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En qué se parece la custodia compartida y la custodia exclusiva

| Guarda y Custodia compartida, Juridico, Separaciones y divorcios

Antes de tomar una decisión sobre que es mejor si la custodia compartida o la custodia exclusiva, como hemos visto en el anterior articulo, es importante conocer las similitudes entre una y otra. Gracias a nuestros abogados especialistas en custodia de hijos tendrás siempre a tu alcance la mejor solución posible. Pero para que estés mejor informado, te proponemos este post que te resultará de gran ayuda.

En artículo trataremos temas como:

  • ¿Hay tantas similitudes entre la custodia compartida y la exclusiva?
  • ¿Cuándo merece la pena solicitar la custodia compartida y no la exclusiva?

Las principales similitudes entre guarda custodia compartida y guarda custodia exclusiva son:

  • Patria potestad
  • Pensión compensatoria
  • Gastos extraordinarios
  • Régimen de visitas
  • Vacaciones
  • Hipoteca
  • Gastos de la casa
  • Días especiales
  • Comedor escolar y guarderia

Similitudes entre guarda custodia compartida y guarda custodia exclusiva

Como decimos, existen distintos ámbitos en las que ambas guarda y custodia se parecen, y son los que explicamos a continuación.

Patria potestad

Hay una serie de decisiones que da igual que haya custodia compartida o custodia exclusiva, pues en todas se necesita el consentimiento expreso de ambos progenitores:

  • Cambio de colegio
  • Cambio de ciudad
  • Cambio de religión
  • Realizar la primera comunión
  • Operaciones quirúrgicas estéticas

Pensión compensatoria

Se establece si ha habido un desequilibrio económico entre ambos progenitores y no afecte el sistema de guarda y custodia establecido.

Gastos extraordinarios

Los gastos extraordinarios de los hijos se establecen en función de los ingresos de uno y otro progenitor y no del sistema de guarda y custodia, por lo que si ambos progenitores ingresan lo mismo se establecerá al 50% y sino puede al 60%-40% o70%-30%.

Régimen de visitas

En ambos casos se va a tener a los niños desde el viernes a la salida del colegio hasta el domingo, y si la custodia y hay disponibilidad uno o dos tardes entre semana.

Vacaciones

Todas las vacaciones en la custodia compartida de Navidad, Semana Santa… se distribuyen al 50% del tiempo, pues aquí se tiene en cuenta el calendario escolar de los niños y durante este tiempo se suspende el régimen de visitas.

Hipoteca

Se abona según lo que aparezca en el titulo de propiedad, en caso de que la haya.

Gastos de la casa

La comunidad de vecinos y los gastos de suministro (luz, agua, gas) los paga al 100% quien tiene el uso de la casa.

Días especiales

Los tiempos de estancia son iguales, haya custodia compartida o custodia exclusiva en los siguientes días:

  • Dia de reyes
  • Dia del padre
  • Dia de la madre
  • Cumpleaños de los menores
  • Cumpleaños del padre
  • Cumpleaños de la madre

Comedor escolar y guardería

El comedor escolar y la guardería lo paga quien quien lleve a los niños durante el tiempo que le corresponda la guarda y custodia.

Conclusiones

Como ves, ambas guardas ciertas similitudes en determinadas áreas legales. No obstante, no te olvides que también tienen importantes diferencias, tal y como hemos dicho en qué es la custodia compartida, afectando a distintos ámbitos como:

Recuerda que si necesitas más información al respecto, no dudes en consultarnos.

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