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La liquidación de gananciales en vivienda con hipoteca

| Liquidacion de Gananciales, Separaciones y divorcios

Uno de los mayores problemas que se afronta en una separación esa es, sin duda, la del reparto de los bienes. Y en lo que respecta a la liquidación de gananciales de una vivienda hipotecada, no lo es menos. Un asunto que es complejo dado que, como siempre hemos mencionado desde nuestro despacho de abogados para liquidación de gananciales, lo ideal es casarse en separación de bienes. No obstante, si no ha sido así y llega la ruptura, se debe realizar de forma adecuada una primera demanda de divorcio o separación en la cual desde Safe Abogados somos especialistas.

liquidación de gananciales en vivienda con hipoteca

Aunque aquí vayamos a hablar en concreto de la liquidación de gananciales en vivienda con hipoteca, desglosaremos las distintas circunstancias que se pueden dar para que os resulte de ayuda. 

Vivienda privativa cuya hipoteca es abonada en separación de bienes

Antes de abordar el asunto, conviene aclarar cuál es el escenario más adecuado al hablar en estos términos. Partimos de la base de que ambos se han casado dentro del tipo de régimen económico matrimonial de separación de bienes, lo que facilita enormemente la situación.

Esto en realidad sucede así con todos los bienes comprados antes del matrimonio, incluida la casa, cuando posteriormente se produce la separación. Y es que, en esos casos, siempre va a pertenecer a la parte que lo adquirió: ante, durante, y después.

Hipoteca está a nombre de un solo cónyuge

Así las cosas, la vivienda privativa familiar supone, por tanto, que la casa pertenece a uno de los cónyuges al haberla adquirido con anterioridad al matrimonio. Básicamente, adquiere una hipoteca en separación de bienes. Pero es que, además, al estar casados de esta manera, supone que la casa es íntegramente de una parte, aunque como pareja formalizada la otra parte pueda hacer uso y disfrute de la misma, conviviendo en lo que supone el domicilio familiar. Sin embargo, esto significa que la casa está hipoteca por un solo cónyuge, y, por tanto, la propiedad de la misma también.

¿Y una vivienda comprada antes del matrimonio es ganancial?

Depende. En primer lugar, debemos tener claro qué es la liquidación de gananciales para poder tener claro lo que supone. Así, para poder decir que un piso comprado antes del matrimonio es bien ganancial se tienen que dar una serie de factores. En primer lugar, hay que ver quién lo ha adquirido, cuándo y cómo está financiado. En este caso, tanto los tiempos como las formas son clave para poder determinar la respuesta a esta pregunta. Se deben tener en cuenta así varias circunstancias para la liquidación de gananciales en vivienda con hipoteca:

Debe establecerse un matrimonio en gananciales

Algo evidente, pero no por ello menos importante. Se deben casar en bienes gananciales para que, lógicamente, la vivienda también se pueda repartir. Esto y mucho más ya lo abordamos en su momento al hablar de cuándo casarte en separación de bienes o gananciales. Si es separación de bienes y es casa comprada por uno de los cónyuges, siempre pertenecerá a esa persona, tanto si ya está financiada al 100% como si posee hipoteca.

Ojo, todo esto de pagar hipoteca una vez casados no se debe confundir con una deuda privativa pagada con dinero ganancial: ese caso contempla muy determinadas circunstancias (recogidas en el artículo 1362 del Código Civil) como la explotación regular de negocios o la administración ordinaria de cualquiera de los bienes privativos de los cónyuges.

Esto es evidente: si te casas en gananciales con alguien que tiene una empresa, parte de la deuda que adquiera dicha compañía la acabarás pagando con parte de tu (vuestro) dinero, aunque no comenzase siendo tuya sino de tu pareja. Para que no sucediera así, deberíais contraer matrimonio en separación de bienes.

Debe ser domicilio familiar

Pero, ante todo, la vivienda adquirida debe formar parte como domicilio familiar. Es decir, que se conviva de forma permanente en ella por la pareja para que así sea considerada. En caso contrario, nunca será piso ganancial, sino privativo, y formará parte de los bienes individuales de la persona. Si quieres profundizar más en este tema, te invitamos encarecidamente a que conozcas más sobre el uso y disfrute de la vivienda familiar para aclarar tus dudas.

Debe haber un reparto a la hora de financiarlo

Y en tercer lugar, muy importante: cómo, cuánto y cuándo está financiado. Si se ha ido abonando dicho dinero durante el matrimonio en régimen de gananciales, entonces la casa pertenece a ambos en función de lo aportado. Y, solo en este caso, después de haber cumplido los dos anteriores, se puede hablar de liquidación de gananciales de la vivienda familiar.

Esto precisamente aparece reflejado en el artículo 1357 del Código Civil. Así, el bien inmueble corresponde, por un lado, en proindiviso a la sociedad ganancial, y por otro al titular del inmueble. Se tendrá en cuenta el valor de las aportaciones que hasta el momento haya efectuado cada parte.

Si, por el contrario, la vivienda está comprada antes del matrimonio de forma íntegra por uno de los cónyuges, siempre será privativo, aunque después se casen en gananciales.

Divorcio con vivienda hipotecada en bienes gananciales

La típica pregunta que se suele plantear en estos casos: si tengo un piso y me caso en gananciales, ¿a quién pertenece? Pues siguiendo el argumentario anterior de la liquidación de gananciales en vivienda con hipoteca, dependerá de si es tuyo al 100% antes de contraer matrimonio o se financia con posterioridad. Este suele ser el caso más habitual: uno de los cónyuges ya ha abonado parte de esa vivienda, pero en gananciales se aporta el porcentaje restante.

Entonces, ¿pago hipoteca, pero no soy propietario? En bienes gananciales, si no eres tú quien ha empezado a financiar el inmueble antes del matrimonio, pagarás la mitad de la hipoteca de la casa sin ser al 100% el propietario. ¿Y qué sucede al separarse? Planteamos dos escenarios.

Si el propietario quiere disponer de la casa libremente

Si la persona a la que pertenece el inmueble (quien ya abonó parte de la vivienda) la quiere poseer íntegramente, debe ingresar a su ex el importe que corresponde al % del inmueble que se empezó a pagar en gananciales.

En caso de venderla

Puede darse ese otro escenario de que ambos quieran olvidarse de la casa. Para ello, el propietario:

  • Necesitará consentimiento expreso de la ex pareja
  • Tendrá que abonarle su parte correspondiente ()aquella que estuvo financiada en la hipoteca durante gananciales

Confía en nuestros abogados expertos para liquidar la sociedad de gananciales

¿Tienes más dudas al respecto? Desde nuestro despacho de abogados de Familia estamos especializados en todos estos ámbitos con más de 15 años de experiencia en el sector. Cuando se acaba un matrimonio ya de por sí es bastante duro como para encima perder de tus derechos e incluso vivienda si no cuentas con un buen apoyo legal que te asesore en esos momentos. Confía en Safe Abogados.

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