¿Qué es la acción de enervar?
| Contratos.Vivienda, Juridico
En los procedimientos de desahucio el demandado siempre tendrá que ser informado de que posee esta acción, que no quiere decir otra cosa quela posibilidad de frenar el procedimiento si accede al pago de las cantidades reclamadas.
Pero la acción de enervar debe ser comunicada en la demanda puesto que de no ser así ésta sería inútil, puesto que comunicar al demandado la posibilidad de ejercitar esta acción es preceptiva por ley. Pero existe una excepción a lo anterior y es la siguiente, si se le ha requerido fehacientemente previamente para que se abone las mencionadas cantidades y no ha hecho frente a ello esta acción no es necesaria comunicársela, puesto que se entiende que ya se le ha avisado.
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