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Gastos de desplazamiento en el régimen de visitas a los hijos

| Juridico, Regimen de Visitas, Separaciones y divorcios

Cuando nuestros abogados de familia atienden casos de ruptura entre las parejas y hay descendientes, uno de los aspectos fundamentales a atender tras el divorcio es el traslado de los hijos. ¿Qué queremos decir con esto?

El pago de los desplazamientos para cumplir el régimen de visitas, pueden suponer un gasto extra que no se tiene en cuenta cuando se negocia con la otra parte la pensión de alimentos o cuando se interpone en una demanda de divorcio o separación.

En este artículo trataremos temas como:

  • ¿Qué criterios usan los juzgados para determinar quien paga los gastos de traslado
  • ¿Tiene que ir siempre el progenitor que no tiene los niños?
  • ¿Es el mismo criterio para toda España?

Padres separados: ¿quién paga los desplazamientos?

Por ello nuestros abogados de divorcio siempre inciden en lo fundamental que es redactar correctamente las cláusulas en los Convenios Reguladores o sentencia. Pongamos un ejemplo de la típica cláusula que se suele ver:

“Don Carlos, estará y disfrutará de la compañía de sus hijos fines de semana alternos, desde la salida del su trabajo los viernes a las 21 horas hasta el domingo a las 20 horas. Dicho régimen se ampliará si hubiese puente, empezando un día o dos días antes o acabando un día o días después, si hubiese puente y no hubiese colegio, fijándose el mismo horario para la recogida y la entrega y lo mismo en cuanto a los lugares de recogida y entrega”.

Aquí surge una duda: ¿es el padre el que tiene que llevar a los niños a la casa de la madre el domingo o es la madre el que tiene que ir a la casa del padre el domingo?

Interpretaciones puede haber muchas pero lo que está claro es que no dice si la entrega se hará en la casa del padre o de la madre y mucho menos dice nada sobre quién tiene que realizar el gasto de los desplazamientos.

Régimen de visitas con padres en distintas provincias

Pues bien, este, problema puede ser mucho mayor, si cada uno de los progenitores vive en poblaciones distintas con más de 30 km. O imaginemos en distintas provincias donde los gastos de desplazamiento pueden suponer 200€ al mes. Esto es todo un añadido cuando hay que tener en cuenta en determinar la pensión de alimentos.

¿Cómo sería el régimen de visitas si el padre vive en otra ciudad? Aquí las preguntas son muchas, si en un ejemplo como al anterior no pone nada.

  • ¿Quién se encarga de reintegrar a los niños el domingo, el padre o la madre?
  • ¿Quién se encarga del pago de los desplazamientos de los menores?
  • ¿Quién se encarga del pago de los desplazamientos de los menores si son tan pequeños que no pueden viajar solos y tienen que ir acompañados?

Sentencia gastos compartidos desplazamiento

Todo esto lo resolvió el Tribunal Supremo en sentencia 289/2014 (26 de mayo de 2014) en un caso que explicamos a continuación:

a) Situación de los progenitores. Tras la ruptura de la pareja, el padre se trasladó una localidad distante de la madre a unos 32 Km

b) Juzgado de primera instancia. Dijo: En cualquiera de los casos (visitas de día -visitas de fin de semana -estancias vacacionales), el padre recogería al hijo en el domicilio materno y la madre se encargaría de recogerlo en el domicilio paterno (de los gastos de desplazamiento no dice nada, pero se sobre entiende que los paga el padre).

c) Audiencia provincial de Albacete. Confirmo la sentencia de primera instancia y dijo, se declara que será el padre el que deberá recoger y retornar al menor, al ser el que vive en localidad distinta a la de su hijo e indirectamente está diciendo que tiene que ser el que se encargue de los pagos del desplazamiento.

d) Tribunal Supremo. Revocó la sentencia de primera instancia y la Audiencia y dijo sobre la recogida de niños de padres separados que hay que tener en cuenta dos principios en esta materia:

  1. El interés de los menores.
  2. El reparto equitativo de cargas. Es esencial que el sistema que se establezca no pierda de vista el interés de los menores, de forma que no dificulte su relación con cada uno de los progenitores.

Gastos de viaje en el régimen de visitas de padres separados

Como se puede apreciar, establecer modificaciones en la guarda y custodia de los hijos es fundamental cuando estamos ante casos de esta índole. Así en función de los dos principios mencionados anteriormente, el Tribunal Supremo dijo lo siguiente:

  • Abono costes. Ambos progenitores tienen que sufragar los gastos del desplazamiento de forma equilibrada y proporcionada a su capacidad económica, teniéndose en cuenta sus circunstancias personales, familiares, disponibilidad, flexibilidad del horario laboral, etc.
  • Sistema habitual: Cada padre/madre recogerá al menor del domicilio del progenitor custodio, para ejercer el derecho de visita y el custodio lo retornará a su domicilio, indicando de manera indirecta que los pagos del desplazamiento los hará quien tenga que llevar o recoger al menor.
  • Sistema subsidiario: Cuando a la vista de las circunstancias del caso, el sistema habitual no se corresponda con los principios expresados de interés del menor y distribución equitativa de las cargas, las partes o el juez podrán atribuir la obligación de recogida y retorno a uno de los progenitores con la correspondiente compensación económica, en su caso y debiendo motivarse en la resolución judicial.
  • Situaciones de larga distancia. Aquí lo que hay que hacer es ponderar las circunstancias concurrentes y que deberá conllevar una singularización de las medidas adoptables”

Sentencias de padres separados en distintas ciudades

Dicho criterio ha sido apoyado posteriormente por:

  • Sentencia del tribunal Supremo de 19 de noviembre 2015. Número sentencia 664/2015.
  • Sentencia del Tribunal Supremo de 12 de enero 2017. Número Sentencia: 5/2017.
  • Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de diciembre 2017. Número sentencia. 676/2017.

Conclusiones

Por tanto, saber cómo se organiza la economía en la custodia compartida será clave para afrontar este tipo de gastos de desplazamiento. Así las conclusiones que podemos sacar son:

  1. Solicitud demanda. Hay que solicitar en la demanda explícitamente los pagos del desplazamientos de manera equitativa.
  2. Sentencia. Si tu sentencia no se establece nada de esto, no podrás aplicar y tendrás que ir a un procedimiento de modificación de medidas
  3. Pensión de alimentos. Hay que tener en cuenta a la hora de establecer la pensión de alimentos, estos posibles gastos de desplazamiento.

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