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Me han embargado, ¿qué bienes son embargables? Y del sueldo, ¿cuánto me pueden embargar?

| Bancario, Juridico

En época de crisis muchas personas, se encuentran en situaciones de embargo por parte de los bancos, sin saber qué hacer ni cómo hacerlo, qué bienes son embargables y cuáles no. Obviamente hay una serie de bienes que no son embargables, y que detallaremos a continuación.

La Ley marca como bienes inembargables:

  • El mobiliario y el menaje de la casa.
  • Los libros e instrumentos necesarios para el ejercicio de la profesión.
  • Los bienes sacros y dedicados al culto de las religiones.
  • Las cantidades expresamente declaradas inembargables por la Ley: los salarios, sueldos, retribuciones o pensiones, son inembargables pero si son superiores al salario mínimo interprofesional se embargará conforme a una escala, que en el caso de los sueldo españoles, si por ejemplo ganas 1200€ te embargarán el 30% de lo que excede a 595€ (salario mínimo interprofesional).

Lo que es importante a tener en cuenta, es que si el ejecutado es beneficiario de más de una percepción, se acumularán todas ellas, para deducir un sola vez la parete inembargable, y que en atención a las cargas del ejecutado, el tribunal podrá aplicar una rebaja de entre un 10 a 15 por ciento.

Aunque lo mejor acudir a un abogado, para que nos asesore sobre nuestra situación, pues cada caso es particular e independiente.

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2 respuestas a “Me han embargado, ¿qué bienes son embargables? Y del sueldo, ¿cuánto me pueden embargar?”

  1. virginia dice:

    Estoya punto de recibir una herencia por parte de tia carnal, de unos 15.000e, y hace tiempo deje de pagar un prestamo que ascendia a 36.000e, de los cuales se pagaron cuotas los dos primeros años, siendo imposible continuar con los pagos por falta de ingresos. cuanto podrian embargar de esa herencia? Gracias.

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