julio 26, 2010
General, Juridico
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En algunas ocasiones la situación de insolvencia puede constituir un delito y como tal perseguida por las Autoridades Judiciales ya que produce una falta de liquidez y solvencia y de este modo no hacer frente a las deudas contraídas.
Estas insolvencias punibles se producen cuando el deudor oculta sus bienes o los hace desaparecer intencionadamente, así como celebrando negocios que afecten a los bienes de los que dispone para de ese modo no tener que hacer frente a las deudas.
Las penas que implica las insolvencias punibles son las de prisión de 1 a 4 años y de 12 a 24 meses de multa.
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julio 16, 2010
General
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Un sueño hecho realidad, España campeona del mundo.
Desde pequeño vi como un deporte que no me gusta especialmetne movia masas, y como el ser español y llevar la bandera de tu país era supuestamente de fachas, que no de patrioticos.
Hoy despues de la victoria de España, todo el mundo sabe donde está España, todo el mundo conoce España, y hay un sentimiento patriótico como nunca antes había visto, ahora llevar la bandera de España es algo normal, que es como debiera haber sido siempre.
No sabes lo feliz que España haya ganado un campeonato del mundo, es lo mas grande que nos podía pasar, ni nuestros padres, ni nuestros abuelos lo habian visto y puede que nuestros hijos no lo vean nunca mas, pero nosotros si, y cantamos el famoso yo soy Español, Español …….
Y lo mejor es que todo esto tendrá repercursión en la economía, pues al conocer mas países España, los despachos que tenemos presencia internacional, nos haremos oir mas, y mas gente nos abrirá sus puertas. y lo mismo a las empresas.
En fin que nunca pense, que algo me pudiese hacer tan feliz, asi que Aupa España, Viva España
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julio 1, 2010
General, Juridico
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Como deberíamos actuar cuando estamos inmersos en un proceso monitorio como demandado. Pues la respuesta a esto es múltiple dependiendo de diversas circunstancias, podemos optar por 3 soluciones:
-No hacer nada, en este caso se nos condenara y se despachara ejecución por las cantidades adeudadas debiendo responder con lo que tengamos.
-También podemos pagar porque aceptamos que las cantidades que nos son reclamadas las debemos efectivamente. Esta es la mejor solución siempre que podamos pagarla, si bien se puede intentar una negociación para facilitar el pago pero siempre con un compromiso de que se va a pagar.
-La tercera opción es oponerse al mismo por entender que o bien no debemos las cantidades que se nos reclaman o que no es esa cantidad la reclamada. Para esta oposición es preceptiva la figura del abogado y del procurador.
En todo caso en cuanto nos llegue un requerimiento en un proceso monitorio lo mas conveniente es acudir a los profesionales de Safe Abogados y de este modo poner la solución mas beneficiosa posible.
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