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Gastos extraordinarios sin consentimiento

| Gastos Extraordinarios, Separaciones y divorcios

Uno de los mayores problemas que plantea la separación de los cónyuges cuando hay hijos en común es el hecho de hacer frente a los gastos extraordinarios sin consentimiento de los hijos. No es de extrañar, y como abogados de divorcio hemos visto muchos casos, que pueda haber discrepancias en aquellos casos en los que no están incluidos los gastos en la pensión de alimentos.

gastos extraordinarios sin consentimiento

En este sentido, es importante conocer qué sucede cuando uno de los progenitores no da su consentimiento a un determinado gasto extraordinario.

Gastos extraordinarios de los hijos cuando no hay consentimiento de uno de los cónyuges

En lo que respecta a los gastos extraordinarios de los hijos, ya te explicamos que su principal problema es que se trata de que son no previsibles, no periódicos.

Además, precisamente sabrás que hay diversos criterios en función de las Audiencias que revisen cada caso con respecto a qué clase es exactamente un gasto extraordinario. Pero, en términos de gastos extraordinarios sin consentimiento, sí que podemos asentar unas bases.

Gastos necesarios y no necesarios

Es importantísimo diferenciar cuáles son los gastos necesarios y los no necesarios. Aunque más bien, y sobre todo en caso de los gastos extraordinarios, se debe hablar de gastos convenientes, imprevisibles y periódicos. Esto resulta evidente porque realmente, si no son necesarios, como mínimo deben ser relevantes o beneficiosos para el desarrollo del menor. Pero de esto ya te hablamos de forma clara sobre cómo se determina si un gasto es extraordinario o no, el cual te recomendamos que repases si quieres profundizar sobre este tema.

De todas formas, como te hemos apuntado, los gastos extraordinarios no pueden asentarse previamente dado su carácter no previsible y, además, según qué casos, puede que se trate de algo que no puede esperar y se tiene que llevar a cabo. De ahí que uno de los progenitores decida llevarlo a cabo aun cuando no tenga expresamente la autorización del otro. Obviamente, dependerá de si hablamos de una operación médica (imprescindible), una ortodoncia (necesario y no urgente) o un viaje de fin de curso (conveniente).

Gastos extraordinarios no necesarios: jurisprudencia si no hay acuerdo

Entendamos como no necesarios aquellos que sí son positivos para el menor. Y el problema no solo reside en cómo se pagan los gastos extraordinarios, sino en la consideración del otro cónyuge sobre si ese gasto es necesario o no (y por tanto se niegue a pagarlo). En este sentido, si el otro cónyuge se niega al abono, será un Juez quien determinará la naturaleza del gasto y, además, si verdaderamente es necesario.

Para ahorrar tiempo, se suele recomendar el mutuo acuerdo para evitar vía judicial, pero en ocasiones no queda más remedio.

Reclamación de gasto extraordinario sin consentimiento

En este caso deberás reclamar el pago al otro progenitor, y sí: tienes y debes hacerlo, tal y como se especifica en el artículo 776.4 de la LEC (Ley Enjuiciamiento Civil).

«Cuando deban ser objeto de ejecución forzosa gastos extraordinarios, no expresamente previstos en las medidas definitivas o provisionales, deberá solicitarse previamente al despacho de ejecución la declaración de que la cantidad reclamada tiene la consideración de gasto extraordinario. Del escrito solicitando la declaración de gasto extraordinario se dará vista a la contraria y, en caso de oposición dentro de los cinco días siguientes, el Tribunal convocará a las partes a una vista que se sustanciará con arreglo a lo dispuesto en los artículos 440 y siguientes y que resolverá mediante auto.»

Puedes seguir determinados pasos, pero es importante que nos consultes en todo este delicado proceso. Aunque lo mejor sea un acuerdo, no debes perder tus derechos. En estos casos el proceso es claro:

  • Solicitar al Juez que determine que el gasto es extraordinario y trasladar el escrito al otro progenitor.
  • Tendrá 5 días para oponerse o aceptarlo.
  • Si se opone, ambas partes tendrán una vista con el Juez, quien determinará la decisión sobre ese gasto.
  • En caso de ser gasto extraordinario, podrás exigir ese pago mediante un procedimiento denominado de ejecución de sentencia.

Diferencia entre comunicación y consentimiento en los gastos extraordinarios

Existe otro aspecto importante (y muchas veces dado a confusión) entre comunicar un determinado gasto extraordinario y que verdaderamente de su consentimiento expreso el otro progenitor. No es lo mismo comunicar un gasto que contar con la aceptación expresa del otro cónyuge, aunque siempre recomendamos comunicarlo previamente.

Si el gasto extraordinario no está recogido en el Convenio Regulador o sentencia, se necesita el consentimiento expreso de ambos progenitores, siendo insuficiente la mera comunicación. Básicamente, porque además puedes perder de tus derechos: no lo podrías reclamar ni demostrar que, efectivamente, has abonado lo que te corresponde.

Ahora bien: revisa si en la sentencia se da por hecho que la comunicación es suficiente si no expresa lo contrario en un plazo determinado. En cualquier caso, es importante que diferencies ambos conceptos porque no son lo mismo y puede ser fuente de problemas.

Confía en nuestros abogados de familia para estas cuestiones sobre los gastos extraordinarios

Como ves, los gastos extraordinarios sin consentimiento también pueden ser suponer un importante quebradero de cabeza para los ex cónyuges. Antes estos casos confía en nuestros abogados de Derecho de Familia y así no tendrás de nada de lo que preocuparte.

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