Quién puede reclamar la pensión de alimentos cuando el hijo es mayor de edad y vive con uno de los cónyuges
| Juridico, Pension Alimentos, Separaciones y divorcios
Uno de las cosas, que se plantea muy a menudo, es cuando se procede un divorcio y hay un hijo mayor de edad, quien es el legitimado para reclamar la pensión de alimentos para este hijo, pues bien en esta sentencia de Julio de 2014 se analiza, quien tiene que pedirla cuando el hijo es mayor de edad y reside en el domicilio familiar
SEGUNDO.- Efectivamente, en lo que respecta a la cuestión relativa a la falta de legitimación activa, del padre, para reclamar la pensión de su hijo mayor de edad, subsidiariamente, la falta de litisconsorcio pasivo necesario, respecto del hijo mayor de edad no demandado, ya viene siendo pacífica y reiterada la doctrina sentada por el Tribunal Supremo y seguida por este Tribunal, cual lo ya declarado en Sentencia de fecha de 25-10-11, Rollo de Apelación Nº 292/11 ,…
” El tema de la falta de legitimación de la actora que suscita el apelante en su recurso ha sido claramente superado por la Jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ya desde la muy esclarecedora sentencia de 24 de abril de 2.000 -que precisamente casa, en interés de ley, una sentencia dictada por esta misma Audiencia Provincial-, viene reconociendo que el cónyuge con el que conviven hijos mayores que se encuentran en la situación de necesidad a que se refiere el artículo 93, párrafo 2º del Código Civil , se halla legitimado para demandar del otro progenitor la contribución de este a los alimentos de aquéllos hijos en los procedimientos matrimoniales entre los comunes progenitores, debiendo entenderse además, y al objeto de agotar la cuestión dado el hecho de que el hijo de ambos sobre el que se refiere el debate que nos ocupa,…. estudia durante el curso en la ciudad de León, que cuando se hace referencia en el precepto mencionado a la situación de “convivencia”, no es entendible esta, ni se agota, en el simple hecho de morar en la misma vivienda, sino que se trata de una convivencia familiar en el sentido estricto del término y que comporta la organización de la vida familiar en todos los aspectos por el progenitor con quien el hijo convive.
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