¿Cómo puedo modificar la pensión de alimentos que pago?
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Como modificar la pensión de alimentos es una de las preguntas, que mes veces se hace una persona que esta divorciada, pues la pensión de alimentos es un coste que en muchos casos es difícil de asumir.
Por ello y para que haya lugar la modificación de la pensión de alimentos, hay que tener en cuenta, la situación que había en el momento del divorcio, separación, o guarda y custodia y la situación actual, pues de lo que se trata es de comprar ambas situaciones.
Dicho de toda forma, las audiencias provinciales exigen para que haya una modificación de la pensión de alimentos los siguientes requisitos.
Por ello, para que la acción de modificación prospere, se requiere:
- a) Un cambio objetivo en la situación contemplada a la hora de adoptar la medida que se trata de modificar.
- b) La esencialidad de esa alteración, en el sentido de que el cambio afecte al núcleo de la medida y no a circunstancias accidentales o accesorias.
- c) La permanencia de la alteración, en el sentido de que ha de aparecer como indefinida y estructural y no meramente coyuntural.
- d) La imprevisibilidad de la alteración, pues no procede la modificación de la medida cuando, al tiempo de ser adoptada, ya se tuvo en cuenta el posible cambio de circunstancias, o al menos se pudo alegar por las partes, y no se hizo así.
- e) Finalmente, que la alteración no sea debida a un acto propio y voluntario de quien solicita la modificación, al menos en cuanto el acto exceda del desarrollo y evolución normal de las circunstancias vitales de dicha persona.
Pero lo mas importante es estudiar cada caso detenidamente, porque cada situacion es un mundo.
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