Plazo de reclamación para gastos hipotecarios
| Bancario, Gastos hipotecarios
¿Estás preocupado por la fecha límite para reclamar los gastos hipotecarios? Ésta es una de las mayores dudas que hay en la actualidad para los afectados y que nuestros abogados especializados en derecho bancario están recibiendo de forma continuada… y lo cierto es que aún no está resuelta.

De hecho, las últimas noticias sobre gastos hipotecarios son que todavía no está resuelto por los tribunales, aunque parezca increíble. Por tanto, si tienes o has tenido un préstamo hipotecario, estoque te vamos a contar te interesa.
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Esperando a la sentencia del TJUE sobre gastos hipotecarios
El Tribunal Supremo iba a pronunciarse con respecto al plazo para reclamar los gastos hipotecarios el 23 de junio 2021, pero ante el miedo a equivocarse y que se lo tumben, lo ha remitido al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que tardará al menos 1 año en decir cuándo acaba el plazo para reclamar los gastos hipotecarios.
Por lo que, si has presentado tu reclamación previa al banco después del 23 de diciembre 2020 o del 15 de marzo 2021 o todavía no lo has presentado, nuestro consejo es esperar la sentencia europea del Tribunal de Justicia sobre gastos hipotecarios en su consulta del Tribunal Supremo.
Resumen de la prescripción de gastos hipotecarios
Para poder situarte en la situación actual en la que nos encontramos, te vamos a explicar un poco qué sucede en la actualidad.
Primera fecha límite: 23 de diciembre 2020
Se dice que es la fecha tope para presentar la reclamación previa al banco solicitando la devolución de las cantidades y la nulidad de la cláusula, ya que el plazo de prescripción es de 5 años desde que salió la sentencia del Tribunal Supremo el 23 de diciembre 2015.
Segunda fecha límite: 15 de marzo 2021
Como hubo estado de alarma 98 días, durante ese periodo se interrumpe el plazo de prescripción (ya que se suspendieron todos los plazos procesales) desde el 14 de marzo hasta el día 21 de junio 2021. Por tanto, el plazo para presentar la reclamación previa se amplió, y no finalizó el día 23 de diciembre sino el día 31 de marzo 2021, que es la suma de los 98 días al 23 de diciembre.
Tercer fecha: Imprescriptibles.
Otras teorías entienden que como lo que se solicita es la nulidad de cláusula, el plazo para solicitarlo es imprescriptible y se puede solicitar en cualquier momento.
Entonces, ¿hay plazo para reclamar gastos hipotecarios?
Llegado a este punto, la pregunta es: ¿Quién tiene razón?.
Como siempre tendrán razón lo que digan los tribunales, ya que los abogados hacemos lo que estos dicen siempre, pero hay dos situaciones hoy en día en las que te puedes encontrar:
- Si la has presentado antes del 23 de diciembre 2020 y antes del 15 de marzo estás dentro del plazo.
- Si has presentado reclamación previa y el banco no te ha contestado o te lo ha denegado, lo siguiente es presentar la demanda por gastos hipotecarios.
Cómo reclamar gastos hipotecarios si aún no has presentado nada
¿Qué te aconsejamos nosotros si no has presentado la reclamación previa antes del 23 de diciembre o 15 de marzo 2021?
Lo primero que haríamos es presentar una carta para reclamar los gastos hipotecarios al banco, solicitándole la nulidad de la cláusula de los gastos y la devolución de:
- 100% factura registro, gestoría, tasación y comisión apertura.
- 50% factura del notario
Recuerda que esos son los gastos hipotecarios que se pueden reclamar, que no son pocos. Y luego hay que esperar la respuesta del banco.
Una vez que tengamos la respuesta del banco, contactaría con un abogado especialista en derecho bancario, para entregarle toda la documentación y en función de lo que diga el Tribunal Europeo, interponer o no la demanda.
Así que ahora todo es cuestión de paciencia y esperar con todo preparado por si el TJUE dice que estas todavía a tiempo de recuperar tu dinero.
Lo que sí ya puedes reclamar: comisión de apertura de tu hipoteca
Si aún no sabes cómo reclamar la comisión de apertura de la hipoteca, basta estar al tanto de la actualidad con la reciente sentencia del 16 de marzo de 2023 del TJUE. En la misma se especifica que, si tu banco no puede demostrar el importe de dicha comisión (porque pertenezca a un servicio en concreto), este importe es abusivo.
Por eso te aconsejamos que acudas al contrato firmado con el banco sobre tu hipoteca y compruebes si en el apartado comisiones existe este tipo de pago. A la más mínima duda, ponte en contacto con nuestro despacho de abogados bancarios para recuperar tu dinero.
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