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Por qué se deben hacer las capitulaciones matrimoniales

| Acuerdos prematrimoniales, Acuerdos prematrimoniales, Separaciones y divorcios

Las capitulaciones matrimoniales son un aspecto fundamental cuando acuden a nuestro abogado para divorcios y es que, aunque normalmente quienes contraen matrimonio pretenden hacerlo para toda la vida, la realidad es otra muy diferente. Por eso siempre recomendamos que se deje todo lo más claro posible en cuanto a bienes entre los cónyuges, porque nunca se sabe lo que puede suceder.

Sirva para ello un claro dato estadístico. Según el INE (Instituto Nacional de Estadística), en el año 2021 se produjeron 148.588 matrimonios… ¡y 86,851 divorcios! Es decir, cada año se divorcian más del 60% de personas de las que se casan. Algo que no resulta anecdótico, pues esta tendencia se viene observando de forma similar con el paso del tiempo. Por ello, nuestro mejor consejo es establecer adecuadamente las relaciones económicas de la pareja.

Qué son las capitulaciones matrimoniales

Las capitulaciones matrimoniales son unos acuerdos fijados en un documento por parte de la pareja que establece cómo van a ser sus relaciones económicas durante el matrimonio. Para ser más exactos, el art. 1325 CC establece claramente su utilidad:

“En capitulaciones matrimoniales podrán los otorgantes estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo”

Es importante destacar que no es necesario que sean acuerdos prematrimoniales porque pueden pactarse incluso después de celebrado el matrimonio. No obstante, conviene no demorar mucho este hecho.

Uno de los consejos que siempre damos desde nuestro despacho de abogados de familia es el siguiente: siempre es mejor fijar las condiciones cuando la pareja acaba de celebrar la unión. De esa forma será todo más sencillo de pactar.

En definitiva, contar con estos acuerdos en la relación matrimonial favorece la libre disposición de los bienes sin la concurrencia y control del otro cónyuge; en caso de ruptura, acordar todos los términos espinosos y que derivan en largas disputas jurídicas hace más fácil el proceso; además, si una de las partes recibe una donación o herencia, o tiene deudas, la otra parte no participa de ello. 

Requisitos para las capitulaciones matrimoniales

¿Cuáles son los requisitos para poder firmar las capitulaciones matrimoniales? En este sentido, la legislación establece dos hitos de obligado cumplimiento a fin de que sea válido en caso de separación o divorcio, y un tercero para protegerse de terceros actores que pueden perjudicar a la pareja o a alguno de sus componentes.

  • Debe existir acuerdo mutuo de la pareja: la legislación protege a cada uno de los cónyuges de la posibilidad de que la otra parte modifique de forma unilateral y sin el conocimiento y consentimiento del otro, los acuerdos firmados. 
  • Es indispensable que se otorgue escritura pública ante Notario: de no ser así se considerarán nulas y sin valor jurídico. El notario es la garantía de que lo firmado no es contrario a la ley. 
  • La inscripción den el Registro Civil es una medida de prevención frente y para terceros. Si no se inscriben, y existe una tercera parte (expareja, por ejemplo), puede existir perjuicio para él. 

Además de estas consideraciones, se ha de tener en cuenta que en función de a quién afectan se inscribirán en un registro u otro. Así, el Registro Civil recoge todas las capitulaciones matrimoniales firmadas; si el acuerdo afecta a bienes inmuebles, se inscribirán en el Registro de la Propiedad, y si las capitulaciones afectan a una empresa familiar, en el Registro Mercantil. 

Dada la complejidad de casuísticas que pueden darse en una pareja, es conveniente asesorarse con abogados especializados en capitulaciones matrimoniales

Plazo para inscribir capitulaciones matrimoniales en el registro civil

No existe un plazo determinado, ya que simplemente la escritura de capitulaciones matrimoniales han de otorgarse ante notario y pueden modificarse cuantas veces desee la pareja. 

Solamente es requisito indispensable que ambos cónyuges estén de acuerdo en ello.

¿Cuándo se pueden firmar?

Como hemos señalado, y de acuerdo con el Artículo 1326 del Código Civil“podrán otorgarse antes o después de celebrado el matrimonio.”. Esto implica que la firma de las capitulaciones matrimoniales no tienen por qué hacerse previo al matrimonio para que tenga validez jurídica si se afronta un proceso de divorcio. 

Ahora bien, si se firman como acuerdo prematrimonial, el matrimonio debe formalizarse en un año como máximo. Solo entra en vigor una vez la pareja ha contraído matrimonio, no desde el momento de la firma de las capitulaciones matrimoniales ante notario. 

Una vez celebrada la unión civil, se pueden modificar cuantas veces acuerden los concurrentes, previo abono, eso sí, del pago de la nueva escritura, que suele costar en torno a los 60 €. 

Dónde se tramitan las capitulaciones matrimoniales

Se deben presentar capitulaciones matrimoniales en el Registro Civil. Para ello, las personas interesadas debe ser mayores de edad o ser menores emancipados mayores de 16 años. 

Los menores no emancipados, tras la reforma de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, menores de 16 años no pueden casarse ni firmar capitulaciones matrimoniales.

En el caso de las personas con discapacidad, se requiere la presencia de los padres o tutores legales para poder otorgar capitulaciones matrimoniales. 

¿Qué ocurre si no hay acuerdos matrimoniales válidos?

Casarse por capitulaciones, como hemos visto, aporta innumerables ventajas. Sin embargo, no todas las parejas optan por esta vía para ordenar cómo serán sus relaciones económicas como unidad familiar o cómo hacer una transición en caso de ruptura que sea lo menos lastimosa para todas las partes (con especial interés en el caso de un divorcio con hijos).

En el caso de que los contrayentes opten por no firmar dichos acuerdos, en la mayoría de las comunidades autónomas en España como en Castilla y León se aplica por defecto el régimen de gananciales (art. 1316 del Código Civil). 

Otras regiones como Cataluña o Baleares estipulan en su legislación que el régimen que prevalecerá en caso de la no existencia de capitulaciones matrimoniales en el momento de celebrarse el matrimonio será el de separación de bienes.  

No todos los acuerdos prematrimoniales son válidos. Se pueden anular las capitulaciones si contravienen la ley o si se han formalizado mediante coacción, intimidación o engaño premeditado. 

Si las capitulaciones resultan evidentemente perjudiciales para una de las partes, se puede conseguir la declaración de nulidad en el plazo de 4 años. Transcurrido este tiempo, la jurisprudencia entiende como validados los acuerdos. Si te encuentras en esta situación, consulta a un especialista en Derecho matrimonial.

Aspectos que se abordan en las capitulaciones matrimoniales

Las capitulares matrimoniales van mucho más allá que el mero acuerdo sobre el tipo de régimen económico que regirá el matrimonio. En esta área, los regímenes gananciales y el de separación de bienes son los mayoritarios en España. 

La existencia de capitulaciones matrimoniales favorece la posibilidad a los contrayentes de cambiar su régimen matrimonial en cualquier momento, siempre con el acuerdo de la otra parte. 

Otras cuestiones de pareja habituales en los acuerdos prematrimoniales

Además de las cuestiones económicas del matrimonio (separación de bienes, bienes gananciales o régimen de participación), también se pueden incluir aspectos como:

  • Normas de convivencia: dónde se residirá mientras exista unidad familiar, qué ocurrirá en caso de que exista una infidelidad, etc. 
  • Cómo afrontar un proceso de separación o divorcio: cada vez es más habitual prefijar antes de celebrar el matrimonio o una vez celebrado, cómo será la custodia de los hijos, cuáles serán las cargas y gastos que afrontará cada uno, el régimen de visitas, o la pensión compensatoria entre otros aspectos críticos cuando hay hijos menores. 
  • Pactos de liquidación: cómo se repartirán los bienes en común en caso de ruptura.
  • Fijar qué bienes son gananciales y cuáles privativos: por ejemplo, si uno de los cónyuges tiene varias fuentes de ingresos y quiere desligar una de ellas del régimen general del matrimonio.

Cuánto cuesta tramitar los acuerdos prematrimoniales en España

Por último, un tema de gran interés para los ciudadanos: ¿cuánto cuestan las capitulaciones matrimoniales? Además del asesoramiento de un abogado matrimonialista, hay contar con que la escritura pública tiene un coste de 60 € de media en España. Coste que además se mantiene con cada modificación que se introduce. 

Si quieres saber más sobre estos temas mira nuestros vídeos pinchando aquí

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