Qué pasa con el régimen de visitas durante el coronavirus
| Juridico, Regimen de Visitas, Separaciones y divorcios
Vaya por delante que ahora lo que más tiene que primar es la salud y el interés de los menores y es importante seguir con estos una rutina, aunque no tengan colegio, de manera que noten lo menos posible la situación.
Por ello se van a dar circunstancias extrañas, novedosas, nunca antes de vistas y que absolutamente ningún abogado ha recogido en un convenio regulador y mucho menos ningún juez o magistrado, pues nunca se pensó que esto pudiera pasar en pleno siglo XXI.
Así lo primordial al margen de lo que vamos a señalar, es que ambos progenitores os pongáis de acuerdo y negocies, porque serán 2, 3 o 4 semanas muy duras con los niños encerrados en casa sin poder salir y con medidas extremas, donde ni los juzgados estarán abiertos y por lo tanto estos no podrán intervenir.
En este artículo trataremos de dar respuestas a preguntas como:
- ¿Si esta divorcia@ y tienes sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia como se fija el régimen de visitas, que pasa durante la cuarenta del coronavirus que los niños no tienen colegio?
- ¿Si estas en trámite de separación o divorcio y no tienes sentencia, que pasa con el régimen de visitas que habías fijado con tu furur@ ex?
1.- ¿QUE PASA SI TE ESTAS DIVORCIANDO Y NO TIENES SENTENCIA DE SEPARACION, DIVORCIO O GUARDA Y CUSTODIA?
Pues que estas en la misma situación que antes del coronavirus y la cuarentena, es decir al no haber sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia, nadie tiene derechos y nadie tiene obligaciones, por lo que técnicamente es la guerra, es decir cada uno puede hacer lo que quiera.
Lo más aconsejable es que os repartáis el tiempo, porque estar 2, 3 o 4 semanas sin apenas salir de casa y con niños no es tarea fácil y requiriera de mucha psicología con los niños.
2.- ¿QUE PASA CON LOS DIAS QUE LOS NIÑOS NO TENGAN COLEGIO?
Durante los días que los niños no tengan colegio, se aplica el mismo régimen de visitas establecido en la sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia, pues para que pueda haber una modificación o suspensión del régimen de visitas, tiene que haber una sentencia que así lo diga.
3.- ¿QUE PASA SI EN LA SENTENCIA PONE QUE EL LUGAR DE RECOGIDA DE LOS NIÑOS ES EN EL COLEGIO ENTRE SEMANA Y AHORA ESTA CERRADO Y LOS NIÑOS NO VAN AL COLEGIO?
Si la sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia dice que el lugar de recogida de los niños sea a la salida del colegio, la teoría dice que sería ese el lugar en el que debería de realizarse la entrega de los niños a la hora de la salida del colegio, pues hay una sentencia que así lo indica, otra cosa es que ambos progenitores pensando en el interés de los menores, decidan hacerlo en los domicilios de uno o de otro, que es sin duda lo más aconsejable.
4.- ¿QUE PASA SI LA SENTENCIA PONE QUE EL LUGAR DE ENTREGA DE LOS NIÑOS SEA EN EL COLEGIO Y ESTA CERRADO?
En muchas ocasiones tanto después del fin de semana, como días de diario la entrega se tiene que hacer el día siguiente a la hora de inicio del colegio, pues bien, a esa hora es a la que el progenitor no custodio, deberá entregar los niños al progenitor custodio.
¿Sabemos que estarás pensando, si normalmente dejo a los niños a las 8 en el colegio y ahora no hay colegio, porque no puedo entregárselos a las 14 h a la salida del colegio y así disfrutar de ellos? Pues en parte tienes razón, porque ambos tenéis los mismos derechos a estar con los niños, por lo que esto puede ser causa de disputas.
Así que lo mejor es que penséis en el interés del menor y os pongáis de acuerdo.
5.- ¿CUAL ES LA HORA A LA QUE ME TIENE QUE ENTREGAR LOS NIÑOS MI EX?
Si la sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia fija la hora, tendrá que ser a esa hora sin alterar el régimen de visitas establecido en la sentencia.
6.- ¿QUE PASA SI LAS VISITAS SON OTRA CIUDAD DISTINTA A DONDE RESIDEN LOS NIÑOS? ES DECIR ¿QUE PASA SI MIS HIJOS VIVE EN VALLADOLID Y YO EN MADRID?
La teoría dice que hay que cumplirse el régimen de visitas establecido en la sentencia, pero el interés del menor dice que igual no es lo más aconsejable ir a Madrid.
7- ¿SI LOS NIÑOS NO TIENEN COLEGIO, ¿PERO YO TENGO QUE TELETRABAJAR Y CONTRATAR UN- ¿UNA CANGURO, QUIEN LO PAGA?
La o el canguro deberá ser pagado por aquel progenitor que l@ contratate.
8.- ¿SI NOS REPARTIMOS EL TIEMPO DE ESTANCIA CON LOS NIÑOS QUE PASA CON LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?
La pensión de alimentos se tiene que pagar durante este tiempo según lo establecido en la sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia, es decir los 12 meses del año.
9. ¿QUE PASA CON EL RÉGIMEN DE VISITAS DURANTE LA SEMANA SANTA?
Hay que aplicar lo que se diga en la sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia y no tiene por qué alterarse en absolutamente nada este régimen de visitas.
10.- ¿PODEMOS LLEGAR A LOS ACUERDOS QUE QUERAMOS?
Los progenitores siempre que sea de mutuo acuerdo y yo aconsejo ponerlo por escrito, pueden llegar a los acuerdos que quieran para alterar lo establecido en la sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia y creo que esta situación del coronavirus puede ser una buena situación para ello.
11.- ¿QUE PODEMOS HACER SI NO NOS PONEMOS DE ACUERDO SOBRE LOS TIEMPOS Y ESTANCIAS?
Aquí como en cualquier otra circunstancia lo único que podrás hacer es acudir al juzgado e interponer una demanda de jurisdicción voluntaria si es urgente o una demanda de modificación de medidas, aunque vaya por delante que los juzgados no resolverán antes de 30 días e igual para el día del juicio, ya ha pasado la cuarentena y se ha solucionado el problema.
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