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Qué pasa si mi expareja no quiere vacunar a mi hijo

| Separaciones y divorcios

Con motivo de la pandemia por COVID y llegado el momento de la campaña de vacunación a menores, no son pocas las parejas separadas que acuden a nuestro despacho de abogados de divorcio en Valladolid a plantearnos una importante cuestión: qué pasa si mi expareja no quiere vacunar a mi hijo. Y es un asunto en el que conviene aclarar unos cuantos aspectos.

Como norma general, ten en cuenta que el conflicto siempre llegará cuando ambos progenitores no se pongan de acuerdo en si su hijo debe o no recibir la vacuna. Y todo esto teniendo en cuenta que el descendiente sea menor de 16 años. Veamos más claramente los distintos supuestos que nos podemos encontrar.

Qué sucede si un progenitor no quiere vacunar al menor

Como hemos indicado, y debido a las campañas de vacunación que ya se llevan a cabo en muchos lugares para niños en edad de recibirla (a partir de los 12 años), muchos padres separados (e incluso los casados) tienen esta gran duda con respecto a su hijo. Una cuestión complicada si no se alcanza un acuerdo en común.

Basta decir como idea principal que no importa tanto quién tenga la guarda y custodia de los hijos, en caso de que sea exclusiva, como quien posea la patria potestad, que es donde realmente reside la clave de la decisión. Esta cuestión es la fundamental, sin importar con quién pasan más tiempo los niños ni donde o con quién viven de forma habitual. Además, como previamente hemos indicado, todo esto influye solo en el caso de que hablemos de un menor de 16 años.

No obstante, vamos a plantear los distintos escenarios que pueden darse entre los progenitores y la vacunación de su hijo.

Si ambos están de acuerdo en que reciba la dosis

En este caso no habrá problema, ya que tal y como indica el Código Civil en su artículo 156 sobre la Jurisdicción Voluntaria, se ejercerá la patria potestad por ambos progenitores y si no se alcanza un acuerdo será el Juez quien determine a quien le corresponde la decisión final. En este caso, si ambos alcanzan un acuerdo en que el hijo sea vacunado no habrá ninguna duda y así se podrá hacer efectivo. Eso sí, necesita en efecto que ambos lo deseen para que se pueda realizar.

Si ninguno de los padres quiere que su hijo reciba la vacuna

Este supuesto tampoco admite muchas dudas. Si ambos progenitores no desean la vacunación de su hijo, directamente no se le vacunará. Aquí también se debe a que han alcanzado un acuerdo en común, que en este caso es la negativa a que reciban la dosis. Otro asunto diferente es que diera la casualidad de que el menor cumpliera los 16 años, en cuyo caso ya tendría capacidad legal para decidir. En esta situación no importaría en absoluto el deseo de los padres, puesto que la ley recoge que en estos casos siempre va a prevalecer lo que dijera el hijo.

Si solo uno de los progenitores desea vacunar a su hijo y el otro se opone

Y aquí es donde empieza ya el lío, por lo que ante estos casos es clave contar con un buen abogado de familia que pueda asesorar en este proceso. De todas formas, en Safe Abogados queremos dejar unas cuantas cosas claras.

Si ambos poseen la patria potestad del menor, basta con que uno solo de los progenitores no quiera vacunar al hijo para que no pueda ser vacunado. Esto tiene un motivo muy concreto y es que legalmente sería una decisión que iría en contra de quienes son los responsables directos del menor. Para que se pudiera vacunar se debería alcanzar previamente un acuerdo entre ambos mediante el diálogo.

Pudiera suceder que uno de ellos deseara vacunar a su hijo y el otro progenitor no expresase tácitamente su negativa. En ese caso también podría acudir con el menor a recibir su respectiva dosis.

En cualquiera de los casos, como puedes apreciar, siempre va a depender de si tiene patria potestad solo uno. Recuerda que hay casos en las que es posible que no todos los progenitores la tengan, tal y como te explicamos cuándo se puede perder la patria potestad. Fundamentalmente, se pierde judicialmente, aunque si quieres saber más al respecto te recomendamos esta interesante lectura.

Por tanto, solamente en esos casos en los que la patria potestad sea de un progenitor podrá decidir unilateralmente que hacer con respecto al descendiente. Si la tienen ambos y no se alcanza un acuerdo, ni siquiera mediante el diálogo, se deberá abordar por vía judicial.

Solución 1: procedimiento jurisdicción voluntaria

Esta primera medida, recogida en el artículo 86 de la Ley 15/2015 del 2 de julio, ya contempla qué sucede si los progenitores no alcanzan acuerdo en aspectos fundamentales del menor entre los que, obviamente, se encuentra la vacunación: acudir a un juez mediante un procedimiento de jurisdicción voluntaria.

El progenitor que desea vacunar al menor debe presentar un escrito exponiendo que así lo desea y que su expareja se opone y requiere de una autorización judicial. Obviamente, la otra parte también podrá exponer los motivos de negación ante esta situación.

Esta vía tiene una ventaja extraordinaria que es el desbloqueo de la situación de forma inequívoca pero también posee un grave inconveniente: se podría demorar en demasía con respecto a un asunto de relativa urgencia como es la salud de su hijo.

Solución 2: procedimiento de medidas urgentes (excepcional)

Ojo, porque esta vía solamente está reservada para casos totalmente excepcionales y de hecho no es muy recurrente, pero puede llegar a suceder. Si verdaderamente se puede llegar a demostrar que existe un grave riesgo para el menor y forma parte de un riesgo de salud pública, incluso con la negativa de sus padres, se llegaría a su vacunación.

Hablamos, insistimos, de casos muy excepcionales. Para que este procedimiento salga adelante además debe haber alegaciones y pruebas que así lo acrediten, pero, en ese caso, también será un Juez el que determine que se debe proceder a su vacunación.

Qué sucede si un progenitor vacuna a su hijo sin el consentimiento del otro

En caso de que uno de ellos lo vacune con la firme oposición del otro se puede enfrentar a determinadas consecuencias. Su ex pareja, con procedimiento de jurisdicción voluntaria mediante, puede alegar que se está ejerciendo de forma inadecuada la patria potestad y, por lo tanto, plantear determinados inconvenientes.

Más allá del juicio, quien haya decidido vacunar al menor de forma unilateral sin el consentimiento del otro se podría enfrentar a 3 severas consecuencias:

  • Pérdida de patria potestad
  • Cambio de guarda y custodia
  • No vacunar con una segunda dosis

Puede un juez decidir la vacunación de un menor

Como hemos comentado anteriormente, no solo puede, sino que así debe hacerlo en determinados casos. Hablamos sobre todo en aquellos que supongan un procedimiento de medidas urgentes cuando el menor corra un grave peligro real y probado en el que sea imprescindible que realice el proceso de vacunación.

Pero también será la figura del Juez la que decida en todos aquellos casos en los que los progenitores no hayan conseguido alcanzar un acuerdo. Cuando opten por la mediación tendrá que ser el Juez quien dictamine si se vacuna o no al menor siempre en función de su mayor bienestar y beneficio.

Resuelve tus dudas con nuestros abogados de Derecho de Familia

Ahora que ya conoces qué pasa si la ex pareja no quiere vacunar al hijo no lo dudes más y déjate asesorar por especialistas en Derecho de Familia. Es un tema que no debes dejarlo pasar ya que estamos hablando de la salud de los hijos. Ponte ya en contacto con nosotros.

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