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Abogado para la modificación guarda y custodia

Modificación guarda y custodia

Abogados especialistas en custodia de hijos

Cuando se requiere un abogado de divorcio especializado en guarda y custodia de hijos, casi siempre va aparejado la necesidad de hacer frente al cuidado de los hijos. Cuando se produce un divorcio o la separación de la pareja, la guarda y custodia de hijos es lo principal, pues hay que hay velar siempre por sus intereses.

Por ello desde Safe Abogados, contando con el mejor abogado en custodia de hijos, también te proporcionamos este servicio fundamental para el desarrollo de tus hijos en el presente y futuro.

Qué es la guarda y custodia

Pero antes de exponer todo lo que nuestro despacho de abogados en Valladolid puede hacer por ti en estos casos, debemos entender qué significa guarda y custodia.

La guarda y custodia como concepto en Derecho Civil es muy claro: se encuentra regulado en el art. 92 Código Civil y es el cuidado y la asistencia por parte de los progenitores a los hijos menores de edad. y es que quien tenga la guarda y custodia de los niños, es el progenitor que decidirá sobre el dia a dia de los hijos y muchas veces implica el recibir una pensión de alimentos por ese cuidado diario a fin de hacer frente a la comida, ropa, libros, material escolar etc.

No obstante, existen dos tipos de custodia que son las variantes que nos podemos encontrar en estos casos.

Custodia compartida

Para saber qué es la guarda y custodia compartida hay que partir del concepto inicial. En este caso serán ambos progenitores, independiente de que sea un procedimiento de separación, divorcio o guarda y custodia, quienes tendrán la responsabilidad del cuidado de sus hijos y aunque teóricamente supone que los hijos estén el mismo tiempo con uno y con otro progenitor, puede haber distintas variantes según las circunstancias personales de los progenitores.

La guarda y custodia compartida, supone que son ambos progenitores los que toman las decisiones en el dia a a dia de los niños el tiempo que están con ellos.

Así la guarda y custodia compartida, se puede obtener de mutuo acuerdo con un solo abogado para ambas partes,o con un abogado para cada uno de los progenitores, o de manera contenciosa, debiendo acudirse en ambos casos al juzgado.

Es verdad que la tendencia actual, es que cada vez haya mas sentencias que otorguen la guarda y custodia compartida a ambos progenitores, aunque todo depende de las circusntancias personales y profesionales de los progenitores y de que asi lo consejo un equipo psicosocial.

Custodia exclusiva

La guarda y custodia exclusiva a favor de uno de los progenitores, significa que esta es concedida al padre o a la madre, y aunque habitualmente son a las progenitoras a quien se ha solido conceder la custodia exclusiva, cada vez es mas habitual la concesión de la custodia exclusiva al padre.

El que se de un caso u otro, dependerá de si los niños son menores de 12 años, de que ambos progenitores lo soliciten y un equipo psicosocial lo determine, pero si son mayores de 12 años, la voluntad de los menores esta por encima de todo, y si el juez al tomarles declaración, ve que la decisión que toma es madura, no aleatoria ni basada en caprichos, hara caso a la voluntad de los niños, siempre que las circusntancias profesionales y personales de lo progenitor, le permitan hacerse cargo de los niños.

La custodia exclusiva, supone que el progenitor al que se le concede la custodia de los menores de 18 años, se le otorgue el uso de la casa familiar hasta que los hijos tengan 18 años y que reciba una pensión de alimentos hasta que los hijos sean independientes económicamente

Patria potestad y guarda y custodia

Llegados a este punto puede llegar a crear confusión con otro término. Por eso también es importante conocer la diferencia entre guarda y custodia y patria potestad.

La patria potestad simplemente hace referencia a la representación legal del hijo mientras es menor. Por lo tanto, a la edad de 18 años, siendo ya mayor de edad y con capacidad legal para adquirir determinados derechos, los padres dejan de tener esa patria potestad, pero mientras para el cambio de colegio, cambio de población, cambio de religión, realizar la primera comunión o realizar operaciones estéticas, es necesario el consentimiento de ambos progenitores, independiente de quien tenga la custodia de los hijos.

Cómo solicitar la guarda y custodia de mi hijo

Siendo uno de los mejores abogados de familia en la actualidad, recibimos continuamente preguntas sobre cómo solicitar la guarda y custodia.

La solicitud de la guarda y custodia de los hijos se puede solicitar de dos maneras:

  • a) En un convenio regulador firmado por ambos progenitores, que posteriormente es ratificado en el juzgado ante el juez y que da lugar a una sentencia de mutuo acuerdo.
  • b) Mediante la interposición de una demanda en el juzgado y su posterior juicio y dictamen de sentencia por parte del juez, que es lo que se llama divorcio contencioso.

Tanto en procedimiento como en otro, se regulara todo lo que tenga que ver con la guarda y custodia de los niños( régimen de guarda y custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos y uso de la casa) entre otras cosas y en caso de que haya menores de 18 años intervendrá el ministerio fiscal, que es en el encargado de velar por el interés de los menores, además de los progenitores.

Requisitos guarda y custodia

En cualquiera de los casos, es fundamental determinar en qué se basa el Juez para otorgar una u otra. Por ejemplo: ¿cómo es la jurisprudencia en la guarda y custodia compartida? Atiende a determinadas situaciones que se valoran, siempre buscando como fin último el bien del menor.

Se tiene en cuenta, por tanto, los deseos del menor, la aptitud de los progenitores, el respeto y cumplimento de sus obligaciones con ellos… en definitiva, todo aquello que propicie una adecuada convivencia entre ambos aún estando separados.

Cuándo se extingue la guarda y custodia

Una pregunta común en nuestro bufete de abogados matrimonialistas es la de hasta qué edad dura la guarda y custodia de los hijos y la respuesta es hasta que los hijos tengan 18 años, y alcanzan la mayoría de edad.

Es decir, que a los 18 años siempre se extingue la patria potestad en los progenitores. Sin embargo, pueden continuar con la guarda y custodia si es mayor de edad (a partir de 18 años) pero no puede disponer de sustento económico por sí mismo.

Modificación de medidas guarda y custodia

Cuando se acude a un abogado para modificación de medidas, en mucho de los casos es porque se ha producido cambio circusntancias, que pueden dar a unos cambios de la guarda y custodia, bien porque los hijos pasan a estar con el otro progenitor que no tenia la custodia de los hijos, bien porque se pasa a un régimen de guarda y custodia compartida.

Para solicitar la modificación de guarda y custodia, se partira siemrpe de la sentencia de separación, divorcio o guarda y custodia inicial y las circunstancias tenidas en cuenta en su momento, pues hay que probar quien lo solicitar una modificación sustancial de las circusntancias.

Dicho procedimiento se puede desarrollar de mutuo acuerdo o de manera contenciosa, y el cambio de guarda y custodia, puede suponer un cambio de la pensión de alimentos establecida o del uso de la vivienda familiar entre otras cosas.

Medidas provisionales guarda y custodia

Es posible que el juez si así lo solicita alguna de las partes acuerde establecer medidas provisionales en la guarda y custodia previas al procedimiento principal, es decir como desde que se interpone la demanda hasta que se fija fecha de juicio pueden pasar 12 o 15 meses, se puede solicitar junto a la demanda de separación, divorcio o guarda y custodia, que el juez establezca medidas provisionales, que se celebran en el plazo de 2 a 4 meses desde la interposición de la demanda y en el que provisionalmente y de manera cautelar, se decide a quien se otorga la guarda y custodia, pensión de alimentos uso de la casa etc etc hasta que se celebre el juicio principal.

Estas medidas provisionales, permiten poner paz en el hogar familiar en un plazo razonable hasta que llegue el procedimiento principal, y aconsejamos siempre interponerlas pues en algunos juzgados los retrasos judiciales, pueden dilatar el procedimiento.

Demanda guarda y custodia pareja de hecho

En los casos en los que tienen que mediar abogados para rupturas en parejas de hecho, la situación en el caso de tener descendientes no es muy distinta para la guarda y custodia de hijos no matrimoniales, aunque difiere ligeramente (no hay liquidación de gananciales, por ejemplo).

Así, hay en concreto un procedimiento de la guarda y custodia en la pareja de hecho quefunciona de una manera muy similar, equivalente a lo que sería el divorcio, ya sea mediante mutuo acuerdo o por la vía contenciosa.

Por tanto, la custodia de hijos en padres no casados no difiere demasiado de los que están unidos en matrimonio, por lo que no plantea especial problema.

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