La insolvencia punible
En algunas ocasiones la situación de insolvencia puede constituir un delito y como tal perseguida por las Autoridades Judiciales ya que produce una falta de liquidez y solvencia y de este modo no hacer frente a las deudas contraídas.
Estas insolvencias punibles se producen cuando:– El deudor oculta sus bienes o los hace desaparecer intencionadamente.
– Celebrando negocios que afecten a los bienes de los que dispone para de ese modo no tener que hacer frente a las deudas.
Las penas que implica las insolvencias punibles son las de prisión de 1 a 4 años y de 12 a 24 meses de multa.
*** CONTACTA CON NOSOTROS ***
Disponemos de oficinas físicas en:
- Madrid 91 197 62 58
- Valladolid 983 15 00 30
- Burgos 947 10 66 44
Prestamos servicio en toda España aunque no tengamos oficina física.
Más información:
- Blog: https://www.safeabogados.com/blog/
- Twitter: https://twitter.com/safeabogados
- Facebook: https://www.facebook.com/safeabogados/
- Web: https://www.safeabogados.com/
- Youtube: https://www.youtube.com/c/JaimeSanzSafeAbogados
SUSCRIBETE a nuestro canal de youtube.
Deja una respuesta