¿Qué hacer cuando te despiden y qué documentos tiene que darte la empresa?
En los tiempos que corren y cuando los despidos están a la orden del día, es fundamental saber cómo reaccionar, a nivel legal, para que no te den «gato por liebre«.
Cuando a uno le despiden se le queda cara de tonto, pero es fundamental no firmar a lo loco, por ello en estas lineas os voy a decir la documentación que tiene os tiene que dar la empresa cuando os despide:
1.-Certificado de Empresa
2.-Carta de Despido, que debe de ir motivada, con las razones del despido
3.-Liquidación y finiquito. Esto es la empresa te debe de dar el finiquito, de manera desglosada a fin de que sepas a qué corresponde la cantidad, y te tiene que entregar la cantidad adeudada hasta ese momento. Esto lo puede hacer con cheque, en efectivo, como quiera, pero te lo tiene que dar con la carta de despido.
Y además si la empresa tiene un representante sindical tiene derecho a que este presente.
Ahora es cuando surgen las dudas, ¿tengo que firmar el finiquito que me da la empresa o no? ¿Cuanto tiempo tengo para firmarlo? Si no quiero volver a la empresa porque no quiero ver el careto de mi jefe ¿qué puedo hacer?
Pues bien, si tienes dudas, lo mejor es que no firmes nada, acudas a un despacho especializado en Derecho Laboral, que preste servicios en toda España, como el nuestro y revises si esta todo bien. Si en el plazo de 48 horas, no pasas a cobrar la cantidad adeuda, la empresa deberá consignarlo en el juzgado, porque sino podrás pedir los intereses de esa cantidad, por no estar a tu disposición.
En cuanto al plazo para recurrir la decisión es de 20 días, así que hay que darse prisa y no dejarlo para el último día, y en cuanto a si tengo que ver a mi jefe o no, todo dependerá de si recurres o no la decisión.
Así que si os despiden ya sabéis sangre fría, y a consultar un abogado laboralista corriendo.
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