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LA CURATELA

General, Juridico Sin Comentarios

La curatela es un cargo de asistencia, complementando la capacidad no plena de una persona. Por tanto, el curador no suple ni representa, ni cuida a la persona con discapacidad, sino que sólo complementa su capacidad en aquellos actos que no puede realizar por sí mismo, es una simple asistencia legal.

En cuanto a las personas sometidas a curatela lo son los menores emancipados cuyos padres han muerto o están incapacitados, los que han obtenido el beneficio de la mayor edad y los pródigos ( declarados incapaces para administrar sus bienes).

Tiene por objeto completar la capacidad de estas personas, por lo que será necesaria la intervención del curador en aquellos actos que los menores o pródigos no pueden realizar por sí mismos según haya dispuesto la sentencia judicial de declaración de incapacidad.

Como en el caso de la tutela, es un cargo renunciable y puede ser retribuido.

La diferencia esencial ente el tutor y el curador es que el tutor representa al tutelado, si bien en la curatela el curador sólo le asiste en determinados actos pero no es su representante.

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