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Adjudicación de la vivienda familiar en liquidación de gananciales

| Liquidacion de Gananciales, Separaciones y divorcios

Dentro de la amplitud de casos que tenemos que ver cuando se produce la ruptura en la pareja como abogados de divorcio, si hay uno que crea especialmente complejidad es la liquidación de gananciales en la vivienda familiar. Esto es lógico porque no es un bien como otro cualquiera ni está así contemplado, directamente.

Por eso debemos prestar una atención muy concreta en este ámbito que afecta a la casa habitual cuando se produce la liquidación de sociedad de gananciales.

La vivienda familiar en el matrimonio

En primer lugar, conviene tener claro a qué nos referimos al hablar de este concepto: ¿Qué es vivienda familiar en derecho? Pues depende si hablamos del uso de la vivienda o de la propiedad de la misma.

Como ya te comentamos en su momento acerca del uso y disfrute de la vivienda familiar, no es lo mismo. El uso de la vivienda familiar es quien entra a vivir, mientras que la propiedad de la vivienda familiar es quién es el titular del inmueble. La atribución de su uso no está estrictamente relacionada con a quién pertenece, y eso es importante recalcarlo.

¿Bien privativo o ganancial de la pareja?

Una vez que hemos aclarado este concepto, debemos tener presente otro igualmente importante: no todos los bienes que poseen los cónyuges durante el matrimonio son iguales.

Los bienes privativos y los bienes gananciales en el matrimonio son dos cosas diferentes. Los privativos son de cada cónyuge, y los gananciales aquellos que pertenecen a ambos al 50%. No obstante, podrían pasar de privativos a gananciales si así lo manifiestan ambos.

Pero cuando hablamos de la vivienda, no todo es tan sencillo.

La liquidación de gananciales en la adjudicación de la vivienda familiar

Aclarado esto, conviene reseñar que la vivienda familiar tiene una protección especial en este proceso. Cuando explicamos la liquidación de sociedad de gananciales en el divorcio, hablamos del necesario inventario (cuando se contabilizan todos los bienes de cada cónyuge). Pues bien, la vivienda familiar es totalmente ajeno al proceso, también incluso en el de separación de bienes.

Se tendrá en cuenta, para valorar su uso y disfrute, la falta de acuerdo, el interés superior del menor y su atribución temporal. Vemos, por tanto, que la presencia de los hijos en este sentido es clave, aunque veamos qué dice la ley al respecto.

Liquidación de gananciales vivienda habitual

Para entender a quién se le adjudica el uso y disfrute de la misma, se debe acudir al Código Civil en su artículo 96: tanto el uso de la casa como los objetos cotidianos pertenecen a los hijos en común menores de edad pero también al cónyuge que los custodie hasta que cumplan la mayoría de edad.

En caso de que no haya hijos, se tendrá en cuenta la vulnerabilidad del cónyuge no propietario para tenerla adjudicada para su uso el plazo que establezcan los Juzgados.

Liquidación de gananciales vivienda familiar con hijos

En este sentido el Interés Superior del Menor en los divorcios no solamente atañe a la guarda y custodia, sino también a disponer de un entorno familiar favorable, lo que incluye, por supuesto, el uso de la vivienda.

No obstante, aun cuando los hijos hayan cumplido la mayoría de edad, se dan casos en los que se continúe utilizando la casa. Es común que la vivienda quede adjudicada al cónyuge no titular de la propiedad, incluso cuando sea parte de los gananciales de la pareja, debido a este hecho.

Así, seguirá adjudicada aun cuando los hijos cumplan la mayoría de edad en casos como:

  • Menores con algún nivel de discapacidad: la justifica determinará ese tiempo extra de su uso
  • Hijo mayor de edad pero económicamente dependiente.
  • Mayores de edad pero con algún nivel de discapacidad

Los gastos en la adjudicación de la vivienda

Finalmente, conviene reseñar un último aspecto en este caso. Es muy importante que se conserve el domicilio habitual de modo que no pierda valor alguno. En este sentido, existen tanto los gastos de uso como los gastos de propiedad.

Gastos de uso

Deberá hacerse cargo quien haga uso de la propia vivienda. Esto implica los gastos de suministro, cuotas, posibles reparaciones…

Gastos de propiedad

Ojo, estos son exclusivos del propietario, del titular, independientemente si hace uso o no de la vivienda familiar o en qué carácter posea la casa. Esto es especialmente importante y lo tratamos en su momento al hablar de la liquidación de gananciales vivienda con hipoteca. Pero no solamente la hipoteca, sino que deberá a hacer frente a seguros, impuestos e incluso obras que supongan de un aumento de valor del inmueble.

Conclusión

Queda por tanto claro que la adjudicación de la vivienda familiar en la liquidación de gananciales no sigue el procedimiento habitual de reparto del resto de bienes. Siempre se tendrá en cuenta los derechos de los más vulnerables de la familia, que prevalecerá en los criterios de la Justicia. Y recuerda que si necesitas asesoramiento en esta materia, nuestros abogados para la liquidación de gananciales te darán la mayor tranquilidad para este tipo de casos complejos

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