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El régimen de visitas de los hijos en los divorcios

| Regimen de Visitas, Separaciones y divorcios

En nuestro despacho de abogados de divorcio estamos muy acostumbrados a consultas habituales sobre el tema de acuerdo que más preocupa a ambos cónyuges: los hijos. Por eso, cuando se toma la decisión de divorciarse, lo que mas importa son sus descendientes, y esto se refleja en dos aspectos: la guarda y custodia y el régimen de visita de los hijos. O lo que es lo mismo, cómo y cuándo el progenitor no custodio va a poder y estar con sus hijos.

En este artículo y video que le acompaña trataremos temas como:

  • ¿Cómo se determina el régimen de visitas?
  • ¿Qué visitas se suelen regular?
  • ¿Cómo se establece el lugar y la hora de recogida y entrega de los niños?

Quién determina el régimen de visitas

El régimen de visitas se determina en la sentencia o en el convenio regulador:

  1. Si la separación o divorcio es de mutuo acuerdo son los progenitores quienes establecen el régimen de visitas.
  2. Si el divorcio o la separación es contenciosoes el juez en sentencia quien determina el régimen de visitas apoyándose en el informe psicosocial.

Factores que influyen en el tipo de régimen de visitas

¿De qué depende que haya un régimen de visitas u otro? Dependerá de si tenéis guarda y custodia exclusiva a favor de uno de los progenitores o guarda y custodia compartida.

Pero además el juez tendrá en cuenta:

  • Edad de los hijos.
  • Horario laboral de los progenitores.
  • Lugar de residencia de los progenitores.
  • Posibilidades económicas de los progenitores.
  • Informe psicosocial.

Tipos de visitas de los progenitores a sus hijos en Convenio Regulador tras el divorcio

¿Qué visitas se suelen regular en una sentencia o Convenio Regulador? Si la guarda y custodia es exclusiva a favor de uno de los progenitores, las visitas que se suelen regular son:

  • Fines de semana
  • Días de diario
  • Semana santa
  • Verano
  • Navidad
  • Día del padre
  • Día de la madre
  • Cumpleaños de los menores
  • Día de reyes

Si la guarda y custodia es compartida, las visitas que se suelen regular son las mismas descritas anteriormente, teniendo también en cuenta los tipos de custodia compartida que existan, y exceptuando los fines de semana.

Entrega y recogida de los niños

En el caso del régimen de visitas de los hijos tras el divorcio, es muy importante tener claro lugar y momento donde ambos progenitores van a poder reunirse con los niños.

Cómo se fija la hora de entrega y recogida de los niños

Se pueden distinguir dos maneras

  • Si hay un convenio regulador porque la separación o divorcio es de mutuo acuerdo, es lo que las partes hayan fijado.
  • Si en cambio el procedimiento es contencioso, el juez fijará la hora de entrega y recogida en función de la edad de los niños y del día a que se corresponda y por supuesto de lo que las partes hayan solicitado en la demanda y la contestación.

Cómo se establece el lugar de entrega y recogida de los niños

Por un lado influye el convenio regulador que exista entre ambos:

  • Si hay un convenio regulador, porque la separación o divorcio es de mutuo acuerdo, es lo que las partes hayan fijado.
  • Si en cambio el procedimiento es contencioso, el juez lo fija en función de lo que soliciten las partes en su demanda y contestación, pero sobre todo lo fija en función del día que se trate.

Por otro lado, influirá también del momento en que se trate:

  • Si es un día lectivo, dirá que el lugar de recogida y entrega será el domicilio de quien tiene la guarda y custodia.
  • Si es verano, navidades o Semana Santa, dirá que el comienzo de la recogida será en el colegio y los intercambios en el domicilio de quien haya disfrutado de los niños ese periodo.

Mala relación con la ex pareja tras el divorcio: entrega de los hijos en APROME

¿Qué pasa si con mi ex me llevo fatal y quiero que las entregas se hagan en puntos de encuentro familiar en Castilla y León?

Cuando ambos progenitores tienen una muy mala relación o ha habido violencia de género, el juzgado suele establecer que el intercambio de los niños se produzca en APROME, de manera que ambos progenitores no tienen contacto de ningún tipo.

Para que el intercambio se produzca en APROME, hay que solicitarlo expresamente en la demanda o en la contestación. Recuerda que, no obstante, la modificación del régimen de visitas es una de las cosas sobre las que puedes solicitar una modificación de medidas.

Cuando no se indica nada de forma expresa de la hora o lugar de recogida de los niños

¿Qué pasa si mi sentencia o Convenio Regulador no dice nada sobre la hora o el lugar de recogida y entrega de los niños?

Si no dicen nada expresamente sobre esto empiezan los problemas, pues cada progenitor interpretara el convenio o la sentencia como mejor le convenga.

Así que lo te podemos decir es:

  1. Si estas todavía separándote o divorciándote pídelo en la demanda o contestación.
  2. Si ya has contestado o presentado la demanda, pídelo en el juicio.
  3. Si has tenido sentencia y han pasado 48 horas desde la sentencia y lo pediste en la demanda o contestación y el juez no dice nada en la sentencia, pide aclaración.
  4. Si la sentencia o convenio regulador no pone nada, solo tienes dos soluciones: ponerte de acuerdo con tu ex o acudir a la vía judicial para que se pronuncie sobre esto.

Quién tiene la obligación de recoger y entregar a los niños

Una de las preguntas que más nos plantean es si un día no puedo entregar a los niños, lo puede hacer un familiar o incluso mi pareja y la respuesta de nuevo es que depende.

Si en el convenio regulador o sentencia de separación o divorcio, no dice nada sobre una prohibición expresa de que no pueda entregarlo y recogerlo nadie que no sea el progenitor, en principio sí que puede hacerlo, al menos de manera puntual, otra cosa es que se convierta en algo habitual, situación en la que cambia todo.

Para evitar conflictos lo mejor es poner una cláusula que indique que se autoriza a personas de confianza (donde entran parejas, abuelos, personas empleadas del hogar, etc) para que recojan y lleven a los niños y así evitarnos muchos dolores de cabeza.

Sobre las visitas de los padres a los hijos tras el divorcio

Por último, existen un par de dudas muy comunes que nos suelen plantear en estos casos y que vamos a aclarar.

No es necesario avisar a la ex pareja cuando se vaya a visitar

No tienes que avisar a tu ex cada día cuando se produzcan las visitas. Básicamente porque cada uno sabe ya sus derechos y obligaciones que vienen recogidos en el convenio regulador o sentencia. Otra cosa es que por cortesía avises.

¿Se pueden limitar las visitas a los niños?

No, no hay ninguna circunstancia para que se limite el régimen de visitas, una vez que hay sentencia y para que este régimen de visitas se limite tiene que haber resolución judicial indicándolo.

Que tu ex no pague la pensión la pensión de alimentos o que tú no la pagues tampoco es causa para limitar o suspender el régimen de visitas.

Conclusiones

Así las conclusiones que podemos sacar como abogados de Derecho de Familia son:

  1. Cuanto más regulado este todo en el convenio regulador o en la sentencia menos problemas tendrás.
  2. Todo aquello que dé lugar a interpretaciones en el convenio o sentencia es síntoma de problemas.
  3. Se flexible, unas veces por otro y otras veces por ti.

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