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Requisitos para solicitar un aumento de la pensión de alimentos

| Juridico, Modificación pensión de alimentos, Pension Alimentos, Separaciones y divorcios

Como expertos abogados de Familia, ésta suele ser una duda muy común entre nuestros clientes. Parejas que han decidido poner fin a la relación pero que, sin embargo, no solamente tienen en común descendientes. También les preocupa que la situación económica de uno de los cónyuges ha cambiado y, como consecuencia, podría variar la manutención hacia sus hijos.

Para solicitar un aumento de la pensión de alimentos, el procedimiento adecuado es el procedimiento de modificación de medidas, pero para que tu solicitud pueda haber lugar se tienen que dar una serie de requisitos, que veremos a continuación.

¿Me pueden subir la pensión alimenticia?

Sí, siempre que se den una serie de requisitos.

¿QUÉ REQUISITOS SE TIENEN QUE DAR PARA PODER SOLICITAR UN AUMENTO DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?

Para poder instar una solicitud de aumento de la pensión de alimentos, tiene que haber una sentencia previa de separación, divorcio o guarda y custodia que fije la cuantía de la pensión de alimentos y los criterios que se han tenido en cuenta para establecer una cuantía u otra, al objeto de poder comparar la situación que había en el momento de la sentencia y el actual, y poder establecer si hay una alteración sustancial de las circunstancias.

Así la sentencia de la Audiencia provincial de Madrid de 14 de mayo 2019 Número Sentencia: 427/2019 dice:

“QUINTO: La problemática relativa a la cuantía de la pensión de alimentos se debe resolver conforme a la correcta interpretación de lo dispuesto en los artículos 145 y 146 del Código Civil, pues dicho importe se debe ajustar a criterios de proporcionalidad entre los medios con los que cuenta el alimentante y las necesidades de los alimentistas, sin olvidar que el progenitor custodio también está obligado a contribuir de modo directo a la prestación alimenticia, en la medida que lo permitan sus propias posibilidades económicas, sea cual fuere la fuente de ingresos que se perciba por el progenitor que tiene la guarda de los hijos, de modo que se hace necesario analizar la situación laboral y económica del obligado a la prestación, los gastos que debe afrontar para su propia existencia, de alojamiento, etc., así como los gastos de los hijos, con especial referencia a los de orden escolar.”

Es decir que como la pensión de alimentos se fija teniendo en cuenta la capacidad del alimentante (es decir el obligado al pago) y las necesidades de alimentista (es decir los niños), para poder solicitar el aumento de la pensión de alimentos hay que basarlo en dos cosas:

  1. Un aumento de los ingresos del progenitor obligado al pago
  2. Un aumento de las necesidades de los niños que reciben la pensión del progenitor no custodio.

Pero siempre teniendo en cuanta las circunstancias que se tuvieron en cuenta en el momento de la sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia y la actual.

Aumento de los ingresos del progenitor no custodio

¿CUÁNDO SE ENTIENDE QUE HAY UN AUMENTO DE LOS INGRESOS DEL PROGENITOR OBLIGADO AL PAGO?

Aumento de la pensión de alimentos

A favor de aumentar la pensión de alimentos, está la Sentencia Audiencia provincial de Orense de 12 de febrero 2019. Número Sentencia: 38/2019:

“En relación con la pensión se observa, sin embargo, un incremento susceptible de ser calificado como transcendente y suficiente para el aumento establecido por la juzgadora de instancia. Los ingresos íntegros del demandado por su trabajo fueron en el año 2015 de 17.816,50 euros y en el año siguiente de 21.151,84 euros, cantidad que se mantuvo en el año 2017 (en torno a 21.161 euros) de forma que desde que se aprobó el convenio regulador su salario aumentó sobre un tercio, mejora susceptible de ser considerada esencial y con entidad bastante para mantener el acuerdo a que las partes llegaron en sede de medidas provisionales coetáneas. El demandado mantuvo en juicio que no era posible mantener dicho acuerdo porque había cesado el arriendo de unos del inmueble, pero tal alegación, además de indemostrada, seria inoperante ante la previsibilidad de nuevo arrendamiento resultante de la zona turística en que se ubican los inmuebles y de los sucesivos contratos aportados”.

Sin aumento de la pensión de alimentos

En contra de aumentar la pensión de alimentos esta la Sentencia Audiencia provincial de Alicante de 16 de enero 2019. Número Sentencia: 4/2019

“TERCERO. – Esta Sala discrepa de las conclusiones a la que llega la Juzgadora de Instancia, pues según se deduce de lo actuado en el presente procedimiento, los ingresos del apelante son los mismos que percibía en el momento de suscribirse el convenio regulador, pues trabaja en el mismo centro de alimentación con los mismos emolumentos. Si bien es cierto que sus ingresos como trabajador por cuenta ajena disminuyeron en el año 2014, en el momento actual son los mismos que en la fecha que se suscribió el convenio regulador de su divorcio. Así pues, ninguna circunstancia substancial o relevante se ha producido de manera sobrevenida desde el momento en que fue dictada la anterior sentencia de divorcio; por tanto, no ha lugar a acceder a la modificación pretendida por la madre y recogida en la sentencia en lo que hace al aumento de la pensión alimenticia y su régimen de actualización como fue pactado por las partes en su divorcio. Por otro lado, la compensación por la pérdida del uso que fue impuesta en la sentencia de modificación de medidas previa y su posible repercusión en la cuantía de la pensión de alimentos, no ha sido cuestionada en la alzada por lo que no procede valoración alguna al respecto.”

Cuándo hay un aumento de las necesidades de los hijos

¿CUÁNDO SE ENTIENDE QUE HAY UN AUMENTO DE LAS NECESIDADES DE LOS NIÑOS?

A favor: se prueba su incremento

Así a favor de aumentar la pensión de alimentos porque han aumentado las necesidades de los niños están:

Sentencia de audiencia provincial de Madrid de 11 de noviembre de 2019. Sentencia Nª 948/2019

Los gastos escolares de la niña han pasado prácticamente de nada ya que el centro escolar al que acudía era público, a 130 € mensuales (prorrateado por 12 meses), más 109 € mensuales de comedor (prorrateados por 12 meses), tal como se acredita con la certificación expedida por la Secretaria del Colegioxxx.

Actualmente el padre, trabaja en la empresa DIRECCION003 , con la categoría de oficial de 1ª, percibiendo unos ingresos ascendentes a 1.300,00 euros mensuales, tal como se acredita con las nóminas obrantes en autos (pág. 82 y sgts.). Cuando se firmó el convenio regulador también trabajaba el padre percibiendo ingresos semejantes.

Tras estudiar toda la documental aportada y las pruebas practicadas en la vista, resulta prueba suficiente el cambio estipulado en su día en el convenio regulador, al haber cambiado de colegio a la menor con el consentimiento de ambos progenitores, y ello por las necesidades que la menor requiere, incrementándose los gastos de la misma, por lo que esta Sala estima que debe confirmarse la sentencia en dicho extremo y ello en virtud de lo plasmado en la cláusula quinta del convenio regulador, antes detallada”.

Sentencia Audiencia provincial de Valladolid de 23 de mayo 2012.Sentencia 00225/2012

“SEGUNDO. –Cuestiona con segundo motivo que se haya incrementado el importe de la pensión alimenticia de la hija que convive con la madre. Arguye que no existe ninguna prueba de mayores necesidades de la hija y solicita también que se limite temporalmente el percibo de la pensión al momento en que la hija cumpla los 27 años. Es evidente para cualquiera sin necesidad de especiales razonamientos que una mujer que cuenta ya con 23 años, que cursa estudios universitarios, que está realizando numerosas actividades de formación y que ha de desarrollar una vida social acorde con su edad tiene más necesidades que una niña de 14 años. Por eso ha de considerarse acreditado que sus necesidades han aumentado”.

En contra: no se prueba su aumento

En contra de aumentar la pensión de alimentos, pues entiende que no han aumentado las necesidades de los niños:

Sentencia Audiencia provincial de Valencia de 10 de abril 2019. Número Sentencia: 212/2019

“SEGUNDO .- Principiando por los alimentos, sabido es que los alimentos a que se refiere el Código Civil son consecuencia directa e inmediata de la patria potestad, que en orden a su contenido quedan integrados por las partidas que se detallan en el art. 142 y que en cuanto a su cuantía por los parámetros que fija el art. 146, esto es proporcional al caudal de quien los da y a las necesidades de quien lo recibe, lo que conforme al art.147.CC produce la consecuencia de su variabilidad condicionada por las variaciones que pueden experimentar esos parámetros.

En consecuencia, y para determinar la cuantía de esos alimentos debe tenerse presente, por un lado, las necesidades de las menores, respecto de las cuales no se conocen sean distintas de las propias de su edad. No aparecen acreditados otros gastos especiales, pues las actividades fuera del colegio al que asisten deben computarse como gastos extraordinarios y no incluidos en la pensión alimenticia, que justifiquen la pretensión deducida de incrementar el importe de la pensión de cada una de ellas en los términos solicitados por la dirección letrada de la progenitora custodia, ya que la misma basa su petición en el incremento de los ingresos del progenitor, lo cual, por sí solo no es causa bastante para ello, por cuyo motivo procede la desestimación del mismo”.

Es decir, lo que decíamos en otro video, hay que probar que han aumentado los ingresos de tu ex o que han aumentado las necesidades de los niños, pero sin probarlo, no hay modificación de medidas.

Veces que puedes solicitar un aumento de la pensión de alimentos

¿CUÁNTAS VECES PUEDO SOLICITAR UN AUMENTO DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS?

Lo puedes solicitar tantas veces como quieras, pero ojo, lo mejor es que te dejes aconsejar por nuestro abogado para modificación de medidas. Ten en cuenta que si te desestiman la pretensión y no hay sentencia a tu favor, te tocará pagar las costas, el abogado y procurador contrario además de tu abogado y procurador.

Conclusiones

Así las conclusiones que podemos sacar son:

  • Comparativa. Siempre hay que comparar la situación que había en el momento de la sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia y la situación actual.
  • Carga de la prueba. Si tú eres quien solicitas el aumento de pensión, eres tu quien tiene que probar que han aumentado los ingresos de tu ex o las necesidades de tus hijos.
  • Necesidades de tus hijos. No es necesario que aumenten los ingresos de tu ex, para solicitar un aumento de la pensión de alimentos, basta con hayan aumentado las necesidades de tus hijos y lo pruebes.

28 respuestas a “Requisitos para solicitar un aumento de la pensión de alimentos”

  1. Vanesa dice:

    Buenass noches.
    Mi duda es que yo tengo una guardia y custodia por mi niño. El papa pasa todos los meses 148€ de pensión alimenticia ya con el IPC actualizado. Pero el lleva pasando está cantidad cuando cobrará la prestación por desempleado pero lleva más de 2 años trabajando en un puesto estable y cobra 1100€/mes como tb trabaja de noche y cobra 50€/noche. Yo le puedo reclamar que me suba la pensión ya que no compra ni ropa ni nada…

    • safeabogados dice:

      Si claro, tienes que interponer con abogado y procurador una demanda de modificacion de medidas consistente en un aumento de la pensión de alimentos.

  2. Marisol dice:

    Buenas tardes soy Madrastra.. ,puede una mamá pedir aumento de pensión si todo el tiempo a sacado a sus hijos de casa, y los eh mantenido en mi casa junto con su papá, actualmente tengo a uno en casa estudiando la Universidad su papá y yo le costeamos la universidad y ella tiene a una de 13 años la cual se le pasa $250 por ella, además le prohíbe ver a su papá y a logrado que vea a su papá como el malo?.. Claro sin antes decir que tiene demanda de todas las veces que los a sacado, cuando le pegó a su hija, y además tiene expediente psiquiatrico, pero nunca han hecho nada, pero apenas ella habla me imagino por ser mujer le hacen caso

  3. Maria dice:

    Buenas noches.
    El padre de mi hija me pasa todos los meses 120e que fue de mutuo acuerdo.Me lo pasa todos los meses con retraso y así llevo ya 5años .Yo podría pedir un aumento de manutención ? Aún el sige trabajando donde mismo no sé si habrá cambiado sus ingresos.

    • safeabogados dice:

      Todo dependera de si han aumentado los ingresos de tu ex marido o las necesidades de tu hija, lo cual tienes que probar, ademas tienes que ir al juzgado con abogado y procurador y gastarte dinero para poder conocer su situacion economicamente previamente mediante unas diligencias preeliminares.

  4. Javier dice:

    Buenas tardes.Y si el que paga la pensión alimenticia,recibe una herencia dineraria de 80.000€ por ejemplo,si ese aumento de patrimonio es favorable a subir la pensión de alimentos,como se computaria y desde cuándo?Por ejemplo:Subiría la cuota de pago mensual por un tiempo determinado?O no,por ser un aumento que no genera beneficios mensuales?
    Y si por el contrario,al recibir dicha herencia la invierto o gasto a mi criterio,podrían después reclamarme?

    • safeabogados dice:

      Para establecer la pensión de alimentos, solo se tiene en cuanto los ingresos del alimenante y las necesidades de alimentista o menor, no el dinero que se reciba de herencias.

  5. iker dice:

    Buenas tardes. Mediante convenio regulador, pago la pensión alimenticia por mis dos hijos por un total de 400€, además del comedor de éstos por 200€ y la línea móvil de los dos por 40€.

    Acaba de llamarme mi ex mujer, custodia de los niños, de que la han despedido del trabajo por motivos disciplinarios y que por ese motivo quiere pedir que se aumente la pensión alimenticia.

    ¿Puede conseguir ese aumento o sólo es cuando cambian las condiciones al que paga o a los niños?

    Este convenio es el 2⁰ pues en el primero se abonaba la mitad de la manutención pero a cambio de residir en mi vivienda de la cual sigo pagando la hipoteca.

    ¿Podría conseguir la custodia yo de mis hijos por no tener ella tener los recursos necesarios para criar a mis hijos?

    • safeabogados dice:

      Hola Ikea, va a ser casi imposible que consiga ese aumento, en cuanto a la custodia habria que determinar que ha cambiado. ES un tema muy complejo

  6. Patricia dice:

    Hola:
    Mi caso es el siguiente. Mujer con dos hijos (14 y 12 años), divorciada y que recibe del padre 400€ de pensión de alimentos para los dos hijos (200€ cada uno). Padre que se compra vivienda al 50% con su nueva esposa (hipoteca juntos de 400€, por tanto, se supone 200€ cada uno). Cobraba 2.900€/mes. Despiden por razones económicas y organizativas de la empresa. Nueva empresa. Sueldo de 1.500€. Deportista de triatlon, apuntado al gimnasio y piscina municipal (50€/mes), apuntado a un club de entrenamiento, comprada bicicleta de alto rendimiento, fotos en redes sociales de participación (tasas) en carreras, triatlón y entrenamientos. Plaza de garaje adjudicada en el divorcio y alquilada. No hace mención en la demanda. No aporta negociación con banco de reducción de hipoteca con su nueva esposa. Solicita la reducción de pensión de alimentos en 75€/mes, es decir, pasar de pagar 400€/mes a 325€/mes por los dos hijos. Es decir, acredita con documentación la reducción de ingresos,….. pero los gastos personales en caprichos innecesarios no se los reduce. Se queja que con poco menos de 1.000€ tiene que hacer frente a gastos se subsistencia: vivienda, agua, luz,… y no puede vivir ahora con 1.000€ al mes. Cuando ha estado durante tres años seguidos después del divorcio cobrando 2.900€/mes, alrededor de 35.000€/ año x 3 años son cerca de 100.000€ ¿en qué se ha gastado 100.000€? En pagar hipoteca y pensión de alimentos a sus dos hijos no ha sido, pero como justifica reducción de ingresos….. pero sus gastos los mantiene….incluso carreras de triatlón fuera de su ciudad.
    ¿cómo me defiendo de esa reducción acreditada de 2.900€ a 1.500€? El Juez le va a dar la razón que se rebaje en 75€/mes la pensión mientras él sigue gastando en gimnasio, carreras y bicicletas. Seguro que si reduce sus caprichos y con el alquiler de la plaza de garaje llega a ahorrar los 75€ que quiere reducir de sus hijos.

    • safeabogados dice:

      Lo que tienes que hacer es

      a) Contratar un detective para probar su nivel de vida y que recibe ingresos en b
      b) Signos externos. Tienes que intentar probar con documentacion solicitada al juzgado que su situacion no ha cambiado
      c= tienes que averiguar si tu ex esta casado en gananciales o separacioin de bienes y ahi tienes otro cosa mas.

      y luego elegir un abogado especialista en derecho de familia

  7. Maria dice:

    Hola mi situación es q cuando me divorcie firmamos q me pasaría 400€ x las dos niñas q tenemos , se las llevaría cada 15 días el fin de semana y la mitad de las vacaciones. Después de 5 años se las ha llevado los fines de semana q le corresponden , las vacaciones nunca y lleva 1 año q la q tiene 17 años no va con el x q discutieron . En varias ocasiones he hablado con el para q suba la pensión, ya q yo me cargo con gastos q son suyos , ya q todo el tiempo q tenían q wstar con el y no van , soy yo quien las mantengo y pago esos gastos q tendría q cubrir el .
    Tengo derecho a pedir q esos gastos q tenia q pagar el , me lo pasé a mi ya q soy yo la q cubro gastos q no me pertenece.
    Muchas gracias, un saludo

  8. Robin dice:

    Hola, en mi caso soy el progenitor no custodio y, tras mi subida salarial, quiero “pasar” más manutención.
    Puedo hacerlo libremente o debe der formalizado por un juez?

  9. Raimon dice:

    Buenas tardes.
    Fui autonomo durante 20 años y me separé en 2014. Firmé 350 euros mensuales de pension alimenticia, que no pude cumplir por el empeoramiento de mi trabajo.
    En enero de 2019 dejé de ser autónomo pero no tenía ni una ayuda, pero solicite cambio de medidas. En Abril del 2019 logré una rebaja de la pensión (200 euros) y la cantidad que le debía se la pagaría al juzgado con 50 euros al mes.
    He ido trabajando estos años en dos supermercados (no soy fijo en ninguno) y ahora me amenaza que si no pago más por mi cuenta solicitará un aumento en el juzgado.
    Tal como digo, no tengo contrato fijo pero tengo temor de que si estando en paro (ojo, sin cobrar NADA “acepté” los 200 euros, ahora que tengo trabajo me lo suban (que ahora ya pago más de 220 euros al mes por la subida del IPC que también cumplo a rajatabla).
    La sensación que tengo es que cuando no pude cumplir, pringué, y ahora que llevo tres años consecutivos cumpliendo pensión y acuerdo de deuda, también voy a pringar.
    Con lo que he explicado, tengo números para que me lo hagan subir?
    Gracias!

    • safeabogados dice:

      Hola Raimon, habria que conocer los INGRESOS TOTALES que tienes, y los GASTOS TOTALES que tienes y si las necesidades de tus hijos han aumentado, solo asi podriamos darte una respuesta correcta y adecuada.

  10. Pedro dice:

    Doy pensión por ambos hijos de 13 y 19 a acordada (convenio regulador) de 840 por ambos en 2017 actualmente con los ajustes 920 por ambos. Ella quiere que pague el 50% de la universidad pública. Mis condiciones económicas no han cambiado, ahora tengo hipoteca y estoy casado. Puede la madre de los hijos aumentar la pensión, señalando que la universidad pública supone un aumento importante en los alimentos?
    Considerando que para los actuales se consideró (comedor, actividades extraescolares 3 por cada hijo en ese momento) y esas actividades están extintas. Además ella tenía jornada reducida “por cuidado de hijos” y ya no. Su situación familiar cambio vive con un hermano que recibe pensión por invalidez.

    • safeabogados dice:

      Pedro, la universidad es consdierada por la Audiencia provincial de MADRID, como un gasto ordinario que tiene que pagar ella con la pensión de alimentos. Asi que no puede reclamarte nada.

  11. Lucía dice:

    Buenas tardes,
    tengo custodia compartida con mis dos hijas. El padre echo a mi hija mayor de 22 años de casa la cual está estudiando y ahora vive conmigo desde hace unos meses. Por convenio aportamos cada mes yo 100€ y él 200€, todos los gastos excepto la comida y la ropa se pagan en común con esa pensión. Ahora la situación ha cambiado porque él ya no mantiene a mi hija en el día a día, puedo hacer algo en esta situación? considero que mis gastos ahora son mayores.

    • safeabogados dice:

      Lo que debes hacer es interponer una demanda de modificacion de medidas en el juzgado con un abogado y procurador para obligarle a que el juzgado pone una pensión de alimentos y te la tenga que pagar, no hay otra forma de conseguirlo

  12. Amparo dice:

    Que cantidad de IPC debo pasar a mi hija este año 2023 si la cuota del 2022 ha sido de 211€ ? Gracias

  13. Rocío dice:

    Buenas noches, querría comentar mi situación y ver si me pueden aclarar esto. Soy mamá de un nene de 10 años. Por acuerdo en el convenio regulador llegamos a que me pasaría 70 euros de manutención. Eso fue en el año 2015. La cuestión es que él ha rehecho su vida y se va a casar próxima mente. Se puede solicitar un aumento de la pensión una vez se haya casado con su pareja ya que forman un núcleo familiar y por tanto el dispone de más economía? Gracias

    • safeabogados dice:

      Siempre que haya una modificacion sustancial de las circunstancias se puede solicitar un aumento de la pensión de alimentos.

  14. Ángela dice:

    Buenas tardes, quería informarme mi ex pareja , no casados . Tenemos un hijo y me pasa 250€ , eso sí cumple siempre. Pero he notado su nivel adquisitivo ha subido cambiando de vehículos, otro tipo de vida y me han comentado que posiblemente recibió una donación en vida.
    Puedo exigir un aumento de pensión? Gracias

    • safeabogados dice:

      Si claro, acudiendo al juzgado e interponiendo una demanda de modificacion de medidas con abogado y procurador, podrias solicitar un aumento de la pensión de alimentos

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