La devolución de dinero por parte de la cooperativa
| Juridico
Muchas veces, cuando compramos una casa en cooperativa, queremos la devolución del dinero aportado a la cooperativa, bien porque no queremos comprar esa casa, bien porque hay problemas y no se construye.
Pues bien una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 12 de Julio de 2016 señala lo siguiente
«[…] la única respuesta coherente con la doctrina jurisprudencial sobre la Ley 57/1968 es reconocer al cooperativista demandante-recurrente el derecho a recuperar las cantidades anticipadas por no haber obtenido la imperativa garantía de su devolución, pero no con cargo a la cooperativa demandada, ya que en tal caso el incumplimiento lo s
oportarían todos los demás cooperativistas que se encuentren en su misma situación.
Como responsables de la constitución de la garantía, el ya citado Decreto 3114/1968 identifica a las Juntas Rectoras de las cooperativas o a los gestores de las comunidades, pero la d. adicional 1.ª LOE se refiere a «[l]a percepción de cantidades anticipadas en la edificación por los promotores y gestores». Esta especial mención de los gestores permite entender que cuando, como en el presente caso, existe una sociedad mercantil profesionalmente dedicada a la gestión de cooperativas, la codemandada X, S.L., la responsabilidad frente a los cooperativistas por la omisión de la garantía recae muy especialmente sobre ella, precisamente por su condición de profesional, aun cuando en puridad no sea la perceptora de las cantidades anticipadas y aun cuando solidariamente con ella tuviera también que responder el Consejo Rector de la cooperativa, en este caso no demandado.
Cuestión distinta será, una vez recuperadas por la demandante las cantidades anticipadas, su desvinculación de la cooperativa, que habrá de ajustarse a los estatutos de la misma, sin que el procedimiento tenga que ser necesariamente el de la baja voluntaria». Se estima parcialmente el recurso de casación.
Es decir, que ahora hay otra vía, para poder recuperar el dinero. Si estás en un caso parecido, podemos ayudarte.
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