

    • safeabogados dice:

      Hola Jose Carlos, para poder empadronar a los niños en un sitio u otro se necesita el consentimiento firmado de ambos progenitores. Si te niegas a firmar, se quedan isncritos donde estaban

  17. Fernando dice:

    Hola, tengo custodia compartida y al realizar la renta en modalidad conjunta me indican que es incorrecto. En el convenio regulador son los niños quienes se quedan en el hogar familiar y los padres quienes salimos por semanas alternas. El caso es que en el padrón municipal seguimos no hemos realizado ninguna variación pero es en lo que se basa Hacienda para indicar que al existir convivencia entre los progenitores no es posible realizar la declaración de forma conjunta. Me gustaría que me explicarán cómo actuar y si debo cambiar mi domicilio en el padrón municipal. Muchas gracias.

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