Aprobada la iniciativa legislativa que presentamos en el congreso de los diputados
| Apariciones en Medios, Separación de Bienes
El Viernes día 7 de Marzo se aprobó la iniciativa legislativa presentada por Safe Abogados.
Ahora toca que el congreso nos de autorización para recoger firmas electrónicas, y empezar la recogida. Esta se hará a través de la web., Si quieres saber en que consiste, aquí tienes el contenido y su acceso a la noticia en internet
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OBJETIVO
El objetivo es:
Que cuando te cases, sin necesidad de:
- Comunicárselo a tu cónyuge
- Sin tener que ir al notario
Te cases en todo el territorio nacional en Separación de bienes, en vez de en gananciales
Y se modifique el artículo 1316, que aparece así
Artículo 1316 A falta de capitulaciones o cuando éstas sean ineficaces, el régimen será el de la sociedad de gananciales.
Por este articulado
Si no existe pacto o si los capítulos matrimoniales son ineficaces, el régimen económico es el de separación de bienes
TITULO
Porque cuando te cases, se haga siempre en separación de bienes y no en bienes gananciales, sin tener que ir al notario y discutirlo con tu pareja.
EXPLICACION
Actualmente en España, salvo las CCAA de Cataluña y Baleares, cuando te casas, se hace siempre directamente en Gananciales, y no en Separación de Bienes.
Esto que significa que si quieres casarte en separación de bienes, tienes que decírselo a tu cónyuge antes de casarte e indicarle-a que te quieres casar en separación de bienes y no en gananciales, y además tienes que ir al notario para hacer capitulaciones matrimoniales.
La importancia es la siguiente de casarse de una forma o de otra es la siguiente: Si yo estoy casado una con una persona, que adquiere deudas, bien porque es empresario y el negocio le ha salido mal, bien porque es ludópata, o tiene cualquier tipo de enfermedad, o bien porque acepta la herencia de su padre que tiene deudas, todas esas deudas no son del que las ha generado, sino del matrimonio, por lo que nos podrían embargar el patrimonio común, la casa, el sueldo de mi pareja etc, pero si hay separación de bienes nada de esto se produce.
A su vez, si yo por ejemplo he heredado un importante patrimonio de mis padres, y tengo esos bienes alquilados, esa renta que generan los inmuebles alquilados, no es mió solo, sino del matrimonio.
Lo que intentamos con esta iniciativa es sobre todo, ayudar a los emprendedores, empresarios, autónomos en definitiva trabajadores por cuenta propia a fin de que si su negocio sale mal, por cualquier causa, dichas deudas del negocio, no afecte a sus matrimonios, y por lo tanto nos les embarguen la casa, la nomina de su pareja etc.
Parece muy sencillo hacer la separación de bienes, antes de casarte, simplemente indicándoselo a tu pareja, pero la realidad es que esto no es así, y para muestra los datos de Castilla y León del año 2008 al año 2012 ha habido 41.973 matrimonios y solo 13.188 tienen separación de bienes, pero esto no nos indica si la separacion de bienes se ha producido antes de casarte o después de casarte
N matrim | N capitu | N matrim | N capitu | N matrim | N capitu | N matrim | N capitu | N matrim | N capitu | ||
AÑO | 2008 | 2008 | 2009 | 2009 | 2010 | 2010 | 2011 | 2011 | 2012 | 2012 | |
Ávila | 596 | 152 | 531 | 144 | 500 | 140 | 470 | 192 | 472 | 172 | |
Burgos | 1365 | 379 | 1245 | 367 | 1287 | 390 | 1146 | 358 | 1202 | 393 | |
León | 1646 | 564 | 1517 | 516 | 1518 | 557 | 1460 | 553 | 1597 | 559 | |
Palencia | 596 | 156 | 525 | 143 | 542 | 179 | 484 | 153 | 559 | 153 | |
Salamanca | 1324 | 350 | 1211 | 316 | 1075 | 349 | 944 | 315 | 1155 | 356 | |
Segovia | 664 | 77 | 566 | 74 | 534 | 92 | 521 | 159 | 484 | 167 | |
Soria | 254 | 152 | 290 | 163 | 273 | 168 | 251 | 87 | 245 | 90 | |
Valladolid | 2342 | 606 | 2147 | 570 | 1999 | 591 | 1927 | 624 | 1997 | 740 | |
Zamora | 551 | 195 | 537 | 199 | 480 | 182 | 465 | 172 | 479 | 174 | |
9338 | 8569 | 8208 | 7668 | 8190 | 41973 | ||||||
TOTAL | 2.631 | 2.492 | 2.648 | 2.613 | 2.804 | 13.188 |
Pues bien, hemos pedido los datos al colegio notarial de Castilla y leon, y los datos son alarmantes:
Los datos son alarmantes, porque en 4 provincias de Castilla y León, hay mas separaciones de bienes, después de casarse que antes de casarse en concreto en Avila, León, Soria y Zamora.
Lo que hay poner en relación con el número de personas autónomas en España:
CAPITALUCIONES MATRIMONIALES EN CASTILLA Y LEÓN | ||||
N matrim | N capitu | Totales 2008 a 2012 | personas fisicas dadas de alta año 2012 | |
AÑO |
2012 |
2012 |
||
Ávila |
472 |
172 |
6.910 |
|
Burgos |
1202 |
393 |
12.873 |
|
León |
1597 |
559 |
18.720 |
|
Palencia |
559 |
153 |
6.292 |
|
Salamanca |
1155 |
356 |
13.002 |
|
Segovia |
484 |
167 |
6.872 |
|
Soria |
245 |
90 |
3.298 |
|
Valladolid |
1997 |
740 |
18.531 |
|
Zamora |
479 |
174 |
7.310 |
|
8190 |
|
41973 |
93.808 |
|
TOTAL |
|
2.804 |
13.188 |
Las razones por las que uno de los miembros de la pareja no se atreve a pedir la separación de bienes es:
1.-Porque como va a empezar el matrimonio diciendo que quiere hacer separación de bienes
2.-Porque hay un desconocimiento total sobre que supone casarse en separación de bienes o gananciales. Derechos y obligaciones
En cambio en Cataluña, cuyo derecho es más moderno, dispone de una ventaja respecto al resto de España. Cuando te casas lo haces directamente en separación de bienes y no en gananciales, que la vista del número de matrimonios que se rompen al año, esta claro que tiene su importancia, pues el matrimonio directamente en separación de bienes:
1.-Ayudaría a que los empresarios, autónomos, trabajadores por cuenta propia, limitasen las deudas de su negocio a ellos mismos y no a su matrimonio.
2.-Ayudaría en caso de divorcio de la pareja a una menor litigiosidad, porque los bienes, ya estarían repartidos al estar casados en separación de bienes.
Numero de divorcios y matrimonios al año | |||||||||||
N matrim | N divorcios | N matrim | N divriocs | N matrim | N divorcios | N matrim | n divorcios | N matrim | N divorcios | totales | |
AÑO |
2008 |
2008 |
2009 |
2009 |
2010 |
2010 |
2011 |
2011 |
2012 |
2012 |
|
Ávila |
596 |
222 |
531 |
241 |
500 |
296 |
470 |
255 |
472 |
288 |
|
Burgos |
1365 |
600 |
1245 |
769 |
1287 |
771 |
1146 |
657 |
1202 |
703 |
|
León |
1646 |
1046 |
1517 |
1124 |
1518 |
1096 |
1460 |
1032 |
1597 |
1079 |
|
Palencia |
596 |
305 |
525 |
348 |
542 |
318 |
484 |
312 |
559 |
333 |
|
Salamanca |
1324 |
617 |
1211 |
647 |
1075 |
663 |
944 |
689 |
1155 |
695 |
|
Segovia |
664 |
228 |
566 |
114 |
534 |
247 |
521 |
309 |
484 |
268 |
|
Soria |
254 |
142 |
290 |
172 |
273 |
161 |
251 |
121 |
245 |
121 |
|
Valladolid |
2342 |
1018 |
2147 |
1224 |
1999 |
1183 |
1927 |
1123 |
1997 |
1277 |
|
Zamora |
551 |
298 |
537 |
328 |
480 |
326 |
465 |
321 |
479 |
328 |
|
9338 |
|
8569 |
|
8208 |
7668 |
8190 |
41.973 |
||||
TOTAL |
|
6.484 |
|
4.967 |
|
5.061 |
|
4.819 |
|
5.092 |
26.432 |
Que dice la ley, pues por un lado tenemos el código civil Español y por otro el código civil de la CCAA de Cataluña:
Índice de Contenidos
Real Decreto de 24 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil mandada publicar en cumplimento de la Ley de 26 de mayo último (Vigente hasta el 22 de Julio de 2014)
APÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1315
El régimen económico del matrimonio será el que los cónyuges estipulen en capitulaciones matrimoniales, sin otras limitaciones que las establecidas en este Código.
Artículo 1316
A falta de capitulaciones o cuando éstas sean ineficaces, el régimen será el de la sociedad de gananciales.
Artículo 1317
La modificación del régimen económico matrimonial realizado durante el matrimonio no perjudicará en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros.
CODIGO CATALAN
Ley 25/2010, de 29 de julio, del libro segundo del Código civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia.
Disposiciones generales
Artículo 231-10 Régimen económico del matrimonio
1. El régimen económico matrimonial es el convenido en capítulos.
2. Si no existe pacto o si los capítulos matrimoniales son ineficaces, el régimen económico es el de separación de bienes.
Así que lo que se pretende es modificar el artículo 1316, que ahora mismo esta así redactado:
“A falta de capitulaciones o cuando éstas sean ineficaces, el régimen será el de la sociedad de gananciales.”
Y que quede redactado de la siguiente forma, que es como lo esta el artículo 231 del código civil catalán:
“Si no existe pacto o si los capítulos matrimoniales son ineficaces, el régimen económico es el de separación de bienes.
OBJETIVO
El objetivo es:
Que cuando te cases, sin necesidad de:
- Comunicárselo a tu cónyuge
- Sin tener que ir al notario
Te cases en todo el territorio nacional en Separación de bienes, en vez de en gananciales
Y se modifique el artículo 1316, que aparece así
Artículo 1316 A falta de capitulaciones o cuando éstas sean ineficaces, el régimen será el de la sociedad de gananciales.
Por este articulado
Si no existe pacto o si los capítulos matrimoniales son ineficaces, el régimen económico es el de separación de bienes.
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