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Causas para solicitar la extinción de pensión de alimentos en los hijos mayores de edad

| Juridico, Modificación pensión de alimentos, Pension Alimentos, Separaciones y divorcios

Cuando nuestros abogados matrimonialistas deben afrontar la defensa del cliente tras el divorcio, uno de los aspectos que siempre trae consigo mayor preocupación es el devenir económico de sus descendientes, especialmente cuando ya son adolescentes. Pero cuando cumplen los 18 años, has de saber que existen varios motivos para solicitar la extinción de pensión de alimentos de los hijos mayores de edad.

Por ello y para que entiendas mejor las causas, te las vamos a explicar a través de una sentencia de la Audiencia Provincial de Valladolid de 22 de febrero 2020. Así, también veremos qué dicen los tribunales al respecto y te responderemos de forma clara y práctica a las siguientes preguntas:

  • ¿Que condiciones se tienen que dar para que un hijo mayor de edad tenga pensión de alimentos?
  • ¿Qué causas se tienen que dar para que haya lugar a la extinción de la pensión de alimentos?

Vaya por delante que en este artículo solo vamos a tratar las causas para extinción de la pensión de alimentos de los hijos mayores de edad, dejando a un lado cuándo se extingue la pensión alimenticia en los hijos menores de edad.

Índice de Contenidos

Cuándo se paga la pensión alimenticia para hijos mayores de edad

Para responder a esta pregunta, lo mejor es acudir al artículo 93 del Código Civil dice en cuanto al establecimiento por primera vez de la pensión de alimentos:

“El Juez, en todo caso, determinará la contribución de cada progenitor para satisfacer los alimentos y adoptará las medidas convenientes para asegurar la efectividad y acomodación de las prestaciones a las circunstancias económicas y necesidades de los hijos en cada momento.

Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el Juez, en la misma resolución, fijará los alimentos que sean debidos conforme a los artículos 142 y siguientes de este Código.”

Es decir, para saber cuándo se debe pagar la pensión de alimentos a los hijos mayores de edad tenemos que atender a este requisito: se debe pagar cuando el hijo conviva en el domicilio familiar o cuando el hijo mayor carezca de ingresos propios. Al margen de tales requisitos, viene exigiéndose para la aplicación del precitado precepto que los hijos no hayan terminado su formación por causa que no les sea imputable.

Asímismo, te recordamos que ya te hablamos en su momento desde cuándo puedes exigir el abono de la pensión de alimentos, es decir, el momento concreto para que te empiecen a pagarlo.

Causas para la extinguir la pensión de alimentos a los hijos mayores de edad

¿Cuándo se le puede quitar la pensión de alimentos a un hijo? ¿Cómo se extingue la pensión alimenticia para hijos mayores de 18 años? Hay que tener en cuenta que solamente hay una causa para quien está obligado al pago, pero hay varias en cuanto a los motivos que afectan al hijo.

Así, la extinción de la pensión de alimentos de los hijos mayores de edad cesará según indica el artículo 152 del Código Civil por las siguientes causas:

El obligado no puede asumir el pago

Ésta situación afectan a quien tiene que pagar la pensión. Cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiere reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia, en ese momento se dejará de pagar la pensión de alimentos a los hijos mayores de edad. En según que casos, aquí incluso podríamos hablar de la pensión de alimentos mínima en España.

Motivos que afectan al hijo

Situaciones que afectan a quien recibe la pensión, es decir, al hijo. Existen diversas causas para que la pensión alimenticia deje de abonarse al progenitor motivadas por el propio hijo mayor de edad como por ejemplo:

Muerte del alimentalista

Cuando fallece el hijo destinado a recibir dicha pensión alimenticia es el primer motivo por el que se extingue y lógicamente se deja de abonar, al no existir ya la persona y, por lo tanto, la causa o justificación para pagarla hacia quien está destinada.

Ejercer oficio

Cuando el alimentista pueda ejercer un oficio, profesión industria, o haya adquirido un destino o mejorado de fortuna, de suerte que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia. Es decir, se puede valer económicamente por sí mismo y por lo tanto no necesita dicha pensión de alimentos

Falta de aplicación al trabajo

Cuando el alimentista sea descendiente del obligado a dar alimentos, y la necesidad de aquél provenga de mala conducta o de falta de aplicación al trabajo. En este momento también se dejará de pagar la pensión de alimentos en hijos mayores de edad.

Causa de desheredación

Cuando el alimentista, sea o no heredero forzoso, hubiese cometido alguna falta de las que dan lugar a la desheredación.

Falta de relación con el progenitor

Si bien la sentencia del 19 de febrero 2019 Número Sentencia: 104/2019 introdujo una nueva causa no recogida en el artículo 152 que es la falta de relación del hijo con el progenitor.

Es decir que todo es un tema de prueba, de probar que el hijo puede ejercer un oficio, haya acabado sus estudios, no estudia ni trabaja, no hace nada por incorporarse al mundo laboral etc etc.

Ejemplos de sentencias en la extinción del pago de la pensión de alimentos en hijo mayor de edad

Así la sentencia del Tribunal Supremo de 25 octubre 2016. Sentencia número 635/2016 dice:

“Los alimentos a los hijos no se extinguen por la mayoría de edad, sino que la obligación se extiende hasta que los hijos alcancen la suficiencia económica, siempre y cuando la necesidad no haya sido creada por la conducta del propio hijo (sentencia 5 de noviembre 2008), afirmando la sentencia de 12 de julio de 2015, con cita de la de 8 de noviembre de 2012”

Sentencia 439/2020 Audiencia provincial de Valladolid 22 diciembre 2020

Que para entenderlo de manera más practica nos remitimos a una sentencia de la Audiencia provincial de Valladolid de 22 de diciembre 2020. Número Sentencia: 439/2020 que DENEGO la solicitud de extinción de la pensión de alimentos alegando lo siguiente:

“Sea como sea, incluso aunque Roberto no hubiera podido promocionar curso, ello no es causa suficiente para denegar los alimentos. Solo un resultado académico reiteradamente negativo o causado por su absentismo o por la falta de aprovechamiento y estudio por parte del alimentista, lo que no ha quedado debidamente probado en autos, justificaría la extinción de la pensión de alimentos al amparo de lo establecido en el art. 152.5 C.C.

Que tampoco resulta de aplicación el art. 152.4 C.C. (extinción de los alimentos por la posibilidad de ejercer una profesión) como se desprende de la hoja laboral de Roberto y del hecho notorio de la dificultad de acceso al mercado laboral en España que, pese a que ha intentado trabajar, solo lo ha conseguido de forma esporádica y eventual a través de agencias de trabajo temporal, por lo que tampoco puede afirmarse, como se sostiene en la sentencia de instancia, que el alimentista tiene una formación suficiente para acceder al mercado laboral”.

Es decir, entendieron:

  1. Que el progenitor tiene que abonar la pensión de alimentos, pues no ha probado de manera clara que su hijo tiene resultados académicos negativos y no aprovecha los estudios.
  2. Que de la vida laboral del hijo todos los trabajos son esporádicos y temporales.

Y que solo cabría extinguir la pensión de alimentos cuando se pruebe el resultado académico sea negativo por una de estas dos razones:

  • Absentismo.
  • Falta de aprovechamiento.

Por lo que como estás viendo, instar la solicitud de la extinción de la pensión de alimentos de hijos mayores de edad es sencillo, pero que los juzgados lo concedan ya es mucho más complicado.

Cómo conseguir el fin del pago de la pensión de alimentos a hijos mayores

Recuerda que algo de esto te hablamos más en profundidad sobre cómo solicitar la extinción de la pensión de alimentos para hijos mayores de edad. No obstante, aquí te diremos brevemente parte de nuestro procedimiento.

Nosotros solemos solicitar siempre diligencias preliminares previa a interponer demanda de solicitud de extinción de pensión de alimentos, para conseguir documentación que nos ayude a conocer las posibilidades y no hacer incurrir al cliente en costes innecesarios y ver las posibilidades de que la demanda prospere.

Pruebas que ayudan a la extinción de la manutención en hijos mayores de edad

Pero además, en la propia demanda solemos solicitar estas pruebas que tiene que ver con el hijo, para así evitar lo que pasó en el caso anterior:

  • Vida laboral.
  • Contrato de trabajo de la empresa donde trabaje para ver el tipo de contrato.
  • Certificado de la empresa con los ingresos que ha tenido el año anterior y el año en curso.
  • Certificado de la empresa en el que acredite el lugar de residencia a efectos de notificaciones laborales.
  • Matrícula del colegio, instituto o universidad si está estudiando tanto de los 5 años anteriores como del año en curso.
  • Notas del colegio, instituto o universidad tanto de los 5 años anteriores como del año en curso.
  • Certificado de asistencia a clase tanto de los 5 últimos años anteriores, como del año en curso.
  • Certificado de empadronamiento del hijo.
  • Certificado de empadronamiento del progenitor que reciba la pensión de alimentos.
  • Además del interrogatorio el día del juicio del hijo o hija mayor de edad.

Y todo ello lo analizamos de manera pormenorizada y cronológicamente para sacar datos que nos ayuden a conseguir el objetivo final.

Conclusiones

Así las conclusiones que podemos sacar como expertos abogados de familia son:

  1. Diligencias preliminares. Antes de instar la demanda de solicitud de extinción de pensión de alimentos de hijos mayores de edad, hay que interponer diligencias preliminares para conseguir pruebas para el juicio principal.
  2. Demanda. Es esencial volver a solicitar en la demanda principal pruebas no solo actuales, sino de los últimos 5 años para analizar la evolución y ver si la situación actual es algo puntual o reiterado que dé lugar a la extinción de la pensión de alimentos.
  3. Prueba. Todo es una cuestión de prueba, no puede haber lugar a dudas por parte del tribunal.

32 respuestas a “Causas para solicitar la extinción de pensión de alimentos en los hijos mayores de edad”

  1. Sandra dice:

    Buenas tardes,
    Mi pregunta es acerca de las diligencias preliminares donde se piden las , como ser la vida laboral u otras para acreditar que el hijo está trabajando o no. Cuando se interponen esas diligencias preliminares el hijo sabe que están pidiendo información sobre él? o no? o una vez obtenidas esas pruebas se inicia la demanda para que se notifique. No sé si he sido clara.

    • safeabogados dice:

      Hola Sandra, claro que el hijo sabe que sabe que se ha pedido eso sobre el , porque se tiene que demandar al padre y es este el que lo tiene que aportar y este se lo contara al hijo.

  2. Manuel dice:

    Mi hija de 26 años de edad se ha casado, que ¿debo hacer para dejar de pagar la pensión de alimentos?
    Si tengo que solicitar la extinción de pensión de alimentos en el Juzgado ¿Cuánto tarda el procedimiento? y si tarda un año, tengo que seguir pagando la pensión de alimentos o se puede suspender provisionalmente, o cuando se extinga la pensión de alimentos puedo reclamar las cantidades que se han pagado desde que contrajo matrimonio.

    • safeabogados dice:

      Hola Manuel, tienes que interponer demanda de modificacion de medidas con abogado y procurador. Lo que tendrias que hacer es dejar de pagar y solicitar la modificacion de medidas a la vez. Si pagas, luego reclamarlo es mas complicado

  3. Mari dice:

    El hijo de mi marido, es mayor de edad,22 años, ni quiere trabajar, ni estudiar, hace dos años hizo que pagáramos un curso online ,que costó 600 euros, el cuál aún no ha hecho. La custodia, la tenía la madre,pero el hijo ,se ha venido a vivir aquí, pasa más tiempo con nosotros que con la madre.Mi marido sigue pasando la pensión y lo mantenemos aquí…mi pregunta es,qué solución hay?lo estamos pasando mal,más que nada,porque la pensión se la queda la madre ,doble gastos nosotros y el hijo viviendo como un Marques!!

    • safeabogados dice:

      Hola Maria, la respuesta es que teneis que INSTAR VIA JUDICIAL, una demanda de modificación de medidas, comunicando que el hijo vive con vosotros y asi dejar de pagar la pensión de alimentos.

  4. Pedro dice:

    Mi hijo el pasado 31 de mayo se incorporó como médico residente ( aprendiendo especialidad, remunerada) el caso es que me reclama la pensión de alimentos de junio, es lógico que de una parte perciba sus honorarios, y simultáneamente la pensión alimenticia?
    Por otra parte, también reclama los gastos 50% de la obtención del MIR, (año 2021, en ningún momento he sido informado, salvo por la reclamación hoy)

    • safeabogados dice:

      Pedro, tu tienes obligacion de pagar la pensión de alimentos hasta que haya una sentencia que diga que no tienes que pagarlos, lo mejor es que instes una demanda de modificación de medidas para la extinción de la pensión de alimenots en Almeria, pero hasta entonces tienes que abonar la pensión. Le ley es injusta pero es asi.

  5. estrella dice:

    Hola la hija de mi pareja tiene 19 años no trabaja ni tienes estudios. vive con su madre y su abuelo y mi pregunta es si lleva 4 años sin trabajar y sin estudiar. Mi pareja le pasa una pension de 400 euros al mes no sabe nada de ella y no se hablan desde hace 6 años lo unico que le pone un wappsa para que le pase la pension. Mi pareja prodria hacer algo?

    • safeabogados dice:

      Si claro, a traves de un abogado y un procurador, interponer una demanda de modificación de medidas para extinguir la pensión de alimentos por falta de relacion entre padre e hijo. En nuestra web tenemos escrito un articulo sobre este tema

  6. Juan Perdomo dice:

    Buenos días. Paso una pensión de alimentos a mis dos hijos (que controla mi ex). Los tres se van a otro país con mejores perspectivas laborales. Cuando encuentren trabajo y presente en un juzgado la demanda de extinción de la pensión, qué diferencias tendrá el procedimiento judicial con respecto al caso en que los hijos vivieran en España como hasta ahora? ¿Les harán venir a declarar a España? Gracias por su ayuda.

  7. Maribel dice:

    Mi hijo ya tiene los 18 años y sin consultarme ni el ni el padre va a cursar 1º de universidad privada a lo que ahora se me reclama el 50%, la cuestión es que tengo mensajes de mi hijo en los que me dice que aunque seamos familiares quiere cortar cualquier tipo de relación y que no lo moleste más. lleva más de dos años que no me habla, y el mayor de 23 ya trabaja y lo mismo.
    Sería viable una extinción de pensión alimenticia?
    Muchas gracias

    • safeabogados dice:

      Maribel, lo que tenias que haber hecho en cuanto te enteraste que tu hijo estudia en una universidad privada es mandarle un burofax al padre negandote al pago

      Por otro lado si tu hijo es mayor de 18 años y no te habla por causas imputables a el, lo que deberias hacer es inteproner una demanda de modificacion de medidas solicitando la extinción de pensión de alimentos por falta de relacion entre el padre y el hijo,.

  8. Rocío dice:

    Buenas tardes, en el convenio de divorcio acordamos que mi ex abonara la pensión de alimentos directamente a mi hijo, mayor de edad, hace unos meses dejó de abonarlo. Mi hijo vive conmigo, es dependiente económicamente, está realizando un máster, mantiene relación con su padre (que sigue trabajando con un salario neto superior a 3500 euros, yo estoy jubilada), es hijo único de ambos progenitores. La pregunta es si puede poner la demanda la madre??
    Saludos

  9. Hola! Es posible que el progenitor deje simplemente de pagar la pensión? Sin comunicación por su parte o por la del juzgado?
    Soy hija, independiente económicamente y por ello le propuse a mi padre que dejara de pagarla, me dijo que no. Pero un mes simplemente la pensión no llego, ni al siguiente, ni al siguiente. Que yo sepa no ha podido obtener ninguna información de las que indicáis en el artículo (vida laboral, contrato de trabajo, etc), porque a mí no se me ha solicitado dicha información ni comunicado que se obtendría, ni comunicado el fin del pago de la pensión.
    Es posible que al pasar él del régimen de funcionario en activo a funcionario jubilado haya habido alguna traba en lo que respecta al pago de pensiones?
    Gracias,
    Un saludo.

  10. Javier dice:

    Mi hija tiene 23 años y vive con su madre. Estamos pagando una academia porque prepara una oposición y todavía no ha salido la convocatoria. Ha empezado a trabajar en un restaurante de 8 a 15:30h. La relación es mínima, no tiene ningún interés. Sólo me contacta para pedirme dinero cuando hay que pagar algo como la academia..
    ¿Es viable pedir la modificación de medidas para eliminar la pensión?
    Me gustaría saber si es lo justo para actuar teniendo mi conciencia tranquila

    • safeabogados dice:

      Javier, habria que estudiar el asunto en profundidad y ver si realmente esta trabajando y cuantas horas, que sueldo percibe y desde cuando, y por otro lado habria que ver toda la documentación de la oposición para ver desde cuando oposita y si ha hecho ya examenes o no. El asunto es muy complicado pero no imposible.

  11. Marta dice:

    Hola. Ante todo muchas gracias.
    Tengo una cuestión que plantear con respecto a la pensión de alimentos. Tengo 35, estoy casada, trabajo y tengo 2 hijas. Recibo una pensión de alimentos de 100€ de mi padre del cual no tengo información ninguna, solo sé que está jubilado desde hace años. Cuando terminé mis estudios y empecé a trabajar fui al juzgado (en otra comunidad autónoma) y pedí dejar de recibir la pensión pues me daba miedo que me lo hicieran devolver luego. Me dijeron que ese procedimiento no me correspondía a mi como perceptora de la pensión sino a mi padre, que si no interponía ningún recurso no me preocupara o que si yo quería tendría que contratar un abogado. Como comentaba no tengo contacto ninguno con mi padre, sé que vive en Tenerife pero no sé dónde, no tengo forma de decirle que me deje de pasar los 100€ porque francamente me sienta mal recibir dinero de mi padre del cual no sé nada. No sé qué hacer con esta situación porque también me da miedo que me reclamen todos los años que la he percibido mientras trabajaba. Muchas gracias

    • safeabogados dice:

      HOla Marta, metelo en una cuenta corriente por si te lo piden o solicita la extinción de la pensión de alimentos por si hija mayor de edad.

  12. María dice:

    Hola soy madre divorciada y mis 2 hijos mayores se fueron al.ser mayores de edad, por lo que desde entonces mi ex marido siguió dando a mi hijos la pensión de alimentos a ellos directamente y ahora mi otro hijo vive conmigo y también seguramente se irá y le dará a cada hijo 1200€ hasta que se vean mejor económicamente. Puede mi ex dárselo a mis hijos directamente ? No ha habido ningún cambio de medidas ante un juez solo un acuerdo unilateral por parte de mi ex . Gracias

  13. Anna dice:

    Hola. Mi ex ha puesto una demanda para modificación de medidas definitivas por falta de contacto con él. La sentencia de divorcio dictada por el juzgado de violencia de género. Somos víctimas de VG. Hay posibilidades de que la demanda prospere? Es un chico de 27 años.

    • safeabogados dice:

      Hola Anna, entiendo que la victima eres tu y no el hijo. Habria que ver dicho esto, si la falta de relacion es por causas imputables al padre o al hijo, ahi es donde radico el exito o no de la demanda. Te aconsejo que buscques un abogado de familia.

  14. Javier dice:

    Hola, mi hija tiene 23 años y esta trabajando, debo de dejar de pasarle la pesiónn de alimentos , otra cuestión si hiciese declaración de rentas debería declara esa pensión en su declaración

    • safeabogados dice:

      HOla Javier, para dejar de pagar la pension, tienes que acudir al jzugado con abogado y procurador y presentar una demanda de modificacion de medidas, y hasta que no haya sentencia no puedes dejar de pagarla, ya que de hacerlo estas incurriendo en un delito.

  15. Rafaela dice:

    Hola, tengo una hija de 19 años que me ha estado maltratando psicologícamente durante 5 años, tengo informes de psicólogos que lo demuestran, al final la he tenido que mandar con el padre pero este quiere que le pase la pensión de alimentos, mi hija trabaja a tiempo parcial , cobrará unos 800 euros mensuales aprox, podría solicitar la extinción de alimentos?

  16. Luis dice:

    Hola. Mi hija mayor de edad (21 años) tiene un trabajo con contrato indefinido con salario por encima del SMI. Trabaja en empresa privada. Vive con su madre y aún no está emancipada. Voy a solicitar extinción de manutención pero mi duda es si dentro de 6 meses, 1 año, 2 años, se queda sin trabajo por despido, etc, y sigue viviendo con su madre ¿debo de volver a pasar la manutención? Gracias.

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