Servicios

Ranking Emérita Legal Abogados en derecho de familia

  • Abogados en derecho de familia Top de 5 España
    Nº 5 España
  • Abogados en derecho de familia Nº 1 de Castilla y León
    Nº 1 Castilla y León
  • Abogados en derecho de familia Nº 1 de Valladolid
    Nº 1 Valladolid

Primera condena en España por usura a una financiera de créditos rápidos

| Juridico

Por primera vez en España, en concreto un juez de Alicante, ha condenado por usura, a una financiera de créditos rápidos. La empresa en cuestión prestó 6.000€ y 6 meses más tarde  cobró

14.805€, lo que supone el 120% de la cantidad prestada.

Así lo que parecía que nunca iba a llegar, por fin ha pasado, aunque sea en primera instancia y todavía quepa recurso, lo que sin duda supone un gran avance para que dichas empresas no se aprovechen de las personas que están en situación de desesperación y por lo tanto en indefensión completa.

El juez considera que la mercantil y el codemandado se aprovecharon de la “situación de necesidad” de la mujer, que estuvo a punto de perder su casa de la Albufereta, en Alicante, al no poder hacer efectiva una segunda letra de 13.186 euros.

La clienta firmó un documento en el que hacía constar que había entendido toda la información y suscribió después una escritura pública del contrato ante notario. Sin embargo, el juez entiende que su consentimiento pudo estar “viciado’”, por la necesidad imperiosa de dinero, de lo que se aprovecharon los prestamistas, al tiempo que resta a esa escritura “el valor que le confiere la Ley de Enjuiciamiento Civil”.

El juez establece en la sentencia que en  su opinión, el acuerdo entre ambas partes es a todas luces “usurario” y podría haberlo declarado nulo si el abogado de la víctima así lo hubiera solicitado. El magistrado resuelve, por tanto, limitar los intereses a un 40%, 2.693 euros, y condenar al prestamista y a la financiera a devolver a su clienta 5.378 euros

Pero es más según se ha sabido, en el momento de pagar, la cliente no pudo en ponerse en contacto con los fiadores, lo que sin duda imposibilitaba el cumplimiento de lo pactado, por parte de la cliente, y aumentaba los intereses a cobrar.

Así que ya sabéis, por fin hay algo del tema, y habrá que esperar a ver que dice la Audiencia de Alicante, que espero que ponga un poco sentido comun y ratifique la sentencia de primera instancia.

*** CONTACTA CON NOSOTROS ***

Disponemos de oficinas físicas en:

  • Madrid 91 197 62 58
  • Valladolid 983 15 00 30
  • Burgos 947 10 66 44

Prestamos servicio en toda España aunque no tengamos oficina física.

Más información:

SUSCRIBETE a nuestro canal de youtube.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Introduce la siguiente operación: *


¿Tienes alguna duda? Estamos a tu disposición. Consúltanos

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y optimizar su navegación. Puedes consultar más información en nuestra política de cookies. Leer política de cookies

Configurar Aceptar