Derechos del trabajador en casos de movilidad geográfica
En primer lugar hay que diferenciar dos supuestos comprendidos en lo que se denomina movilidad geográfica:
El traslado y el desplazamiento del trabajador a otro centro de trabajo de distinta localidad y ambos implican un cambio de residencia.
Tanto en los casos de traslado como de desplazamiento, el trabajador tendrá, entre otros, los siguientes derechos:
• A que se le respeten las condiciones salariales.
• A la percepción de los gastos de viaje.
• Al cobro de las dietas correspondientes para atender los gastos de manutención y alojamiento que se devengarán no sólo los días trabajados sino durante el tiempo que dure el desplazamiento.
• A un permiso retribuido de como mínimo 4 días laborables en su domicilio por cada 3 meses de desplazamiento. En este tiempo no se incluirán los días de desplazamiento necesarios siendo de cuenta del empresario los gastos ocasionados.
La actuación del trabajador en los supuestos de movilidad geográfica:
– Desplazamiento: El trabajador deberá acatar la orden de desplazamiento independientemente de que efectúe la impugnación de la misma ante la jurisdicción laboral, para lo que contará con un plazo de 20 días.
Traslado: Ante la orden de traslado el trabajador puede:
• Aceptar la decisión de traslado. En estos supuestos podrá:
o Realizar el traslado
o Optar por la rescisión del contrato de trabajo: En este caso tiene derecho a percibir una indemnización.
• Impugnar la decisión de traslado ante la jurisdicción social por considerar que no concurren causas justificativas, lo que deberá hacer en el plazo máximo de 20 días. Aunque haya impugnado la decisión, el trabajador está obligado a cumplir la orden de traslado, de lo contrario incurrirá en causa de despido disciplinario por desobediencia.
Por todo lo expuesto y debido a la importancia que supone un cambio en el lugar donde se desempeñe el trabajo, lo mejor es acudir a un abogado, en cuanto tengamos conocimiento de ello.
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