¿Cómo se puede ejecutar una sentencia ante un incumplimiento?
| ejecucion de sentencia, Juridico, Separaciones y divorcios
Muchas veces, uno tiene una sentencia de divorcio en Valladolid o una sentencia de divorcio en general, y ve como el otro incumple la sentencia, constantemente o inmediatamente desde que se dicto la sentencia, y va buscando abogados de divorcios en Valladolid, para solucionarlo, a lo que nosotros le contestamos:
Lo primero de todo es ver su asunto, y ver la fecha de la sentencia y de la firmeza,pero hasta que no pasan 20 dias desde la firmeza de la sentencia no se puede hacer nada, y asi la ley de enjuiciamiento civil, articulos 548 y 549 dicen:
Del despacho de la ejecución
Artículo 548 Plazo de espera de la ejecución de resoluciones procesales o arbitrales o de acuerdos de mediación
No se despachará ejecución de resoluciones procesales o arbitrales o de acuerdos de mediación, dentro de los veinte días posteriores a aquel en que la resolución de condena sea firme, o la resolución de aprobación del convenio o de firma del acuerdo haya sido notificada al ejecutado.
Artículo 548 redactado por el apartado diecinueve de la disposición final tercera de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles («B.O.E.» 7 julio).Vigencia: 27 julio 2012
Artículo 549Demanda ejecutiva. Contenido
- 1.º El título en que se funda el ejecutante
- 2.º La tutela ejecutiva que se pretende, en relación con el título ejecutivo que se aduce, precisando, en su caso, la cantidad que se reclame conforme a lo dispuesto en el artículo 575 de esta Ley
- 3.º Los bienes del ejecutado susceptibles de embargo de los que tuviere conocimiento y, en su caso, si los considera suficientes para el fin de la ejecución.
- 4.º En su caso, las medidas de localización e investigación que interese al amparo del artículo 590 de esta Ley.
- 5.º La persona o personas, con expresión de sus circunstancias identificativas, frente a las que se pretenda el despacho de la ejecución, por aparecer en el título como deudores o por estar sujetos a la ejecución según lo dispuesto en los artículos 538 a 544 de esta Ley.
2. Cuando el título ejecutivo sea una resolución del Secretario judicial o una sentencia o resolución dictada por el Tribunal competente para conocer de la ejecución, la demanda ejecutiva podrá limitarse a la solicitud de que se despache la ejecución, identificando la sentencia o resolución cuya ejecución se pretenda.
Es decir, que hay una seria de pautas a seguir, aunque en este articulo denominado, que puede hacer si mi ex no me paga la pensión te contamos mas., y si quieres ver mas te ajunto otros artículos relacionados
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