Pensión compensatoria. Extinción por recibir una Herencia
| Herencias, Juridico, Pension compensatoria, Separaciones y divorcios
La pensión compensatoria, lo que pretende es compensar el desequilibrio económico que se produce cuando se rompe un matrimonio en ese mismo momento.
Es decir, que si u no cobra 2.000€ al mes de nomina y el otro no ha trabajado, obviamente hay un desequilibrio, pero que es lo que pasa si esta persona que no ha trabajado nunca, recibe una herencia antes de divorciarse, durante el divorcio o después de divorciarse.
Esta sentencia de 14 de Marzo de 2014 del Tribunal Supremo, lo establece y dice
Se declara como doctrina jurisprudencial en la interpretación de los artículos 100 y 101 del Código Civil que el hecho de recibir una herencia es una circunstancia en principio no previsible, sino sobrevenida, susceptible de incidir favorablemente en la situación económica del beneficiario o acreedor de la pensión y como tal determinante de su modificación o extinción.
Por lo que si el ex cónyuge recibe una herencia después de divorciarse, puede dar lugar a una extinción o modificación de la pensión compensatoria, eso si, siempre habrá que ir a un juzgado para pedir esa extinción con abogado y procurador, y hasta que un juez no lo diga, no se puede dejar de pagar.
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